Desde el pasado 20 de mayo, ha entrado en vigor un cambio importante para los familiares de ciudadanos españoles. El antiguo modelo de tarjeta de familiar comunitario ya no se aplica en estos casos. En su lugar, se ha creado un permiso de residencia específico, regulado por el Real Decreto 1155/2024, que recoge nuevas condiciones, derechos y procedimientos adaptados a las necesidades actuales.
Este permiso está pensado para cónyuges, parejas estables, hijos menores de 26 años o con discapacidad, ascendientes dependientes y otros familiares que convivan o dependan económicamente del ciudadano español. La principal novedad es que ya no se rige por normativa comunitaria, sino por una vía nacional que busca dar más claridad y seguridad jurídica a los solicitantes.
Entre los cambios más relevantes destaca la posibilidad de presentar la solicitud directamente en España si el familiar ya se encuentra en el país. Durante un periodo transitorio de seis meses (hasta noviembre de 2025), no será necesario regresar al país de origen para iniciar el proceso. Además, el plazo de resolución se ha acortado: en un máximo de 45 días hábiles, se debe emitir una respuesta por parte de la administración.
Otro aspecto a tener en cuenta es que, desde el momento en que se presenta la solicitud de forma correcta y completa, el familiar puede trabajar legalmente y acceder a la sanidad pública y educación. Esto es un avance importante respecto al sistema anterior, donde muchas personas quedaban en un limbo legal mientras esperaban una resolución.
La nueva regulación también facilita el reconocimiento de las parejas de hecho no registradas. Si hay un hijo en común o se puede demostrar convivencia de al menos un año, se considera válida la relación a efectos de obtener la residencia. Además, se protege el derecho de residencia en casos de separación o fallecimiento del ciudadano español, siempre que existiera una relación estable o haya hijos en común.
Otro punto a destacar es la ampliación de los familiares admitidos. No solo se contemplan los vínculos directos (padres, hijos, pareja), sino también otros familiares como hermanos, sobrinos o cuidadores legales, siempre que se acredite convivencia o dependencia económica. Esto permite incluir situaciones familiares reales que, hasta ahora, quedaban fuera de la normativa.
Gracias a estas mejoras, la tarjeta de familiar comunitario se consolida como una herramienta clave para la regularización de personas extranjeras que ya forman parte de la sociedad española. Más allá de los trámites, representa una oportunidad para acceder a una vida estable, con derechos reconocidos y un proyecto de futuro.