Corrupción · Cohecho · Malversación · Toda España

Defensa penal en delitos de corrupción

Aquí no se defienden causas: se controlan consecuencias.

Cohecho, malversación, tráfico de influencias, prevaricación y corrupción en los negocios. Causas mediáticas, acusaciones institucionales reforzadas y penas con inhabilitación: la defensa exige técnica, serenidad y gestión reputacional.

Por qué es distinto

72h
En causas mediáticas, la defensa procesal y la reputacional son inseparables.
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LIWARD
Metodología propia de inteligencia jurídica y análisis forense.

La corrupción no admite defensas sin especialización

Los delitos contra la Administración comparten una misma exigencia: precisión dogmática extrema. Qué es funcionario a efectos penales, cuándo un regalo es cohecho, dónde acaba la decisión discrecional y empieza la prevaricación, qué patrimonio es público a efectos de malversación: cada concepto tiene fronteras jurisprudenciales finas que separan la condena de la absolución. Son además causas con Fiscalía Anticorrupción, acusaciones populares y presión mediática, donde cada paso procesal se amplifica. Por eso combinamos defensa técnica de máximo nivel con gestión rigurosa de la dimensión institucional y reputacional del procedimiento.

Qué defendemos

Tipos penales contra la Administración

Defensa y acusación en las figuras de los arts. 404 a 445 del Código Penal.

Arts. 419–423 CP

Cohecho

Solicitud o aceptación de dádivas por autoridad o funcionario, y su cara activa: quien ofrece o entrega.

Pena: hasta 6 años + inhabilitación + multa.
Art. 432 CP

Malversación

Apropiación o desviación de patrimonio público por quien lo administra: el tipo central tras las reformas recientes.

Pena: 2 a 6 años · agravada 4 a 8.
Arts. 428–430 CP

Tráfico de influencias

Influencia sobre funcionario prevaliéndose de relación personal o jerárquica para obtener resolución beneficiosa.

Pena: 6 meses a 2 años + multa.
Art. 404 CP

Prevaricación administrativa

Resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia: la frontera con la discrecionalidad es la batalla central.

Pena: inhabilitación 9 a 15 años.
Art. 286 bis CP

Corrupción en los negocios

Cohecho entre particulares: pagos a directivos o empleados para obtener ventajas en la contratación privada.

Pena: 6 meses a 4 años de prisión.
Art. 286 ter CP

Corrupción internacional

Soborno de funcionarios extranjeros en transacciones internacionales: foco creciente de cooperación judicial.

Pena: prisión + multa + prohibiciones.
Arts. 436–438 CP

Fraudes y exacciones

Concertación con interesados para defraudar a la Administración en contratación pública.

Pena: 1 a 3 años + inhabilitación.
Art. 439 CP

Negociaciones prohibidas

Participación del funcionario en negocios donde debe intervenir por razón de su cargo.

Pena: 6 meses a 2 años + inhabilitación.
Decomiso

Decomiso y recuperación

Decomiso ampliado del patrimonio vinculado y reclamación de lo malversado: defensa y acusación patrimonial.

Alcance: bienes, efectos y ganancias.

Marco punitivo

Síntesis de penas orientativas

Referencia rápida del marco penal aplicable. La pena concreta depende de la cuantía, las agravantes y la fase procesal.

Delito Precepto Marco de pena Factor agravante clave
Cohecho pasivoActo contrario al cargo 419 3 – 6 años Inhabilitación 9 – 12 años
Cohecho activo 424 La del funcionario Atenuación por denuncia (426)
Malversación 432 2 – 6 años Agravada: 4 – 8 + inhabilitación absoluta
Tráfico de influencias 428–430 6 meses – 2 años Beneficio conseguido
Prevaricación 404 Inhabilitación 9 – 15 años Sin pena de prisión
Corrupción en negocios 286 bis 6 meses – 4 años Agravante por dimensión del negocio
Fraude a la Administración 436 1 – 3 años Contratación pública
Persona jurídica 31 bis Multa · suspensión · disolución Ausencia de modelo de prevención

Marcos penales orientativos conforme al Código Penal vigente. No constituyen asesoramiento jurídico; el encaje típico y la pena exigen análisis individualizado del procedimiento.

Nuestro diferencial

Donde la corrupción se encuentra con el análisis forense

La prueba en estas causas es documental, financiera y tecnológica: expedientes administrativos, contratación, comunicaciones intervenidas y análisis patrimonial. Dominarla exige método. Por eso aplicamos LIWARDLegal Intelligence Warfare for Defense—, nuestra metodología propia que integra inteligencia jurídica, analítica jurisprudencial, análisis financiero-contable y e-forensic en una sola estrategia procesal. Es lo que nos distingue de la defensa penal convencional.

i.

Inteligencia jurídica

Mapeo del procedimiento, análisis jurisprudencial y detección temprana de vulnerabilidades probatorias.

ii.

Análisis financiero-contable

Reconstrucción de flujos económicos y peritaje de la documentación que sostiene —o desmonta— la acusación.

iii.

Prueba digital · e-forensic

Cadena de custodia, validez de la prueba electrónica y trazabilidad de criptoactivos con rigor pericial.

iv.

Estrategia procesal

Decisión precisa en cada fase, del primer interrogatorio a la casación, sostenida en el análisis del riesgo.

Cómo intervenimos

Una estrategia sostenida en todas las fases

Fase 01

Detención e instrucción

Asistencia inmediata 24/7, preparación de la declaración y control de las medidas cautelares desde el primer acto.

Fase 02

Análisis forense

Estudio del expediente, peritaje financiero y digital, e identificación de la teoría del caso.

Fase 03

Estrategia y prueba

Diseño de la defensa o acusación, proposición probatoria y articulación de la prueba pericial.

Fase 04

Juicio y recursos

Defensa en plenario y, en su caso, recursos de apelación, casación y amparo.

A quién representamos

Cada perfil exige una defensa distinta

E

Empresas

Empresas contratistas investigadas: defensa de la entidad, programas anticorrupción y autodenuncia estratégica cuando procede.

D

Administradores y directivos

Autoridades, funcionarios y directivos: defensa técnica e institucional, con gestión de la exposición mediática.

I

Investigados

Investigados en macrocausas de corrupción: control de la instrucción, de las piezas separadas y de los tiempos procesales.

V

Víctimas · acusación particular

Administraciones y empresas perjudicadas: acusación particular y recuperación de lo defraudado o malversado.

Profundiza

Áreas y servicios relacionados

Macrocausas

Defensa ante la Audiencia Nacional

Ampliar información →Económico

Blanqueo de capitales

Ampliar información →Corporativo

Compliance penal para empresas

Ampliar información →

Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber antes de la primera consulta

¿Cuándo un regalo o una invitación se convierte en cohecho?
Cuando excede los usos sociales y se conecta con el ejercicio del cargo. La jurisprudencia distingue cortesía de dádiva por la entidad, el contexto y la capacidad de decisión del receptor sobre asuntos del oferente. El cohecho de facilitación (421) no exige acto injusto: el riesgo es mayor del que se cree.
Soy funcionario y firmé una resolución que ahora se cuestiona. ¿Es prevaricación?
Solo si la resolución es arbitraria —no meramente ilegal— y dictada a sabiendas. El error, la interpretación defendible o el seguimiento de informes técnicos excluyen el dolo. Los informes previos al acto son la pieza clave de la defensa.
¿Qué cambió en la malversación con las últimas reformas?
El art. 432 distingue ahora apropiación, uso temporal y desviación a fines públicos distintos, con penas diferenciadas. La calificación concreta de la conducta —y su cuantía— es determinante y técnicamente discutible en la mayoría de causas.
Mi empresa compite en contratación pública. ¿Cómo reduzco el riesgo penal?
Con un programa anticorrupción específico: regalos, hospitalidad, intermediarios y donaciones son los focos. El compliance del 31 bis exime a la empresa; los protocolos de contratación pública protegen también a sus directivos. Lo diseñamos e implantamos.
¿Atienden casos fuera de Alicante?
Sí. Operamos desde Madrid y Alicante, y asistimos en cualquier punto de España, incluida la asistencia urgente al detenido y los procedimientos con dimensión internacional.
¿Qué es la metodología LIWARD?
Es nuestra metodología propia —Legal Intelligence Warfare for Defense— que integra inteligencia jurídica, análisis financiero-contable y prueba digital forense en una estrategia procesal única. Permite anticipar las debilidades de la acusación y construir la defensa sobre evidencia técnica, no solo sobre argumentación jurídica.

Société de Conseil Juridique et Expert

En una causa de corrupción, equivocarse no es reversible

Una conversación temprana puede cambiar el curso de toda la causa. Hablemos antes de que el procedimiento decida por usted.

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