
Pantallazos, audios y chats: sabemos blindarlos pericialmente y sabemos tumbarles cuando carecen de garantías. Lea cómo.
Entre la frase desafortunada y la amenaza grave median el contexto, la credibilidad y la reiteración. Ahí se defiende.
Un letrado dirige su caso de principio a fin con el respaldo de todo el equipo SCJE y el método LIWARD®.
Las amenazas (arts. 169 y ss.) castigan anunciar un mal grave a otra persona o su familia: de multa, si son leves, a varios años de prisión si son condicionales o graves. Las coacciones (art. 172) sancionan impedir u obligar a algo mediante violencia o intimidación, e incluyen modalidades como el acoso u hostigamiento (stalking, art. 172 ter), frecuente tras rupturas.
No borre nada: la conversación completa suele ser su mejor defensa. La aportamos íntegra y periciada, y discutimos el contexto y la credibilidad del supuesto mal anunciado.
Sí, con las mismas exigencias: autenticidad, integridad y origen acreditado. También se peritan la voz y la posible manipulación del archivo.
El hostigamiento reiterado es delito (stalking). Documente cada episodio sin responder, preserve los mensajes y actúe pronto: pueden solicitarse medidas de protección.
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Se confunden constantemente y tienen requisitos y penas diferentes. Las amenazas (arts. 169 a 171) exigen el anuncio de un mal futuro, injusto y determinado, capaz de intimidar a una persona media; su gravedad depende de si el mal anunciado es o no constitutivo de delito y de si se condiciona a alguna exigencia. Las coacciones (art. 172) castigan impedir con violencia hacer lo que la ley no prohíbe u obligar a hacer lo que no se quiere. El acoso o stalking (art. 172 ter) requiere una vigilancia o persecución insistente y reiterada que altere gravemente la vida cotidiana.
La calificación no es un tecnicismo: determina si el asunto se salda con multa o con prisión.
En este tipo de asuntos, la prueba suele ser digital: mensajes, audios, capturas, registros de llamadas. Y ahí hay dos frentes.
El primero es el contexto. Una frase aislada, sacada de una discusión larga, puede parecer una amenaza y no serlo. Aportar la conversación completa cambia el sentido de lo que se lee en un pantallazo suelto.
El segundo es la autenticidad e integridad de esa prueba. Las capturas de pantalla se manipulan con facilidad, y cuando se impugnan, la acusación debe acreditar su integridad. Puede consultar nuestro análisis sobre el valor probatorio de los WhatsApp y las capturas.
Una parte relevante de estos procedimientos nace de conflictos vecinales, laborales o de rupturas de pareja, y en ocasiones la denuncia se usa como herramienta de presión. Acreditarlo requiere documentar el conflicto previo y la secuencia temporal, no limitarse a negar.
Si es usted quien está siendo amenazado o acosado, nos personamos como acusación particular y solicitamos las medidas de protección oportunas.
La mayoría de estos asuntos en la provincia nacen de conflictos que se arrastran: vecinos, comunidades de propietarios, rupturas de pareja, discusiones entre socios o entre empresas de la misma zona.
Se tramitan con frecuencia como delito leve, con un juicio inmediato al que mucha gente acude sin abogado porque cree que es un trámite menor. Sale de allí con una sentencia condenatoria y con antecedentes, y solo entonces entiende lo que ha ocurrido.
Si la denuncia se ha usado como herramienta de presión dentro de un conflicto previo, acreditarlo exige documentar la secuencia completa: no basta con negar los hechos.
Para el análisis completo del delito, los tipos penales y las penas, consulte nuestra guía general de amenazas y coacciones.