En breve. Detenido en Benidorm? Abogado penalista en comisaria en menos de 2 horas. Alcoholemias, lesiones, hurtos y okupas. Primera consulta sin coste.

Defensa penal en Benidorm — partido judicial propio, provincia de Alicante

Abogado penalista en Benidorm

Aquí no se defienden causas: se controlan consecuencias.

Asistencia al detenido, juicio rápido, alcoholemia, lesiones en ocio nocturno y delitos patrimoniales. Despacho con sede en Alicante (Playa de San Juan) y en Madrid, con desplazamiento a Benidorm.

Por qué es distinto

24 h
Asistencia al detenido en Benidorm, cualquier día y a cualquier hora
72 h
Plazo máximo constitucional de detención antes de la puesta a disposición judicial
Derechos del detenido: intérprete, comunicación consular y acceso al atestado
2 sedes
Alicante y Madrid, con desplazamiento al partido judicial de Benidorm
2
Sedes en Madrid y Alicante · asistencia en cualquier punto de España.
LIWARD
Metodología propia de inteligencia jurídica y análisis forense.

Una ciudad de paso exige una defensa penal que se mida en horas, no en semanas

Benidorm es cabeza de su propio partido judicial dentro de la provincia de Alicante y concentra, en muy pocos kilómetros, un volumen de turismo internacional y de ocio nocturno que no tiene equivalente en el resto de la costa. Eso cambia la naturaleza del proceso penal, porque muchas de las personas detenidas están de paso y no residen en España: tienen billete de vuelta en pocos días, no dominan el idioma del atestado y se enfrentan a un procedimiento diseñado para resolverse deprisa. La consecuencia práctica es que las decisiones que marcan el resultado se toman en las primeras horas, en dependencias policiales y en el servicio de guardia, y no meses más tarde. Por eso lo que se declara sin abogado de confianza condiciona todo el procedimiento, ya que el atestado, el resultado de las pruebas de alcoholemia, el reconocimiento del denunciante o el parte de lesiones se incorporan a la causa y después se discuten sobre lo que ya consta por escrito. Nuestro trabajo empieza antes: en la asistencia al detenido, en el control de la cadena de custodia y en la preparación inmediata del juicio rápido y de las medidas cautelares de quien tiene que salir del país.

Qué defendemos

Qué defendemos en Benidorm

Estas son las materias penales que con más frecuencia se plantean en una ciudad turística. Cada una tiene su propio anclaje en el Código Penal y su propia estrategia de defensa; las penas indicadas son orientativas y dependen del grado de ejecución, de la participación y de las circunstancias modificativas apreciadas.

art. 520 LECrim

Asistencia al detenido 24 horas

La primera declaración es la que después se contrasta con todo lo demás. Acudimos a comisaría o al puesto correspondiente, solicitamos acceso a los elementos del atestado esenciales para impugnar la detención, exigimos intérprete cualificado y comunicación consular cuando el detenido es extranjero, y celebramos entrevista reservada antes de decidir si se declara o se guarda silencio.

La detención no puede durar más del tiempo estrictamente necesario y, en todo caso, un máximo de 72 horas antes de la puesta a disposición judicial (art. 17.2 CE).
arts. 147-152 CP

Lesiones y peleas en el ocio nocturno

Reyertas a la salida de discotecas, incidentes con personal de seguridad, agresiones recíprocas y partes médicos redactados horas después. Trabajamos el mecanismo lesivo, la legítima defensa, la riña mutuamente aceptada y la correcta delimitación entre lesión y maltrato de obra, con revisión pericial del informe forense.

Lesiones básicas: prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses (art. 147.1). Con armas o medios peligrosos: prisión de 2 a 5 años (art. 148). Pérdida de órgano o miembro principal: 6 a 12 años (art. 149). Imprudencia grave: art. 152.
arts. 379-385 CP

Alcoholemia, drogas al volante y seguridad vial

Controles en la salida de la ciudad, accidentes de madrugada y negativas al segundo soplido. Verificamos la habilitación metrológica del etilómetro, el intervalo entre la prueba indiciaria y la de contraste, la información sobre el derecho al análisis de sangre y la corrección del margen de error aplicado.

Conducción con tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre: prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en todo caso privación del permiso de más de 1 y hasta 4 años (art. 379.2). Negativa a las pruebas: prisión de 6 meses a 1 año (art. 383).
arts. 178 y ss. CP

Delitos contra la libertad sexual

Denuncias surgidas en contextos de fiesta, alcohol y desconocimiento previo entre las partes, donde el consentimiento y la capacidad para prestarlo son el núcleo del debate. Defensa técnica extremadamente cuidadosa, con análisis de la prueba de credibilidad, de los mensajes previos y posteriores y de la cadena de custodia de las muestras.

Agresión sexual: prisión de 1 a 4 años (art. 178.1); con acceso carnal, prisión de 4 a 12 años (art. 179); los tipos agravados del art. 180 elevan la pena, y el art. 181 castiga los hechos cometidos sobre menores de 16 años.
arts. 234-244 CP

Robos, hurtos y carteristas

Sustracciones en playa, terrazas y transporte público, hurtos en establecimientos y robos con violencia o intimidación. Discutimos la identificación del autor, el valor de las grabaciones, la delimitación entre hurto y robo y la existencia real de violencia o de fuerza en las cosas.

Hurto de más de 400 euros: prisión de 6 a 18 meses (art. 234.1); hurto leve: multa de 1 a 3 meses (art. 234.2). Robo con fuerza en las cosas: prisión de 1 a 3 años (art. 240). Robo con violencia o intimidación: prisión de 2 a 5 años (art. 242.1), agravada con armas (art. 242.3).
arts. 248-251 CP

Estafas y fraudes al turista

Alquileres vacacionales inexistentes, reservas fraudulentas, excursiones y clubes de vacaciones, cargos indebidos en tarjeta y engaños en la contratación. Actuamos tanto en defensa como en acusación particular, con reconstrucción documental del engaño y del desplazamiento patrimonial.

Estafa de más de 400 euros: prisión de 6 meses a 3 años (art. 249.1); estafa leve: multa de 1 a 3 meses (art. 249.2). Subtipos agravados: prisión de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses (art. 250.1).
art. 368 CP

Tráfico de drogas y menudeo

Intervenciones en zonas de ocio, registros corporales y en vehículos, y la frontera decisiva entre consumo compartido, autoconsumo y venta. Revisamos la legalidad de la entrada y registro, la licitud del cacheo, el análisis de pureza y el peso neto de la sustancia.

Sustancias que causan grave daño a la salud: prisión de 3 a 6 años y multa; resto de sustancias: prisión de 1 a 3 años y multa (art. 368.1). El párrafo segundo permite rebajar la pena en un grado por la escasa entidad del hecho y las circunstancias personales del culpable.
arts. 550 y 557 CP

Desórdenes públicos y atentado contra agente

Incidentes con policía local o nacional en la vía pública, resistencia durante una identificación y altercados de grupo. La línea entre desobediencia, resistencia y atentado es estrecha y depende del acto concreto de acometimiento, que hay que analizar con el vídeo y con la declaración de cada agente.

Atentado: prisión de 1 a 4 años y multa de 3 a 6 meses si es contra autoridad, y prisión de 6 meses a 3 años en los demás casos (art. 550.2). Desórdenes públicos: prisión de 6 meses a 3 años (art. 557.1). Resistencia o desobediencia grave: prisión de 3 meses a 1 año o multa (art. 556).
art. 31 bis CP

Responsabilidad de locales de ocio y empresas

Discotecas, hoteles, empresas de seguridad privada, náuticas y de transporte pueden responder penalmente por delitos cometidos en su beneficio por administradores o empleados. Defendemos a la persona jurídica de forma separada, acreditamos el modelo de prevención y gestionamos el conflicto de interés con el directivo investigado.

La persona jurídica responde con multa y, en los casos más graves, con suspensión de actividades, clausura de locales, inhabilitación para obtener subvenciones o intervención judicial (art. 33.7 CP). Un modelo de prevención eficaz puede eximir o atenuar la responsabilidad (art. 31 bis, apartados 2 y 4).
Marco punitivo

Cómo avanza un procedimiento penal en Benidorm, fase por fase

Cada etapa tiene un órgano competente, un plazo y una única oportunidad procesal. Esta tabla resume dónde se tramita cada fase tras la reforma de la Ley Orgánica 1/2025, qué hace la defensa y qué error se evita interviniendo a tiempo.

DelitoPreceptoMarco de penaFactor agravante clave
Urgencia y detenciónLas primeras 72 horasDependencias policiales del partido judicial de BenidormAsistencia inmediata, información de derechos del art. 520 LECrim, solicitud de intérprete y de comunicación consular, entrevista reservada y decisión sobre declarar o guardar silencio.Que se declare sin conocer el atestado, con una traducción improvisada o firmando un acta que después condiciona toda la causa.
Servicio de guardiaPuesta a disposición judicialSección de Instrucción del Tribunal de Instancia del partido judicial de BenidormAlegaciones sobre medidas cautelares, arraigo y garantías de comparecencia del no residente, y valoración fundada de la conformidad en el juicio rápido cuando objetivamente conviene.La prisión provisional o la retirada del pasaporte por falta de arraigo acreditado, y la conformidad precipitada firmada sin haber visto la causa.
InstrucciónInvestigación y pruebaSección de Instrucción del Tribunal de InstanciaProposición de diligencias, petición urgente de las grabaciones del local y de la vía pública, impugnación de pericias, control de la cadena de custodia y de los reconocimientos.Que la causa llegue a juicio con una sola versión de los hechos y con pruebas ya irrecuperables porque las grabaciones se han sobrescrito.
Fase intermediaAcusación y defensaSección de Instrucción o Sección de lo Penal, según el procedimientoEscrito de defensa, petición de sobreseimiento, artículos de previo pronunciamiento y proposición de toda la prueba que se practicará en el juicio.Llegar al juicio sin prueba propuesta, o aceptar de hecho la calificación de la acusación por no haberla discutido en el momento procesal oportuno.
Juicio oralVista y práctica de la pruebaSección de lo Penal del Tribunal de Instancia; los delitos más graves se enjuician ante la Audiencia Provincial de AlicanteInterrogatorios, contradicción de peritos, alegaciones sobre la validez de la prueba y protesta formal de las nulidades para dejarlas vivas de cara al recurso.Perder una nulidad por no haberla protestado en el acto, o que la incomparecencia del acusado no residente derive en suspensión y requisitoria.
RecursosSegunda instancia y casaciónApelación ante la Audiencia Provincial de Alicante; después, Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana y casación ante el Tribunal SupremoRecurso motivado por error en la valoración de la prueba, infracción de ley y vulneración de derechos fundamentales, con jerarquía clara de motivos.Que venza el plazo, o que se recurra todo a la vez y se diluya el único motivo que realmente podía prosperar.
EjecuciónCumplimiento y alternativasÓrgano que dictó la sentencia y, en su caso, el órgano de vigilancia penitenciaria competenteSuspensión de la pena, sustitución, fraccionamiento de la multa, cancelación de antecedentes y gestión de la situación del condenado que reside fuera de España.Que una condena corta acabe cumpliéndose en prisión por no haber solicitado la suspensión a tiempo o por no acreditar sus requisitos.
Persona jurídicaEmpresas y locales de ocioMismo órgano que conoce del delito, con representación específica y diferenciada de la persona jurídicaDefensa autónoma de la sociedad, acreditación del modelo de prevención y de su eficacia real, e investigación interna ordenada con criterio de licitud probatoria.Que la empresa y el administrador compartan defensa y se perjudiquen mutuamente, o que a la multa se sume la clausura del local.

Marcos punitivos orientativos según el Código Penal vigente. No constituyen asesoramiento jurídico; la calificación y la pena exigen análisis individualizado de la causa.

Nuestra diferencia

La diferencia entre ganar y perder rara vez está en el informe final: está en el análisis forense

En un asunto nacido de una noche de ocio en Benidorm el resultado depende de detalles verificables. De si alguien ha comprobado la hora exacta de la prueba indiciaria y de la de contraste y el intervalo entre ambas, de si el etilómetro tenía la verificación metrológica en vigor, de si el vídeo del local se reclamó antes de que el sistema lo sobrescribiera, de si el reconocimiento del denunciante se practicó con garantías y de si el parte de lesiones describe un mecanismo compatible con la versión de la acusación. la prueba que no se pide en las primeras semanas sencillamente deja de existir. Por eso intervenimos con perito propio desde el primer momento, revisamos el atestado línea a línea y fijamos por escrito qué se impugna y con qué fundamento, para que el día del juicio no haya que improvisar. Ese trabajo previo es también el que permite plantear con seriedad las medidas cautelares de quien no reside en España y necesita volver a su país sin quedar en situación de rebeldía.LIWARD Legal Intelligence Warfare for Defense—, nuestra metodología propia que integra inteligencia jurídica, analítica jurisprudencial, análisis financiero-contable y e-forensic en una sola estrategia procesal. Es lo que nos distingue de la defensa penal convencional.

i.

Inteligencia jurídica

Mapeo del procedimiento, análisis jurisprudencial y detección temprana de vulnerabilidades probatorias.

ii.

Análisis financiero y contable

Reconstrucción de flujos económicos y peritaje de la documentación que sostiene —o desmonta— la acusación.

iii.

Prueba digital · e-forensic

Cadena de custodia, validez de la prueba electrónica y trazabilidad de criptoactivos con rigor pericial.

iv.

Estrategia procesal

Decisión precisa en cada fase, del primer interrogatorio a la casación, sostenida en el análisis del riesgo.

Cómo intervenimos

Una estrategia sostenida en todas las fases

Fase 01

Detención e instrucción

Asistencia inmediata 24/7, preparación de la declaración y control de las medidas cautelares desde el primer acto.

Fase 02

Análisis forense

Estudio del expediente, peritaje financiero y digital, e identificación de la teoría del caso.

Fase 03

Estrategia y prueba

Diseño de la defensa o acusación, proposición probatoria y articulación de la prueba pericial.

Fase 04

Juicio y recursos

Defensa en plenario y, en su caso, recursos de apelación, casación y amparo.

A quién representamos

Cada perfil exige una defensa distinta

E

Empresas

Empresas. Locales de ocio, hoteles, empresas de seguridad privada, náuticas y de transporte que pueden responder como persona jurídica conforme al art. 31 bis CP o como responsable civil subsidiario por hechos ocurridos en sus instalaciones.

A

Administradores y directivos

Administradores y directivos. Quien firma, autoriza o tolera. Defensa individual coordinada con la de la sociedad mientras el interés es común, y estrictamente separada en cuanto deja de serlo.

I

Investigados

Investigados. Residentes y turistas detenidos en Benidorm, con asistencia desde la primera hora, intérprete cualificado, comunicación consular y preparación del juicio rápido antes de que llegue la fecha del vuelo.

V

Víctimas · acusación particular

Víctimas. Acusación particular para quien ha sufrido una agresión, un robo con violencia o una estafa durante su estancia, con reclamación íntegra de la responsabilidad civil y coordinación con su aseguradora.

Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber antes de la primera consulta

Me han detenido en Benidorm y tengo el vuelo de vuelta en tres días. ¿Qué pasa con el juicio?
Para estos supuestos existe el juicio rápido de los artículos 795 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, previsto para delitos flagrantes o de instrucción sencilla, que permite señalar el juicio en un plazo muy breve. Cuando el asunto lo permite, el propio servicio de guardia puede dictar sentencia de conformidad con la reducción de un tercio de la pena que contempla el artículo 801, siempre que se cumplan sus requisitos y la pena solicitada esté dentro de los límites legales. Es una vía que a veces conviene y a veces no: aceptar una conformidad únicamente para poder viajar puede significar cargar con antecedentes penales que producen efectos durante años. Lo que hacemos siempre es examinar el atestado antes de decidir y, si el asunto no debe cerrarse ese mismo día, solicitar las medidas que permitan salir del país sin quedar en situación de rebeldía. Ningún abogado puede garantizarle un resultado concreto.
¿Tengo derecho a intérprete y a que avisen a mi consulado?
Sí. El artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce al detenido el derecho a ser informado, en una lengua que comprenda, de los hechos que se le atribuyen y de sus derechos; a ser asistido gratuitamente por intérprete si no habla o no entiende la lengua del procedimiento; a acceder a los elementos del atestado esenciales para impugnar la detención; a designar abogado y a entrevistarse reservadamente con él antes de declarar. Si es extranjero, tiene además derecho a que se comunique su situación a la oficina consular de su país y a comunicarse con la autoridad consular, así como a que se informe a un familiar o persona que designe. No son formalismos: una traducción deficiente o la falta de comunicación consular pueden tener consecuencias procesales, y por eso conviene dejar constancia por escrito desde el primer momento.
¿Puedo cambiar el abogado de oficio por uno de confianza?
Sí, y en cualquier momento del procedimiento. La designación de oficio es provisional: basta comunicar al órgano judicial la designación de letrado de confianza para que se tenga por hecha y cese el abogado del turno. Entre profesionales rige además la venia, por la que el letrado entrante la solicita al saliente, recaba la información necesaria para no perjudicar la defensa y recibe la documentación del asunto. No hay que esperar a ninguna fase concreta ni pedir autorización para cambiar, aunque cuanto antes se haga, más margen queda para proponer prueba y para reclamar grabaciones que se borran con el tiempo. El cambio de abogado no perjudica por sí mismo la posición procesal del cliente.
¿Qué ocurre si no puedo volver a España para el juicio?
Depende de la pena solicitada y del momento procesal. El artículo 786.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite, bajo determinadas condiciones, celebrar el juicio en ausencia del acusado cuando ha sido citado correctamente, está representado por procurador y abogado, lo solicita la acusación y el tribunal lo considera procedente, siempre que la pena pedida no exceda de los límites legalmente fijados. En otros supuestos puede autorizarse la intervención por videoconferencia cuando concurre causa justificada y el tribunal así lo acuerda, con las garantías del artículo 731 bis. Si no se comparece ni se justifica la ausencia, el riesgo real es la suspensión del juicio, la busca y captura mediante requisitoria y, en los delitos que lo permiten, una orden europea de detención y entrega. Por eso conviene anticiparse: acreditar el domicilio en el extranjero, mantener la citación al día y solicitar formalmente la modalidad de comparecencia antes del señalamiento. La decisión corresponde siempre al tribunal.
¿Intervenís fuera de Alicante?
Sí. Operamos desde Madrid y Alicante, e intervenimos en toda España, incluida la asistencia urgente al detenido y los procedimientos con dimensión internacional.
¿Qué es la metodología LIWARD?
Es nuestra metodología propia —Legal Intelligence Warfare for Defense— que integra inteligencia jurídica, análisis financiero-contable y prueba digital forense en una estrategia procesal única. Permite anticipar las debilidades de la acusación y construir la defensa sobre evidencia técnica, no solo sobre argumentación jurídica.
Société de Conseil Juridique et Expert

En un procedimiento que se resuelve en días hay un momento en el que el error no es reversible

Una conversación temprana puede cambiar el curso de todo el asunto. Hablemos antes de que el procedimiento decida por usted.


Guía práctica: qué ocurre cuando un procedimiento penal se sigue en Benidorm

Benidorm es cabeza de uno de los trece partidos judiciales de la provincia de Alicante y concentra la actividad judicial de la Marina Baixa. Para quien se enfrenta a un procedimiento penal, esto tiene consecuencias muy concretas: dónde se practican las diligencias, ante qué órgano se recurre y con qué plazos se trabaja. A continuación respondemos, de forma directa, las preguntas que más nos formulan.

¿Qué órgano instruye una causa penal en Benidorm?

La instrucción corresponde a los juzgados del partido judicial de Benidorm, que asumen las funciones de instrucción penal en su demarcación. Allí se practican las diligencias iniciales, se recibe declaración al investigado y se acuerdan, en su caso, las medidas cautelares. El enjuiciamiento posterior dependerá de la pena que se solicite: los delitos menos graves se juzgan ante el juzgado de lo penal y los más graves ante la Audiencia Provincial de Alicante.

¿Dónde se resuelven los recursos contra las resoluciones dictadas en Benidorm?

Los recursos de apelación se resuelven ante la Audiencia Provincial de Alicante, órgano superior del que depende el partido judicial de Benidorm. Una parte decisiva de la defensa se juega, por tanto, fuera de Benidorm, y conviene preparar el recurso desde la primera instancia, dejando constancia en el acta de las protestas y de la prueba inadmitida.

Me han detenido en Benidorm. ¿Qué ocurre en las primeras 72 horas?

La detención no puede durar más del tiempo estrictamente necesario y, en todo caso, dentro de las setenta y dos horas siguientes la persona detenida debe ser puesta en libertad o a disposición judicial. El cómputo empieza en el momento efectivo de la privación de libertad, no en la llegada a dependencias policiales. Durante ese plazo el detenido tiene derecho a ser informado de los hechos, a guardar silencio, a no declarar contra sí mismo, a designar abogado y a entrevistarse reservadamente con él antes de declarar.

¿Es obligatorio declarar ante la policía o el juzgado de Benidorm?

Como investigado, no. El derecho a guardar silencio es un derecho constitucional que no puede perjudicarle. Como testigo sí existe obligación de declarar y de decir verdad, con excepciones tasadas, entre ellas la dispensa del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para cónyuge, pareja y parientes próximos. Declarar sin conocer el contenido del atestado es el error más frecuente y el más caro.

¿Qué es un juicio rápido y por qué es tan habitual aquí?

Es un procedimiento abreviado para delitos menos graves con detención o denuncia policial reciente. Los plazos se cuentan en días, de modo que la estrategia, incluida una eventual conformidad con reducción de un tercio de la pena, debe decidirse de inmediato. Es el cauce habitual en alcoholemias, lesiones en el ocio nocturno, hurtos y delitos contra la seguridad vial, muy frecuentes en una zona de alta afluencia turística.

¿Puedo cambiar de abogado a mitad del procedimiento?

Sí, en cualquier fase. Basta designar al letrado de su confianza: la venia se solicita directamente al compañero saliente y el cambio no paraliza el procedimiento. Tener abogado de oficio no impide designar después abogado particular.

¿Hace falta que el despacho esté físicamente en Benidorm?

No. Lo determinante es la especialización y la disponibilidad, no el domicilio del despacho. Actuamos ante los juzgados de toda la provincia y nos desplazamos a Benidorm para las actuaciones que lo requieren, con atención online para el resto. La asistencia urgente al detenido está operativa las veinticuatro horas, todos los días del año.

¿Qué documentación conviene reunir antes de la primera consulta?

Toda la que haya recibido: citación, atestado, denuncia, burofaxes, resoluciones judiciales y notificaciones, además de una cronología escrita de los hechos. Con ese material, en la primera consulta online de quince minutos, gratuita, se puede orientar la viabilidad del asunto y los pasos inmediatos.

Contenido relacionado: Villajoyosa, Dénia y Alicante y preguntas frecuentes sobre el proceso penal.

Preceptos que se aplican con más frecuencia en Benidorm

Fichas con el texto vigente del Boletín Oficial del Estado, los elementos del tipo y las líneas de defensa que el despacho aplica en los procedimientos seguidos ante los órganos de este partido judicial.

Repertorio completo: 150 fichas del Código Penal y 58 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Abogado penalista en Benidorm: defensa local en la Costa Blanca

Benidorm concentra una intensa actividad turística y de ocio nocturno que genera una casuística penal propia: lesiones y peleas en zonas de copas, hurtos y robos, delitos contra la seguridad vial y procedimientos que afectan a residentes y turistas extranjeros. Asistimos ante el partido judicial de Benidorm y ante la Audiencia Provincial de Alicante en causas graves.

Asistencia al detenido 24 h en comisaría y juzgado de guardia, con cobertura también en Finestrat, La Nucía, l’Alfàs del Pi y Villajoyosa. Consulta nuestras áreas de práctica penal, la defensa en delitos de alcoholemia, o pide una primera consulta. Operamos en toda la provincia desde Alicante.

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Paseo De La Castellana 216 8º 28046 Madrid
Alicante – Playa de San Juan Av. Ansaldo 31, local 16, 03540 Alicante
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Société de Conseil Juridique et Expert es un despacho de abogados con sedes en Madrid, Alicante, Londres y París, especializado en defensa y acusación penal, delitos económicos y corporativos y derecho tecnológico. Trabajamos con orientación estratégica en procedimientos penales complejos, propiedad intelectual y análisis forense avanzado, y prestamos consultoría jurídica, compliance y escudos de protección a particulares y empresas. Atendemos desde Alicante y Madrid, con consulta online en toda España y asistencia al detenido 24 horas. Resuelva sus dudas en las preguntas frecuentes o solicite una primera consulta.

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