En breve. Abogado penalista en San Vicente del Raspeig (área de Alicante y la UA), con urgencias 24h y asistencia al detenido. Consulta gratis: 669 30 21 13.

Defensa penal en el partido judicial de San Vicente del Raspeig

Abogado penalista en San Vicente del Raspeig

Aquí no se defienden causas: se controlan consecuencias.

Detenciones, delitos leves y causas graves ante los órganos penales del partido judicial, con actuación inmediata desde nuestra sede de Alicante y estructura de despacho en Madrid.

Por qué es distinto

24 h
Disponibilidad para asistencia al detenido y guardias, también en fin de semana
72 h
Plazo máximo legal de detención antes de la puesta a disposición judicial
2
Sedes del despacho: Alicante, en la Playa de San Juan, y Madrid
1/2025
Ley Orgánica que integra los antiguos juzgados en el Tribunal de Instancia
2
Sedes en Madrid y Alicante · asistencia en cualquier punto de España.
LIWARD
Metodología propia de inteligencia jurídica y análisis forense.

Defensa penal con criterio técnico en San Vicente del Raspeig y su partido judicial

San Vicente del Raspeig es cabeza de su propio partido judicial dentro de la provincia de Alicante y limita con la ciudad de Alicante, de modo que una detención practicada de madrugada puede resolverse en cuestión de horas, siempre que la defensa esté presente desde la primera diligencia y no cuando la causa ya está encaminada. El municipio alberga además el campus principal de la Universidad de Alicante, lo que explica el peso específico de los asuntos que afectan a población joven y universitaria: delitos leves, altercados en el ocio nocturno, menudeo de sustancias y ciberdelitos. Lo que se dice o se calla en la primera declaración condiciona todo el procedimiento, porque la instrucción se construye sobre el material recogido en esas primeras horas y rara vez se rehace después. Por eso intervenimos desde el atestado, no desde el señalamiento del juicio.

Qué defendemos

Áreas penales que atendemos en San Vicente del Raspeig

Nueve bloques de intervención habitual, con su anclaje concreto en el Código Penal y en la ley procesal. La pena que se indica es la orientativa del tipo básico: los subtipos agravados, las circunstancias modificativas y el grado de ejecución desplazan ese marco en uno u otro sentido, y solo el examen de la causa permite concretarlo.

Art. 520 LECrim

Asistencia al detenido 24 horas

Intervención inmediata en dependencias policiales o de la Guardia Civil: entrevista reservada previa con el detenido, control de la información sobre los hechos imputados y sobre los motivos de la detención, asistencia en la declaración, en el reconocimiento en rueda y en la toma de muestras, y decisión meditada sobre declarar o guardar silencio.

La detención no puede durar más del tiempo estrictamente necesario y, en todo caso, no puede exceder de 72 horas antes de la puesta a disposición judicial.
Arts. 147-152 CP

Lesiones, riñas y agresiones

Peleas a la salida del ocio nocturno, incidentes entre vecinos o entre estudiantes, agresiones con resultado de lesión y lesiones imprudentes. Se trabaja el informe forense, el mecanismo de producción de las lesiones, la legítima defensa y la riña mutuamente aceptada.

Tipo básico de lesiones: prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses. Con armas o instrumentos peligrosos, prisión de dos a cinco años.
Arts. 379-385 CP

Alcoholemia y seguridad vial

Conducción con tasa superior a la permitida, bajo la influencia de drogas, con exceso punible de velocidad, sin permiso por pérdida de puntos o con negativa a someterse a las pruebas. Se revisa la cadena de custodia, los márgenes de error del etilómetro y su calibración en vigor.

Prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad, y en todo caso privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
Arts. 178 y ss. CP

Delitos contra la libertad sexual

Agresiones sexuales tras la reforma del régimen del consentimiento, difusión no consentida de imágenes íntimas y denuncias surgidas en contextos universitarios o de ocio. Máxima reserva, análisis del relato, de la prueba pericial y de los soportes digitales aportados.

Agresión sexual sin acceso carnal: prisión de uno a cuatro años. Con acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal: prisión de cuatro a doce años.
Arts. 234-244 CP

Robos, hurtos y sustracción de vehículos

Hurtos en superficies comerciales, robo con fuerza en viviendas y trasteros, robo con violencia o intimidación, sustracción de vehículos a motor y daños. Se cuestiona la identificación del autor, la prueba indiciaria y la valoración pericial de lo sustraído.

Hurto: prisión de seis a dieciocho meses cuando el valor supera los 400 euros. Robo con fuerza en las cosas: de uno a tres años. Robo con violencia o intimidación: de dos a cinco años.
Arts. 248-251 CP

Estafas y fraudes online

Estafas en compraventas por internet, fraudes en inversiones y criptoactivos, suplantación de identidad y estafa informática. Se analiza la existencia de engaño bastante, el acto de disposición patrimonial y el nexo causal, con reconstrucción documental del flujo de fondos.

Estafa: prisión de seis meses a tres años cuando la cuantía defraudada excede de 400 euros. Los subtipos agravados elevan el marco hasta los seis años.
Arts. 197 bis, 249, 264 CP

Delitos informáticos

Acceso no autorizado a sistemas y cuentas, interceptación de comunicaciones, daños informáticos y ataques de ransomware, junto a la estafa informática cometida mediante manipulación de datos. Terreno donde la pericial y la trazabilidad de la evidencia digital deciden el resultado.

Acceso ilícito a sistemas de información: prisión de seis meses a dos años. Daños informáticos: prisión de seis meses a tres años.

Tráfico de drogas y menudeo

Desde la tenencia con presunto destino al tráfico hasta las estructuras organizadas. Se examina la licitud de la entrada y registro, del cacheo y de las intervenciones telefónicas, la cadena de custodia, el peso neto y la pureza de la sustancia analizada.

Sustancias que causan grave daño a la salud: prisión de tres a seis años. Resto de sustancias: de uno a tres años. La escasa entidad del hecho permite rebajar la pena en un grado.
Arts. 153, 173.2, 468 CP

Violencia de género y doméstica

Denuncias con solicitud de orden de protección, quebrantamiento de medidas cautelares y maltrato habitual. Actuación urgente ante el juicio rápido y ante la comparecencia de medidas, tanto en defensa como en el ejercicio de la acusación particular.

Maltrato ocasional: prisión de seis meses a un año. Maltrato habitual: prisión de seis meses a tres años. Quebrantamiento de medida o pena: prisión de seis meses a un año.
Marco punitivo

Cómo avanza el procedimiento y dónde se juega cada fase

Tras la Ley Orgánica 1/2025 los antiguos juzgados de instrucción y de lo penal se integran en el Tribunal de Instancia del partido judicial, organizado en Sección de Instrucción y Sección de lo Penal. Los delitos más graves se enjuician ante la Audiencia Provincial de Alicante, que resuelve además las apelaciones, con recurso en su caso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana y casación ante el Tribunal Supremo. Esta es la ruta real de un asunto y lo que la defensa hace en cada tramo.

DelitoPreceptoMarco de penaFactor agravante clave
UrgenciaDetención y primeras horasDependencias policiales o de la Guardia CivilAsistencia inmediata, entrevista reservada previa, lectura crítica del atestado y decisión sobre declarar o acogerse al derecho a no declarar.Declaraciones improvisadas sin conocer los hechos imputados ni el material que ya obra en el atestado.
GuardiaPuesta a disposición judicialSección de Instrucción del Tribunal de Instancia del partido judicialOposición a la prisión provisional, propuesta de medidas cautelares alternativas y, cuando procede, defensa en juicio rápido o conformidad negociada con criterio.Aceptar una conformidad precipitada en la guardia sin haber medido la prueba ni las consecuencias reales de la condena.
InstrucciónInvestigación de los hechosSección de Instrucción del Tribunal de InstanciaPersonación, acceso íntegro a la causa, solicitud de diligencias de descargo, periciales de parte y recursos frente a las resoluciones que perjudican a la defensa.Dejar que la investigación se cierre construida solo sobre la versión de la acusación, sin prueba de descargo practicada.
Fase intermediaAcusación y apertura del juicio oralSección de Instrucción y órgano llamado a enjuiciarPetición de sobreseimiento, escrito de defensa, proposición de prueba y planteamiento de cuestiones previas y de nulidades por vulneración de derechos fundamentales.Llegar al juicio sin haber depurado la prueba ilícita ni delimitado con precisión el objeto del proceso.
Juicio oralVista y práctica de la pruebaSección de lo Penal del Tribunal de Instancia o Audiencia Provincial de Alicante según la pena solicitadaInterrogatorios preparados, contradicción de los informes periciales, informe final y protesta formal para preservar los motivos de recurso.Improvisar el interrogatorio y perder motivos de recurso por no haber dejado constancia en el acta.
RecursosSegunda instancia y casaciónAudiencia Provincial de Alicante, Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana y Tribunal SupremoApelación por error en la valoración de la prueba, quebrantamiento de forma o infracción de ley, y casación cuando la resolución lo permite.Dejar firme una sentencia recurrible por haber dejado transcurrir los plazos sin preparar el recurso.
EjecuciónCumplimiento y alternativas a la prisiónÓrgano sentenciador y, en su caso, juzgado de vigilancia penitenciariaSuspensión de la ejecución de la pena, sustitución, fraccionamiento de la multa, permisos, clasificación en grado y liquidación de condena.Perder la suspensión de una pena corta por no solicitarla en plazo o por no acreditar los requisitos exigidos.
Persona jurídicaResponsabilidad penal de la empresaMismo órgano que conoce de la causa seguida contra las personas físicasDefensa autónoma de la sociedad, revisión del programa de cumplimiento normativo, investigación interna y valoración de las atenuantes específicas.Que la empresa comparta defensa y estrategia con el administrador investigado cuando los intereses ya son incompatibles.

Marcos punitivos orientativos según el Código Penal vigente. No constituyen asesoramiento jurídico; la calificación y la pena exigen análisis individualizado de la causa.

Nuestra diferencia

Lo que separa una defensa correcta de una defensa eficaz es el análisis forense

En un procedimiento penal el resultado rara vez depende de la elocuencia del informe final. Depende de si alguien ha leído el atestado línea a línea, ha comprobado la hora exacta de la detención, ha verificado la calibración del etilómetro o ha revisado la trazabilidad del volcado de un teléfono. La prueba obtenida con vulneración de derechos fundamentales no puede sostener una condena, pero detectarla exige método, tiempo y conocimiento técnico. Nuestro trabajo combina la defensa penal clásica con la revisión de la evidencia digital, contable y pericial, y con la coordinación de peritos propios cuando el informe oficial admite discusión.LIWARD Legal Intelligence Warfare for Defense—, nuestra metodología propia que integra inteligencia jurídica, analítica jurisprudencial, análisis financiero-contable y e-forensic en una sola estrategia procesal. Es lo que nos distingue de la defensa penal convencional.

i.

Inteligencia jurídica

Mapeo del procedimiento, análisis jurisprudencial y detección temprana de vulnerabilidades probatorias.

ii.

Análisis financiero y contable

Reconstrucción de flujos económicos y peritaje de la documentación que sostiene —o desmonta— la acusación.

iii.

Prueba digital · e-forensic

Cadena de custodia, validez de la prueba electrónica y trazabilidad de criptoactivos con rigor pericial.

iv.

Estrategia procesal

Decisión precisa en cada fase, del primer interrogatorio a la casación, sostenida en el análisis del riesgo.

Cómo intervenimos

Una estrategia sostenida en todas las fases

Fase 01

Detención e instrucción

Asistencia inmediata 24/7, preparación de la declaración y control de las medidas cautelares desde el primer acto.

Fase 02

Análisis forense

Estudio del expediente, peritaje financiero y digital, e identificación de la teoría del caso.

Fase 03

Estrategia y prueba

Diseño de la defensa o acusación, proposición probatoria y articulación de la prueba pericial.

Fase 04

Juicio y recursos

Defensa en plenario y, en su caso, recursos de apelación, casación y amparo.

A quién representamos

Cada perfil exige una defensa distinta

E

Empresas

Empresas y sociedades del entorno industrial, comercial y tecnológico del municipio que se enfrentan a una imputación como persona jurídica, a una investigación interna o a la denuncia de un fraude sufrido.

A

Administradores y directivos

Administradores, directivos y cargos con funciones de dirección que responden con su patrimonio y su libertad por decisiones adoptadas en el ejercicio del cargo, incluidos los delitos societarios, contables y contra la Hacienda Pública.

I

Investigados

Personas investigadas o detenidas, residentes o de paso, incluidos estudiantes y personal de la Universidad de Alicante, que necesitan defensa desde la primera declaración y no cuando la causa ya está encaminada.

V

Víctimas · acusación particular

Víctimas y perjudicados que quieren ejercer la acusación particular con una estrategia real: denuncia o querella bien construida, prueba asegurada desde el primer día y reclamación efectiva de la responsabilidad civil.

Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber antes de la primera consulta

¿Atienden detenciones urgentes en San Vicente del Raspeig fuera del horario de oficina?
Sí. La asistencia al detenido no entiende de horarios: las detenciones se practican con frecuencia de madrugada o en fin de semana y el plazo máximo de 72 horas empieza a correr desde el primer minuto. Nuestra sede de Alicante, en la Playa de San Juan, está a pocos minutos del municipio, lo que permite personarse con rapidez en las dependencias donde se encuentre el detenido y mantener después al mismo letrado en la puesta a disposición judicial. El despacho cuenta además con sede en Madrid para las causas que se siguen ante órganos centrales.
Me han citado por un delito leve. ¿Merece la pena acudir con abogado si parece un simple trámite?
En los delitos leves la asistencia letrada no es preceptiva, y por eso mucha gente acude sola y sale con una condena. Aunque la pena sea de multa, la sentencia es una condena penal con efectos reales: antecedentes mientras no se cancelen, posible valoración como reincidencia en el futuro y, sobre todo, una declaración de hechos probados que puede utilizarse después en una reclamación civil, en un procedimiento de familia o en un expediente laboral. Acudir asistido permite negociar la reparación del daño, plantear la atipicidad o el error y evitar el reconocimiento de hechos por el simple deseo de terminar cuanto antes.
Me han intervenido una cantidad pequeña de droga en una fiesta universitaria. ¿Es delito o consumo compartido?
Depende de los hechos concretos, y ningún abogado serio puede prometer un resultado antes de leer el atestado y el informe de análisis de la sustancia. La jurisprudencia admite el consumo compartido cuando concurren circunstancias muy exigentes: consumidores previamente conocidos entre sí, cantidad reducida y destinada al consumo inmediato, lugar cerrado y ausencia de ánimo de difusión a terceros. La tenencia de cantidades reducidas para consumo propio en la vía pública se sanciona por la vía administrativa y no penal. La frontera es fina y se decide con el peso, la pureza, la forma de presentación de la sustancia, la presencia de dinero fraccionado o instrumentos de pesaje y lo que se haya declarado en el momento de la intervención: razón de más para no improvisar una explicación en caliente.
¿Puedo cambiar el abogado de oficio por uno de confianza con la causa ya iniciada?
Sí, y puede hacerlo en cualquier momento del procedimiento. La designación de un letrado de libre elección deja sin efecto la del turno de oficio, y el nuevo abogado debe pedir la venia al anterior conforme a las normas deontológicas de la abogacía: es un trámite de cortesía profesional entre letrados, no un permiso que dependa de la voluntad del compañero saliente, y tampoco puede servir para retrasar la entrega de la documentación del asunto. El cambio no suspende los plazos procesales, de modo que conviene decidirlo cuanto antes, sobre todo si hay un señalamiento próximo o un plazo de recurso abierto.
¿Intervenís fuera de Alicante?
Sí. Operamos desde Madrid y Alicante, e intervenimos en toda España, incluida la asistencia urgente al detenido y los procedimientos con dimensión internacional.
¿Qué es la metodología LIWARD?
Es nuestra metodología propia —Legal Intelligence Warfare for Defense— que integra inteligencia jurídica, análisis financiero-contable y prueba digital forense en una estrategia procesal única. Permite anticipar las debilidades de la acusación y construir la defensa sobre evidencia técnica, no solo sobre argumentación jurídica.
Société de Conseil Juridique et Expert

Consulte antes de declarar, no después: en el proceso penal hay decisiones en las que el error no es reversible

Una conversación temprana puede cambiar el curso de todo el asunto. Hablemos antes de que el procedimiento decida por usted.



Guía práctica: qué ocurre cuando un procedimiento penal se sigue en San Vicente del Raspeig

San Vicente del Raspeig es cabeza de uno de los trece partidos judiciales de la provincia de Alicante y concentra la actividad judicial de l’Alacantí. Para quien se enfrenta a un procedimiento penal, esto tiene consecuencias muy concretas: dónde se practican las diligencias, ante qué órgano se recurre y con qué plazos se trabaja. A continuación respondemos, de forma directa, las preguntas que más nos formulan.

¿Qué órgano instruye una causa penal en San Vicente del Raspeig?

La instrucción corresponde a los juzgados del partido judicial de San Vicente del Raspeig, que asumen las funciones de instrucción penal en su demarcación. Allí se practican las diligencias iniciales, se recibe declaración al investigado y se acuerdan, en su caso, las medidas cautelares. El enjuiciamiento posterior dependerá de la pena que se solicite: los delitos menos graves se juzgan ante el juzgado de lo penal y los más graves ante la Audiencia Provincial de Alicante.

¿Dónde se resuelven los recursos contra las resoluciones dictadas en San Vicente del Raspeig?

Los recursos de apelación se resuelven ante la Audiencia Provincial de Alicante, órgano superior del que depende el partido judicial de San Vicente del Raspeig. Una parte decisiva de la defensa se juega, por tanto, fuera de San Vicente del Raspeig, y conviene preparar el recurso desde la primera instancia, dejando constancia en el acta de las protestas y de la prueba inadmitida.

Me han detenido en San Vicente del Raspeig. ¿Qué ocurre en las primeras 72 horas?

La detención no puede durar más del tiempo estrictamente necesario y, en todo caso, dentro de las setenta y dos horas siguientes la persona detenida debe ser puesta en libertad o a disposición judicial. El cómputo empieza en el momento efectivo de la privación de libertad, no en la llegada a dependencias policiales. Durante ese plazo el detenido tiene derecho a ser informado de los hechos, a guardar silencio, a no declarar contra sí mismo, a designar abogado y a entrevistarse reservadamente con él antes de declarar.

¿Es obligatorio declarar ante la policía o el juzgado de San Vicente del Raspeig?

Como investigado, no. El derecho a guardar silencio es un derecho constitucional que no puede perjudicarle. Como testigo sí existe obligación de declarar y de decir verdad, con excepciones tasadas, entre ellas la dispensa del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para cónyuge, pareja y parientes próximos. Declarar sin conocer el contenido del atestado es el error más frecuente y el más caro.

¿Qué es un juicio rápido y por qué es tan habitual aquí?

Es un procedimiento abreviado para delitos menos graves con detención o denuncia policial reciente. Los plazos se cuentan en días, de modo que la estrategia, incluida una eventual conformidad con reducción de un tercio de la pena, debe decidirse de inmediato. Es el cauce habitual en alcoholemias, lesiones, hurtos y delitos contra la seguridad vial.

¿Puedo cambiar de abogado a mitad del procedimiento?

Sí, en cualquier fase. Basta designar al letrado de su confianza: la venia se solicita directamente al compañero saliente y el cambio no paraliza el procedimiento. Tener abogado de oficio no impide designar después abogado particular.

¿Hace falta que el despacho esté físicamente en San Vicente del Raspeig?

No. Lo determinante es la especialización y la disponibilidad, no el domicilio del despacho. Actuamos ante los juzgados de toda la provincia y nos desplazamos a San Vicente del Raspeig para las actuaciones que lo requieren, con atención online para el resto. La asistencia urgente al detenido está operativa las veinticuatro horas, todos los días del año.

¿Qué documentación conviene reunir antes de la primera consulta?

Toda la que haya recibido: citación, atestado, denuncia, burofaxes, resoluciones judiciales y notificaciones, además de una cronología escrita de los hechos. Con ese material, en la primera consulta online de quince minutos, gratuita, se puede orientar la viabilidad del asunto y los pasos inmediatos.

Contenido relacionado: Alicante, Elche y Novelda y preguntas frecuentes sobre el proceso penal.

Preceptos que se aplican con más frecuencia en San Vicente del Raspeig

Fichas con el texto vigente del Boletín Oficial del Estado, los elementos del tipo y las líneas de defensa que el despacho aplica en los procedimientos seguidos ante los órganos de este partido judicial.

Repertorio completo: 150 fichas del Código Penal y 58 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Logotipos-abogacia-scje
Paseo De La Castellana 216 8º 28046 Madrid
Alicante – Playa de San Juan Av. Ansaldo 31, local 16, 03540 Alicante
Londres: 20 Wenlock Road, N1 7GU, Reino Unido
París: 72 Faubourg St Honoré, 75008, Francia
info@societejuridique.com

Société de Conseil Juridique et Expert es un despacho de abogados con sedes en Madrid, Alicante, Londres y París, especializado en defensa y acusación penal, delitos económicos y corporativos y derecho tecnológico. Trabajamos con orientación estratégica en procedimientos penales complejos, propiedad intelectual y análisis forense avanzado, y prestamos consultoría jurídica, compliance y escudos de protección a particulares y empresas. Atendemos desde Alicante y Madrid, con consulta online en toda España y asistencia al detenido 24 horas. Resuelva sus dudas en las preguntas frecuentes o solicite una primera consulta.

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