¿Un daño grave o un fallecimiento por una asistencia sanitaria? Tanto la víctima y su familia como el profesional sanitario necesitan una valoración técnica y serena de lo ocurrido.
No todo mal resultado médico es negligencia, ni toda negligencia es delito. La clave está en si hubo una imprudencia y de qué gravedad, valorada con prueba pericial.
La vía penal se reserva a la imprudencia grave (y, en ciertos casos, menos grave) con resultado de muerte o lesiones. Muchos casos se encauzan, además o en su lugar, por la vía civil de responsabilidad.
Te ayudamos a reunir la historia clínica y la pericial médica, y a ejercer la acción que mejor proteja tus intereses (penal y/o civil).
Asumimos tu defensa frente a denuncias y querellas, protegiendo tu ejercicio profesional y tu reputación.
Trabajamos con peritos médicos y valoramos la mejor estrategia. Ver nuestras áreas de práctica.
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Analizamos la historia clínica con peritos médicos y definimos la mejor vía (penal y/o civil), seas víctima o profesional.
No. La vía penal se reserva a la imprudencia grave (o menos grave) con resultado de muerte o lesiones; muchos casos van por la vía civil.
Depende de la vía y del daño; conviene actuar pronto para conservar la historia clínica y la prueba. Consúltalo sin demora.
Sí, la pericial médica suele ser decisiva tanto para acusar como para defender.
La medicina es una obligación de medios, no de resultados. Para que exista responsabilidad se requiere una infracción de la lex artis ad hoc, es decir, de las reglas del oficio aplicables a ese acto médico concreto, en ese momento y en esas circunstancias, y un nexo causal entre esa infracción y el daño. Por eso nunca presentamos una reclamación sin un informe pericial médico previo. Un dictamen desfavorable obtenido al principio cuesta una fracción de lo que cuesta un procedimiento perdido, y le ahorra años. Preferimos decírselo el primer mes que el tercer año. La vía penal exige imprudencia grave o menos grave y prospera en pocos casos: el estándar es exigente y el archivo es frecuente. La vía civil se aplica a la sanidad privada y la administrativa a la pública, con plazos y procedimientos distintos, y ambas indemnizan con mayor amplitud. Elegir mal la vía no solo hace perder el caso: puede hacer perder el plazo. Los plazos de prescripción son cortos y arrancan en momentos distintos según la vía, y esa es la causa más habitual de que se pierdan asuntos que tenían recorrido. Es el punto más olvidado y, a menudo, el más sólido. El facultativo debe informar de los riesgos típicos de la intervención, con antelación suficiente y de forma comprensible. Un documento firmado en el pasillo minutos antes de entrar a quirófano, o que no menciona el riesgo que precisamente se materializó, puede generar responsabilidad aunque la técnica quirúrgica fuera impecable. Qué necesitamos: historia clínica completa, hojas de consentimiento, informes de alta y justificación de los perjuicios. Si no dispone de la historia, la solicitamos nosotros.No toda complicación es negligencia
Vía penal, civil o administrativa
El consentimiento informado