Fondos recibidos con destino determinado
En los conflictos de empresa familiar la discusión rara vez es si el dinero se movió, sino si existía un destino obligado para ese dinero. La STS 354/2022, de 6 de abril, Sala de lo Penal, casación 905/2020, ROJ: STS 1451/2022, ECLI:ES:TS:2022:1451, desestimatoria, aborda precisamente la apropiación indebida de fondos recibidos con destino determinado y su relación concursal con el fraude de subvenciones. Es una referencia útil cuando se discute si unas cantidades ingresadas en la sociedad tenían o no un fin vinculante.
Estafa continuada, plazos de instrucción y costas
La STS 747/2024, de 18 de julio, Sala de lo Penal, casación 2295/2022, ROJ: STS 4260/2024, ECLI:ES:TS:2024:4260, también desestimatoria, resulta de cita casi obligada en asuntos económicos largos: aclara el cómputo del plazo de instrucción del artículo 324 LECrim, la legitimación del Ministerio Fiscal para reclamar la responsabilidad civil y el régimen de costas de la acusación particular. Este último punto importa mucho a quien se plantea personarse como acusación en un pleito entre socios y quiere saber qué puede recuperar y qué no.
Secretos de empresa y salida de un directivo
Cuando el que se marcha se lleva información, la pregunta es qué era secreto y hasta cuándo alcanzaba el deber de reserva. La STS 285/2008, de 12 de mayo, Sala de lo Penal, casación 1467/2007, ROJ: STS 2885/2008, ECLI:ES:TS:2008:2885, que estima parcialmente el recurso, trata el concepto de secreto de empresa del artículo 279 CP y el deber de reserva tras la extinción de la relación laboral. En una industria con procesos productivos y cartera de clientes muy estables, como la chocolatera o la conservera, esa distinción no es teórica.
El límite de investigar por su cuenta dentro de la empresa
Muchos empresarios reaccionan al fraude interno recabando pruebas por su cuenta, y ahí se pierden defensas y se generan responsabilidades nuevas. La STS 328/2021, de 22 de abril, Sala de lo Penal, casación 715/2020, ROJ: STS 1486/2021, ECLI:ES:TS:2021:1486, que no da lugar al recurso, examina el caso del empresario que ordenó acceder al correo electrónico personal de un trabajador, y no solo al corporativo, para obtener pruebas. La STS 928/2023, de 14 de diciembre, Sala de lo Penal, casación 7491/2021, ROJ: STS 5589/2023, ECLI:ES:TS:2023:5589, que estima parcialmente, se mueve en el mismo terreno de los artículos 197.1 y 197.2 CP con mensajes, fotografías y grabaciones, aprecia dilaciones indebidas y reduce el daño moral de 10.000 a 1.000 euros. Traducido: la prueba obtenida a lo bruto puede acabar convirtiendo al denunciante en investigado y no siempre sirve para nada.
Prueba ilícita y asuntos nacidos en el puerto
La STC 81/1998, de 2 de abril, Pleno, amparo 3140/1994, ECLI:ES:TC:1998:81, desestimatoria, sienta la doctrina de la conexión de antijuridicidad: la prueba derivada de una intervención inconstitucional puede valorarse si es jurídicamente independiente. Aplicada a un recinto portuario, la STS 56/2023, de 3 de febrero, Sala de lo Penal, casación 2607/2021, ECLI:ES:TS:2023:376, desestimatoria, resolvió sobre un alijo de más de 400 kilogramos de cocaína en recinto portuario, entendiendo que el hallazgo derivaba del visionado de grabaciones y de la admisión voluntaria en juicio, no de las manifestaciones iniciales. La STS 904/2023, de 30 de noviembre, casación 3566/2023, ROJ: STS 5215/2023, ECLI:ES:TS:2023:5215, desestimatoria, aplica la misma doctrina a material probatorio de origen extranjero, algo habitual cuando la investigación tiene ramificaciones fuera de España.
Cadena de custodia de los efectos intervenidos
La STS 491/2016, de 8 de junio, Sala de lo Penal, casación 206/2016 del Ministerio Fiscal, ECLI:ES:TS:2016:2623, que estima parcialmente, distingue entre infracciones menores de la cadena de custodia, que son mera irregularidad, e infracciones muy relevantes, que determinan la invalidez de la prueba como cargo. Es la resolución de cabecera cuando hay sustancias, mercancía intervenida, dispositivos incautados o pericial sobre efectos.
Detención, prisión provisional y acceso al expediente
En asuntos económicos de cierta entidad la prisión provisional se pide invocando riesgo de fuga por disponibilidad de medios. La STC 180/2020, de 14 de diciembre, Sala Segunda, amparo 4194-2018, ECLI:ES:TC:2020:180, que otorga amparo, es la doctrina de referencia: decidir sobre prisión provisional sin garantías de información, acceso a lo esencial, contradicción e igualdad de armas vulnera la libertad personal. La STC 83/2019, de 17 de junio, Sala Primera, amparo 365-2018, ECLI:ES:TC:2019:83, que otorga amparo, precisa que el secreto sumarial puede posponer pero no excluir el acceso al núcleo imprescindible para defenderse, y la STC 30/2023, de 17 de abril, Sala Segunda, amparo 6529-2021, ECLI:ES:TC:2023:30, que otorga amparo, sanciona el no suspender la comparecencia del artículo 505 LECrim pese a la petición expresa de la defensa. Si la detención es previa, la STC 13/2017, de 30 de enero, Sala Segunda, amparo 7301-2014, ECLI:ES:TC:2017:13, que estima el amparo, establece que negar copia del atestado para impugnar la detención lesiona la libertad personal y la asistencia letrada, y la STC 21/2018, de 5 de marzo, Sala Primera, amparo 3766-2016, ECLI:ES:TC:2018:21, que otorga amparo, sitúa ese acceso antes del primer interrogatorio.
Blanqueo asociado a la actividad económica
La STS 312/2021, de 13 de abril, Sala de lo Penal, casación 10588/2020, ROJ: STS 1388/2021, ECLI:ES:TS:2021:1388, desestimatoria, trata la falsedad en documento oficial junto al blanqueo y lo configura como delito de mera actividad y de peligro abstracto. Conviene conocerla porque explica por qué una pieza de blanqueo puede sostenerse con menos de lo que el investigado espera.
Cuando la empresa es la víctima de un fraude bancario
La STS 571/2025, de 9 de abril, Sala Primera de lo Civil, casación 1151/2023, ECLI:ES:TS:2025:1671, que desestima la casación del banco, resuelve un fraude por SIM swapping y concluye que la autenticación no exime a la entidad, que debe probar la ausencia de deficiencia del servicio y la negligencia grave del usuario. Advertimos expresamente de que es jurisdicción civil y no penal: sirve para orientar la reclamación frente al banco, no para fundar una calificación penal.
Doctrina de la biblioteca del despacho
En materia de sociedades trabajamos con Encinar del Pozo, M. A., Magistrado Coordinador del Gabinete Técnico de la Sala Penal del Tribunal Supremo, «Responsabilidad penal de personas jurídicas y compliance», ICAM, mayo de 2025, sobre modelos de imputación, artículo 31 bis CP y valoración judicial de los programas de cumplimiento, y con Del Moral García, A., Magistrado del Tribunal Supremo, «Responsabilidad penal de personas jurídicas: aspectos procesales», ICAM, 6 de mayo de 2025, sobre el estatuto procesal de la persona jurídica investigada, que es la parte que suele descuidarse cuando administrador y sociedad comparten defensa sin analizar el conflicto de intereses.
En el frente tributario seguimos a Delgado Martín, J., Magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, «Apuntes 2025. Delitos contra la Hacienda Pública», en particular sobre el artículo 305 CP, la responsabilidad del asesor fiscal y la ignorancia deliberada. Para las consecuencias patrimoniales del procedimiento, que en una empresa familiar pueden ser más graves que la propia pena, usamos a Bautista Samaniego, C., «El decomiso en el Código Penal», sobre los artículos 127 a 128 CP y las modalidades de decomiso directo, ampliado, autónomo y de terceros.
En materia de pena y circunstancias, Villegas García, M. A. y Encinar del Pozo, M. A., «Circunstancias atenuantes y agravantes», Curso Avanzado de Especialización en Derecho Penal, ICAM, 3 de junio de 2025, y Cubero, D., «Curso avanzado de penas y medidas de seguridad», ICAM, 26 de marzo de 2025, sobre reglas del artículo 66 CP, concursos y delito continuado, que es la figura que decide la horquilla de pena en casi todo fraude prolongado en el tiempo. En prueba manejamos Magro Servet, V., Magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, «Novedades jurisprudenciales sobre la prueba», con foco en la admisión de la prueba de la defensa, y Marchal Escalona, N., «Diligencias de investigación», ICAM, mayo de 2024, sobre escena, criminalística y cadena de custodia. Para el armazón procesal, el Memento Procesal Penal, Lefebvre, en sus capítulos de partes procesales y acusación particular, instrucción y plazos del artículo 324, medidas cautelares y prisión provisional, y técnica probatoria y cadena de custodia. Sobre acceso a comunicaciones y correo del trabajador, Expertia Legal, «Delitos contra el Honor y la Intimidad», versión 5, diciembre de 2025.
Dónde no tenemos apoyo indexado
Dos materias muy propias de este municipio quedan fuera. Sobre delitos contra la seguridad de los trabajadores y siniestralidad laboral (arts. 316 y 152 CP) y sobre delitos contra el medio ambiente derivados de la actividad portuaria o industrial (art. 325 CP), en la base de conocimiento del despacho no consta jurisprudencia indexada con referencia completa. Lo decimos en lugar de rellenar el hueco: si su asunto es de esos, la fundamentación se construirá con búsqueda específica y verificada para su caso, no con citas de adorno.
Las referencias anteriores proceden de la base de conocimiento del despacho, deben verificarse en su fuente original antes de invocarse en un escrito y esta página no constituye asesoramiento jurídico.