La mensajería es prueba habitual, pero su validez depende de su autenticidad e integridad.
Las conversaciones de WhatsApp y otras apps de mensajería se han convertido en prueba habitual en los juicios penales. Pero su valor depende de cómo se obtengan y se aporten: un pantallazo, por sí solo, puede no bastar.
¿Es válida una conversación de WhatsApp?
Sí. La prueba electrónica es admisible, pero el tribunal valora su fiabilidad. Una captura de pantalla es fácil de manipular, por lo que conviene reforzarla: cotejo del dispositivo, acta notarial, informe pericial y conservación de los metadatos.
Autenticidad e integridad
Hay que poder demostrar que el mensaje es real y no ha sido alterado. La pericia informática y la preservación correcta del terminal (sin manipularlo) son clave para acreditar la mismidad de la prueba.
Impugnación y nulidad
Si la parte contraria niega la autenticidad, será necesario practicar prueba pericial. Y si la conversación se obtuvo vulnerando derechos fundamentales (secreto de las comunicaciones, art. 18.3 CE), puede declararse su nulidad y la de las pruebas derivadas (art. 11.1 LOPJ).
Recomendaciones
No borres ni edites los mensajes, conserva el dispositivo, y acude pronto a un profesional para preservar la prueba con garantías antes de aportarla.
Ampliamos esta cuestión en la guía ¿vale un WhatsApp como prueba en un juicio?.
Francisco Javier Martín Porras
Abogado penalista. Socio director de Société de Conseil Juridique et Expert. Sedes en Alicante y Madrid.
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Francisco Javier Martín Porras
Abogado penalista, socio de Société de Conseil Juridique et Expert y creador de la metodología LIWARD®. Dirige la defensa en procedimientos penales de alta complejidad, combinando estrategia procesal con análisis pericial y forense. Conozca al equipo →


