Un registro policial en la empresa se decide en las primeras dos horas: lo que se haga en ese intervalo condiciona la causa penal durante años. La entrada de la UDEF o de la Guardia Civil con una orden judicial no admite improvisación. Este es el protocolo que recomendamos tener escrito y ensayado.
Minuto cero: verificar y avisar
1. Solicite el auto judicial y léalo: qué juzgado lo dicta, qué sedes autoriza, qué delito se investiga y qué puede intervenirse. El registro debe ceñirse a ese alcance.
2. Llame inmediatamente al abogado penalista. La diligencia no se suspende por su ausencia, pero su presencia desde el inicio es determinante: puede hacer constar incidencias en el acta y velar por el alcance autorizado. Active también la asistencia de su asesoría habitual, pero el registro es materia penal, no mercantil.
3. Designe un interlocutor único (dirección o asesoría jurídica) que acompañe a la comisión judicial. El resto de la plantilla debe seguir trabajando con normalidad, sin comentarios ni iniciativas.
Durante el registro: colaborar sin renunciar a derechos
No obstruya ni destruya nada: la destrucción u ocultación de documentación durante un registro puede constituir delito y agrava la posición de todos. Colaborar no significa declarar: ni el personal ni los directivos están obligados a contestar interrogatorios espontáneos durante la diligencia. Pida que conste en acta todo lo relevante: dispositivos intervenidos, copias espejo realizadas, despachos abiertos, protestas sobre el alcance.
Documentación protegida y copias espejo
Las comunicaciones abogado-cliente gozan de protección reforzada: identifíquelas y haga constar la protesta si se intervienen. Con los equipos informáticos, lo correcto es la copia espejo con hash ante el Letrado de la Administración de Justicia, que garantiza la integridad y permite a la empresa seguir operando; deje constancia de cualquier déficit de cadena de custodia, porque será materia de defensa.
Después: las 48 horas siguientes
Reconstruya el acta con su abogado, inventaríe lo intervenido, preserve copias internas, comunique a quien proceda (consejo, auditores, en su caso mercado) y diseñe ya la estrategia: personación, acceso a la causa y plan pericial. Esta fase inicial es el corazón de nuestra metodología LIWARD aplicada al penal económico.
Preguntas frecuentes
¿Pueden registrar sin orden judicial?
El domicilio social y los espacios de dirección gozan de protección domiciliaria: regla general, auto judicial. El consentimiento del titular puede suplirlo — por eso nadie debe consentir nada sin abogado.
¿Pueden llevarse los servidores y dejarnos sin operar?
La práctica correcta es la copia espejo. Si la intervención física paraliza la actividad, la defensa puede instar la devolución o el volcado urgente.
¿Deben dejarnos copia del acta?
Sí, la diligencia se documenta y la empresa tiene derecho a conocer su contenido y lo intervenido. Revísela el mismo día con su abogado.
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Francisco Javier Martín Porras
Abogado penalista, socio de Société de Conseil Juridique et Expert y creador de la metodología LIWARD®. Dirige la defensa en procedimientos penales de alta complejidad, combinando estrategia procesal con análisis pericial y forense. Conozca al equipo →


