Guías prácticasPenal¿Está prescrito mi delito? Plazos de prescripción penal

El paso del tiempo puede extinguir la responsabilidad penal: es la prescripción del delito. Saber si un delito puede estar prescrito es, a menudo, la primera línea de defensa. Esta guía resume los plazos y sus reglas.

Qué es la prescripción

La prescripción (arts. 130 y 131 del Código Penal) extingue la responsabilidad criminal cuando transcurre un determinado tiempo sin que el procedimiento se dirija eficazmente contra el responsable. Su fundamento es la seguridad jurídica y la pérdida de sentido de la pena con el tiempo.

Plazos según la gravedad (art. 131)

De forma orientativa: 20 años para penas de prisión de 15 o más años; 15 años para penas de 10 a 15; 10 años para penas superiores a 5 y hasta 10; 5 años para los demás delitos; y 1 año para los delitos leves. El plazo se fija por la pena máxima señalada al delito.

Desde cuándo se cuenta (art. 132)

El cómputo comienza el día en que se cometió el delito. En los delitos continuados o permanentes, desde que cesó la conducta. En ciertos delitos contra menores, el plazo no empieza hasta que la víctima cumple determinada edad, para protegerla.

Qué interrumpe la prescripción

La prescripción se interrumpe cuando el procedimiento se dirige contra la persona indiciariamente responsable mediante una resolución judicial motivada. La mera denuncia o querella, sin actuación judicial relevante, no siempre interrumpe: la jurisprudencia es exigente en este punto.

Delitos que no prescriben

No prescriben los delitos de lesa humanidad, genocidio, contra las personas y bienes protegidos en conflicto armado, y los de terrorismo con resultado de muerte.

Prescripción del delito y de la pena

Conviene distinguir la prescripción del delito (antes de la condena) de la prescripción de la pena ya impuesta (art. 133), que tiene sus propios plazos y reglas.

Preguntas frecuentes

¿Se aprecia de oficio? Sí, el tribunal debe apreciarla aunque no se alegue, pero conviene invocarla y acreditarla. ¿Cuenta desde la denuncia? No: desde la comisión del hecho, y se interrumpe con la actuación judicial dirigida contra el responsable. ¿Puedo saber si mi caso está prescrito? Un penalista lo valora analizando fechas y actuaciones.

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Guía de carácter divulgativo; no constituye asesoramiento jurídico.

JM

Francisco Javier Martín Porras

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