ARTÍCULOS 144 A 146 Y 157 A 158 CPAborto no consentido y lesiones al feto: responsabilidad penal sanitaria

Cuando el daño ocurre antes de nacer: mala praxis obstétrica, aborto imprudente y la protección penal del nasciturus

El Código Penal protege la vida prenatal frente a terceros: el aborto causado sin consentimiento de la mujer, el causado por imprudencia grave (la mala praxis obstétrica que termina en pérdida del embarazo) y las lesiones al feto que dejan secuelas al niño que nace. Son causas de altísima carga pericial médica y emocional, que llevamos tanto para familias que reclaman como en la defensa de profesionales. La interrupción voluntaria dentro de la LO 2/2010 queda, obviamente, fuera del reproche penal.

Claves prácticas

  • Aborto sin consentimiento: prisión de 4 a 8 años e inhabilitación sanitaria (144)
  • Aborto por imprudencia grave: prisión de 3 a 5 meses o multa; profesional, con inhabilitación (146)
  • Lesiones al feto con secuelas: prisión de 1 a 4 años e inhabilitación (157)
  • La mujer nunca responde por su propio aborto imprudente (146 in fine)

Cómo lo usamos en su defensa

  • Pericial obstétrica: lex artis, monitorización, tiempos de decisión y causalidad
  • Para familias: reconstrucción del parto minuto a minuto con la historia clínica completa
  • Para profesionales: protocolos seguidos, medios disponibles y cursos causales alternativos
  • Coordinación penal-civil: la indemnización no espera a la condena

COMENTARIOArtículo por artículo

Art. 144 CP · Aborto sin consentimiento

Producir el aborto sin consentimiento de la mujer: prisión de 4 a 8 años e inhabilitación profesional sanitaria de 3 a 10 años; mismas penas si el consentimiento se obtuvo con violencia, amenaza o engaño. Cubre desde la agresión que causa la pérdida hasta la administración subrepticia de abortivos: una de las conductas más graves contra la mujer y la vida prenatal a la vez.

Art. 145 y 145 bis CP · Aborto consentido fuera de la ley

El aborto consentido fuera de los casos permitidos por la ley se castiga al tercero que lo practica (prisión de 1 a 3 años e inhabilitación), con tipos atenuados por incumplimientos formales de la LO 2/2010 (145 bis, sin los requisitos de información o plazos, en centros no acreditados). La mujer quedó despenalizada en estos supuestos tras la reforma de 2023: el reproche se dirige solo al profesional que incumple.

Art. 146 CP · Aborto imprudente

El aborto causado por imprudencia grave: prisión de 3 a 5 meses o multa; si la imprudencia es profesional, además inhabilitación de 1 a 3 años. Es el tipo de la mala praxis obstétrica: sufrimientos fetales no atendidos, cesáreas tardías, errores de medicación. La embarazada no es punible por su propia imprudencia: la ley lo excluye expresamente.

Art. 157 CP · Lesiones al feto

Causar al feto una lesión o enfermedad que perjudique gravemente su normal desarrollo o provoque una grave tara física o psíquica: prisión de 1 a 4 años e inhabilitación especial sanitaria de 2 a 8 años. Protege al niño que nacerá con las secuelas del daño intrauterino o del parto: parálisis braquiales, encefalopatías hipóxicas. La condena exige acreditar que la lesión se causó al feto y su nexo con la conducta.

Art. 158 CP · Lesiones imprudentes al feto

La versión por imprudencia grave: prisión de 3 a 5 meses o multa, con inhabilitación si es profesional. Igual que en el 146, la embarazada queda excluida de pena. Es, junto al 146, el vehículo penal habitual de las reclamaciones por partos mal asistidos.

La prueba: historia clínica y peritos

Estos procesos se deciden en la historia clínica (registros cardiotocográficos, particiones horarias, hojas de enfermería) y en la pericial obstétrica y neuropediátrica. La cadena de custodia de la historia, sus eventuales alteraciones y los tiempos reales de actuación son el campo de batalla: llevamos años litigándolo con peritos propios en ambas direcciones.

RESOLVEMOS SUS DUDASPreguntas frecuentes

Perdimos al bebé durante el parto y creemos que se actuó tarde, ¿qué vías tenemos?

Penalmente, el aborto imprudente del 146 (o las lesiones del 158 si nació con secuelas y falleció después: la calificación depende del momento del daño y del nacimiento); civilmente, la responsabilidad sanitaria con indemnizaciones relevantes. El primer paso es obtener íntegra la historia clínica (es su derecho) y someterla a pericial obstétrica. Los plazos corren: no espere al duelo completo para protegerse jurídicamente.

Soy matrona y estoy investigada por un parto con resultado de secuelas, ¿qué me juego?

El 158 (lesiones imprudentes al feto): multa o prisión menor e inhabilitación si se aprecia imprudencia profesional grave. La defensa se construye sobre la lex artis: protocolos del centro, medios disponibles, decisiones colegiadas y cursos causales alternativos (patologías previas, causas no evitables). La imprudencia leve no es delito: esa frontera, con pericial sólida, absuelve.

¿La madre puede ser acusada por conductas durante el embarazo?

No: la ley excluye expresamente a la embarazada del aborto y las lesiones al feto imprudentes, y tras 2023 tampoco es punible en los supuestos del 145. El reproche penal se dirige a terceros y profesionales. Las conductas de riesgo de la gestante se abordan, en su caso, desde protección y salud, no desde el Código Penal.

SCJE · ALICANTE Y MADRIDDaños en el parto: rigor pericial y sensibilidad

Logotipos-abogacia-scje
Paseo De La Castellana 216 8º 28046 Madrid
Alicante – Playa de San Juan Av. Ansaldo 31, local 16, 03540 Alicante
Londres: 20 Wenlock Road, N1 7GU, Reino Unido
París: 72 Faubourg St Honoré, 75008, Francia
info@societejuridique.com

Société de Conseil Juridique et Expert es un despacho de abogados con sedes en Madrid, Alicante, Londres y París, especializado en defensa y acusación penal, delitos económicos y corporativos y derecho tecnológico. Trabajamos con orientación estratégica en procedimientos penales complejos, propiedad intelectual y análisis forense avanzado, y prestamos consultoría jurídica, compliance y escudos de protección a particulares y empresas. Atendemos desde Alicante y Madrid, con consulta online en toda España y asistencia al detenido 24 horas. Resuelva sus dudas en las preguntas frecuentes o solicite una primera consulta.

Copyright © 2026 Société de Conseil Juridique et Expert S.L.

EspanolEnglishFrancais
WhatsApp · Urgencias 24h