Lesiones (tipo básico)
Lesión que requiere, además de primera asistencia, tratamiento médico o quirúrgico para su sanidad.
Delito de Lesiones · Alicante · Madrid · Toda España
Aquí no se defienden causas: se controlan consecuencias.
Peleas, agresiones, lesiones con instrumento peligroso, riñas y lesiones imprudentes. La calificación médico-legal del resultado —primera asistencia o tratamiento— y el contexto deciden entre multa, prisión o absolución por legítima defensa.
Por qué es distinto
Los procedimientos por lesiones comparten una misma exigencia: rigor médico-legal y contextual. La frontera entre el delito leve y el del art. 147.1 depende de si hubo tratamiento médico o quirúrgico además de la primera asistencia —un concepto técnico que los partes hospitalarios no siempre reflejan bien—. A ello se suman los agravantes (instrumento peligroso, deformidad), la dinámica de la agresión (¿quién inició?, ¿hubo riña mutua?) y las eximentes como la legítima defensa. Cada pieza exige peritaje y reconstrucción. Por eso revisamos la documentación médica con peritos propios y reconstruimos la secuencia con toda la prueba disponible: cámaras, testigos, lesiones de ambas partes.
Qué defendemos
Defensa y acusación particular en las figuras de los arts. 147 a 156 del Código Penal.
Lesión que requiere, además de primera asistencia, tratamiento médico o quirúrgico para su sanidad.
Lesión que solo precisa primera asistencia facultativa: el antiguo juicio de faltas.
Golpear o maltratar sin causar lesión: frecuente en denuncias cruzadas tras altercados.
Armas o instrumentos peligrosos, ensañamiento, alevosía, víctima menor o pareja del autor.
Pérdida o inutilidad de órgano o miembro principal, impotencia, esterilidad, grave deformidad.
Pérdida o inutilidad de órgano o miembro no principal, o deformidad no grave.
Lesiones por imprudencia grave o menos grave: tráfico, deporte, ámbito sanitario y laboral.
Participación en riña con medios peligrosos: responde quien participa, aunque no se identifique al autor del golpe.
Agresión ilegítima, necesidad racional del medio y falta de provocación: la eximente central en altercados.
Marco punitivo
Referencia rápida del marco penal aplicable. La pena concreta depende de la cuantía, las agravantes y la fase procesal.
| Delito | Precepto | Marco de pena | Factor agravante clave |
|---|---|---|---|
| Lesiones básicasCon tratamiento | 147.1 | 3 meses – 3 años | Tratamiento médico-quirúrgico acreditado |
| Delito leve | 147.2 | Multa 1 – 3 meses | Solo primera asistencia |
| Lesiones agravadas | 148 | 2 – 5 años | Instrumento peligroso · pareja · menor |
| Lesiones graves | 149 | 6 – 12 años | Órgano principal · deformidad grave |
| Miembro no principal | 150 | 3 – 6 años | Deformidad no grave |
| Lesiones imprudentes | 152 | 3 meses – 3 años | Entidad de la imprudencia |
| Riña tumultuaria | 154 | 3 meses – 1 año | Medios peligrosos en la riña |
| Persona jurídica | 31 bis | Multa · suspensión · disolución | Ausencia de modelo de prevención |
Marcos penales orientativos conforme al Código Penal vigente. No constituyen asesoramiento jurídico; el encaje típico y la pena exigen análisis individualizado del procedimiento.
Nuestro diferencial
La prueba en un delito de lesiones es médico-legal y audiovisual: partes médicos, informes de sanidad forense, cámaras de seguridad, testificales. Su análisis técnico decide la calificación y la eximente. Por eso aplicamos LIWARD —Legal Intelligence Warfare for Defense—, nuestra metodología propia que integra inteligencia jurídica, analítica jurisprudencial, análisis financiero-contable y e-forensic en una sola estrategia procesal. Es lo que nos distingue de la defensa penal convencional.
Mapeo del procedimiento, análisis jurisprudencial y detección temprana de vulnerabilidades probatorias.
Reconstrucción de flujos económicos y peritaje de la documentación que sostiene —o desmonta— la acusación.
Cadena de custodia, validez de la prueba electrónica y trazabilidad de criptoactivos con rigor pericial.
Decisión precisa en cada fase, del primer interrogatorio a la casación, sostenida en el análisis del riesgo.
Cómo intervenimos
Asistencia inmediata 24/7, preparación de la declaración y control de las medidas cautelares desde el primer acto.
Estudio del expediente, peritaje financiero y digital, e identificación de la teoría del caso.
Diseño de la defensa o acusación, proposición probatoria y articulación de la prueba pericial.
Defensa en plenario y, en su caso, recursos de apelación, casación y amparo.
A quién representamos
Locales de ocio y empresas ante altercados con clientes o entre empleados: defensa institucional y de su personal.
Profesionales sanitarios y responsables de seguridad imputados por lesiones imprudentes en su actividad.
Investigados tras peleas o denuncias cruzadas: reconstrucción de la dinámica, legítima defensa y calificación correcta del parte.
Lesionados: acusación particular, informe de sanidad riguroso e indemnización íntegra de secuelas y perjuicios.
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Preguntas frecuentes
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