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Defensa en extradición y euroorden

Aquí no se defienden causas: se controlan consecuencias.

Detenciones por requisitorias internacionales, euroórdenes y extradiciones pasivas y activas. Plazos perentorios, motivos de denegación tasados y cooperación entre Estados: una especialidad con reglas propias ante la Audiencia Nacional.

Por qué es distinto

72h
En la OEDE, la decisión sobre la entrega corre en días, no en meses.
2
Sedes en Madrid y Alicante · asistencia en cualquier punto de España.
LIWARD
Metodología propia de inteligencia jurídica y análisis forense.

La entrega internacional no admite defensas genéricas

Los procedimientos de entrega comparten una misma exigencia: dominar un derecho propio y de plazos fatales. La euroorden funciona con reconocimiento mutuo: los motivos de denegación son tasados (cosa juzgada, prescripción, juicios en ausencia, riesgo de trato inhumano, residencia para cumplimiento en España) y deben alegarse con prueba desde la primera comparecencia. La extradición clásica añade el control del convenio aplicable, la doble incriminación y la fase gubernativa. Cada caso exige además valorar la situación real del Estado requirente: condiciones penitenciarias, garantías procesales y jurisprudencia del TJUE y del TEDH que puede impedir la entrega. Esa triple dimensión —procesal, convencional y de derechos humanos— es nuestra especialidad.

Qué defendemos

Ámbitos de defensa internacional

Intervención en todas las fases de los procedimientos de entrega y cooperación penal internacional.

Ley 23/2014

OEDE · entrega pasiva

Defensa del reclamado por otro Estado de la UE ante los Juzgados Centrales y la Sala de lo Penal.

Plazos: 10 días (consentimiento) · 60 días.
Ley 23/2014

OEDE · emisión

Asesoramiento en la emisión de euroórdenes para la persecución de responsables huidos al extranjero.

Vía: acusación particular ante el instructor.
LEP 4/1985

Extradición pasiva

Defensa frente a solicitudes de Estados no UE: fase judicial ante la Audiencia Nacional y fase gubernativa.

Decisión final: Consejo de Ministros.
Convenios

Extradición activa

Impulso de extradiciones desde el extranjero hacia España en defensa de víctimas y acusaciones.

Base: convenios bilaterales y multilaterales.
Art. 4 bis LOEDE

Juicios en ausencia

Denegación de entregas para cumplir condenas dictadas sin presencia del reclamado y sin garantía de revisión.

Motivo: ausencia de garantías de nuevo juicio.
Art. 3 CEDH

Riesgo de trato inhumano

Oposición fundada en condiciones penitenciarias o riesgo de persecución en el Estado requirente.

Prueba: informes país y jurisprudencia TEDH.
Notices Interpol

Alertas rojas de Interpol

Impugnación de notices abusivas ante la CCF de Interpol: el paso previo que evita detenciones en frontera.

Vía: solicitud de supresión ante la CCF.
Cumplimiento

Cumplimiento en España

Para residentes: denegación condicionada al cumplimiento de la pena en España (motivo de arraigo).

Base: arts. 48.2.b y 49 Ley 23/2014.
Asilo

Interferencia con protección internacional

Coordinación de la defensa extradicional con solicitudes de asilo y protección subsidiaria.

Efecto: suspensión de la entrega en ciertos casos.

Marco punitivo

Claves del procedimiento de entrega

Esquema orientativo. Los plazos exactos dependen del instrumento aplicable y del caso.

Trámite Marco Plazo Decisión
DetenciónRequisitoria · alerta OEDE / LEP 72 horas Puesta a disposición del JCI
Comparecencia inicial Ley 23/2014 Inmediata Consentimiento o oposición a la entrega
Decisión OEDE (consiente) Art. 54 10 días Auto de entrega
Decisión OEDE (se opone) Art. 54 60 días (+30) Vista y resolución de la Sala
Extradición: fase judicial LEP 4/1985 Meses Auto favorable o denegatorio
Extradición: fase gubernativa LEP Posterior Decisión del Consejo de Ministros
Entrega efectiva Ambos 10 días desde firmeza Entrega o libertad por expiración
Persona jurídica 31 bis Multa · suspensión · disolución Ausencia de modelo de prevención

Esquema orientativo conforme a la normativa vigente. Cada procedimiento exige análisis individualizado del instrumento y del Estado requirente.

Nuestro diferencial

Donde la cooperación internacional se encuentra con la análisis forense

La defensa internacional exige red y conocimiento comparado: abogados corresponsales en los Estados requirentes, informes país actualizados y jurisprudencia del TJUE y TEDH al día. Sobre esa base aplicamos LIWARDLegal Intelligence Warfare for Defense—, nuestra metodología propia que integra inteligencia jurídica, analítica jurisprudencial, análisis financiero-contable y e-forensic en una sola estrategia procesal. Es lo que nos distingue de la defensa penal convencional.

i.

Inteligencia jurídica

Mapeo del procedimiento, análisis jurisprudencial y detección temprana de vulnerabilidades probatorias.

ii.

Análisis financiero-contable

Reconstrucción de flujos económicos y peritaje de la documentación que sostiene —o desmonta— la acusación.

iii.

Prueba digital · e-forensic

Cadena de custodia, validez de la prueba electrónica y trazabilidad de criptoactivos con rigor pericial.

iv.

Estrategia procesal

Decisión precisa en cada fase, del primer interrogatorio a la casación, sostenida en el análisis del riesgo.

Cómo intervenimos

Una estrategia sostenida en todas las fases

Fase 01

Detención e instrucción

Asistencia inmediata 24/7, preparación de la declaración y control de las medidas cautelares desde el primer acto.

Fase 02

Análisis forense

Estudio del expediente, peritaje financiero y digital, e identificación de la teoría del caso.

Fase 03

Estrategia y prueba

Diseño de la defensa o acusación, proposición probatoria y articulación de la prueba pericial.

Fase 04

Juicio y recursos

Defensa en plenario y, en su caso, recursos de apelación, casación y amparo.

A quién representamos

Cada perfil exige una defensa distinta

E

Empresas

Empresas con directivos reclamados: gestión coordinada del procedimiento de entrega y del riesgo corporativo asociado.

D

Administradores y directivos

Residentes extranjeros en España reclamados por sus países: oposición fundada en derechos y arraigo.

I

Investigados

Detenidos por requisitorias en aeropuertos y fronteras: asistencia urgente ante los Juzgados Centrales.

V

Víctimas · acusación particular

Víctimas con responsables huidos: emisión de euroórdenes y extradiciones activas para traerlos ante la justicia española.

Profundiza

Áreas y servicios relacionados

Macrocausas

Defensa ante la Audiencia Nacional

Ampliar información →Constitucional

Recurso de amparo ante el TC

Ampliar información →Urgencias 24h

Asistencia al detenido 24 horas

Ampliar información →

Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber antes de la primera consulta

Me han detenido en el aeropuerto por una requisitoria internacional. ¿Qué pasa ahora?
Será puesto a disposición del Juzgado Central de Instrucción en 72 horas, donde se decidirá sobre su libertad y comenzará el procedimiento de entrega. La primera comparecencia es crítica: consentir o no la entrega, y qué motivos de oposición anunciar, debe decidirse con asesoramiento especializado inmediato.
¿Puedo evitar la entrega si resido legalmente en España?
En la OEDE, sí en ciertos casos: la entrega para cumplimiento de pena puede denegarse si España asume la ejecución (residentes y nacionales). Para enjuiciamiento, cabe condicionarla a la devolución para cumplir aquí. El arraigo debe acreditarse documentalmente desde el primer día.
¿Sirve de algo alegar las condiciones de las prisiones del país que me reclama?
Sí: el TJUE y el TEDH obligan a denegar o condicionar entregas ante riesgo real de trato inhumano o degradante. Exige prueba específica: informes internacionales, jurisprudencia sobre ese Estado y, en su caso, garantías diplomáticas verificables. Es una de las defensas más eficaces.
Tengo una alerta roja de Interpol injusta. ¿Puedo eliminarla?
Sí, mediante solicitud ante la Comisión de Control de Ficheros (CCF) de Interpol, alegando motivación política, vulneraciones procesales o abuso del sistema. Suprimir la notice evita detenciones recurrentes en cada cruce de frontera. Lo tramitamos junto a la defensa de fondo.
¿Atienden casos fuera de Alicante?
Sí. Operamos desde Madrid y Alicante, y asistimos en cualquier punto de España, incluida la asistencia urgente al detenido y los procedimientos con dimensión internacional.
¿Qué es la metodología LIWARD?
Es nuestra metodología propia —Legal Intelligence Warfare for Defense— que integra inteligencia jurídica, análisis financiero-contable y prueba digital forense en una estrategia procesal única. Permite anticipar las debilidades de la acusación y construir la defensa sobre evidencia técnica, no solo sobre argumentación jurídica.

Société de Conseil Juridique et Expert

Frente a una orden internacional de detención, equivocarse no es reversible

Una conversación temprana puede cambiar el curso de toda la causa. Hablemos antes de que el procedimiento decida por usted.

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