¿Detención en curso? El tiempo cuenta y tienes derecho a un abogado desde el primer momento. Asistencia al detenido 24 horas en Alicante y provincia: 669 30 21 13.
Una detención es una situación límite en la que lo que se haga —y, sobre todo, lo que se diga— en las primeras horas puede condicionar todo el procedimiento. Si te han detenido a ti o a un familiar en Alicante o su provincia, esta guía resume tus derechos, los plazos y los pasos clave para no cometer errores que después son difíciles de reparar.
Tus derechos como persona detenida
El artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce a toda persona detenida, entre otros, los siguientes derechos:
No declarar ni declarar contra ti mismo.
Designar abogado de confianza o de oficio.
Conocer los hechos que se te imputan y por qué.
Si no hablas o entiendes el idioma.
Comunicar la detención a un familiar.
Ser examinado por un médico forense.
Hablar a solas con tu abogado.
Los elementos esenciales para impugnar la detención.
Nadie está obligado a declarar sin su abogado presente.
Qué hacer y qué evitar en comisaría
Sí conviene
- Esperar a tu abogado antes de declarar.
- Ejercer el derecho a guardar silencio si tu abogado lo aconseja.
- Mantener la calma y un trato correcto.
- Memorizar hora, lugar y circunstancias de la detención.
Evita
- Declarar sin asistencia letrada.
- Firmar documentos que no entiendas.
- Discutir o enfrentarte a los agentes.
- Dar explicaciones improvisadas “para aclararlo”.
Cronología: de la detención al juzgado
Los agentes deben informarte de tus derechos de forma comprensible.
Tu abogado se entrevista contigo en privado antes de cualquier declaración.
Decides, con tu abogado, si declaras o ejerces el derecho a no hacerlo.
La detención policial no puede superar, con carácter general, las 72 horas.
Pasas ante el juez, que decide tu situación personal.
Libertad, medidas cautelares o prisión provisional según el caso.
Abogado de oficio o abogado de confianza
| De oficio | De confianza | |
|---|---|---|
| Elección | Asignado por turno | Lo eliges tú |
| Continuidad | Puede cambiar en el procedimiento | El mismo letrado de principio a fin |
| Estrategia | Inmediata, sin conocer el caso | Diseñada desde la primera hora |
Qué ocurre en el juzgado de guardia
Una vez a disposición judicial, el juez puede tomarte declaración y resolver sobre tu situación personal: libertad (con o sin cargos), medidas cautelares (comparecencias apud acta, retirada de pasaporte, orden de alejamiento) o prisión provisional en los casos más graves. Una buena defensa desde el inicio es clave para evitar las medidas más severas.
El habeas corpus
Si se considera que la detención es ilegal o se prolonga indebidamente, puede solicitarse un procedimiento de habeas corpus para que un juez revise de forma inmediata la legalidad de la privación de libertad.
Asistencia urgente al detenido, 24 horas
En Société Juridique asistimos al detenido en comisaría y juzgado de guardia en Alicante y toda la provincia: Alicante, Elche, Benidorm, Torrevieja y Orihuela.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo pueden tenerme detenido?
Con carácter general, un máximo de 72 horas antes de quedar en libertad o pasar a disposición judicial. Hay supuestos especiales con plazos distintos que conviene consultar con un abogado.
¿Tengo que declarar en comisaría?
No. Tienes derecho a guardar silencio y a no declarar sin tu abogado. Es recomendable hablar con él antes de decidir si declaras.
¿Puedo elegir mi propio abogado?
Sí. Puedes designar un abogado de confianza; si no, se te asignará uno de oficio.
¿Atendéis fuera del horario de oficina?
Sí, disponemos de asistencia al detenido 24 horas en Alicante y provincia.
Francisco Javier Martín Porras
Abogado penalista, socio de Société de Conseil Juridique et Expert y creador de la metodología LIWARD®. Dirige la defensa en procedimientos penales de alta complejidad, combinando estrategia procesal con análisis pericial y forense. Conozca al equipo →


