Vender o distribuir falsificaciones tiene consecuencias penales.
Qué es y qué dice la ley
La venta de productos falsificados —ropa, complementos, electrónica, medicamentos— puede constituir delito contra la propiedad industrial y, en ciertos casos, contra la salud pública o los consumidores. La pena depende de la escala (venta ambulante ocasional frente a distribución organizada).
El Código Penal contempla atenuaciones para la venta ambulante o de escasa entidad, pero la fabricación, importación y distribución a gran escala se persiguen con dureza, a menudo con decomiso de la mercancía.
- Venta y distribución de falsificaciones.
- Pena según la escala de la actividad.
- Decomiso de la mercancía intervenida.
Qué significa para tu defensa
La defensa valora la entidad de la conducta, el conocimiento de la falsedad y la posible aplicación de subtipos atenuados. Para las marcas perjudicadas, la persecución penal y el decomiso son herramientas eficaces. La calificación de la escala es decisiva para la pena.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo copiar o usar algo ajeno es delito?
Cuando hay ánimo de lucro y perjuicio, y se vulnera un derecho protegido; el uso privado sin lucro suele quedar fuera del ámbito penal.
¿La vía penal sustituye a la civil?
No: la complementa; a menudo conviene combinarlas para frenar la infracción y reclamar el daño.
¿Qué hay que probar?
La titularidad del derecho, su vulneración y el conocimiento del infractor.
¿Influye la escala de la actividad?
Sí: la dimensión de la infracción condiciona la gravedad y la pena.
En la práctica
En un asunto como «Falsificación de productos: la respuesta penal», el despacho aborda tanto la defensa como la protección de los derechos de propiedad intelectual e industrial, valorando la mejor combinación de la vía penal y la civil según el caso.
Propiedad intelectual e industrial
En «Falsificación de productos: la respuesta penal» confluyen el Derecho penal y el de la propiedad intelectual. La defensa valora el ánimo de lucro, el perjuicio, la titularidad y el conocimiento; para los titulares, la vía penal complementa a la civil.
Tres ideas para recordar
- Ánimo de lucro, perjuicio y titularidad.
- La penal complementa a la civil.
- La escala marca la pena.
Cómo actuar y por qué contar con un especialista
Ante una situación como «Falsificación de productos: la respuesta penal», la rapidez y el criterio técnico son determinantes. En propiedad intelectual e industrial conviven la vía penal y la civil. No conviene improvisar ni declarar sin asesoramiento: las primeras decisiones condicionan todo el procedimiento y, muchas veces, el resultado final. Un análisis individualizado permite identificar los puntos fuertes y débiles del caso, anticipar la estrategia de la otra parte y elegir el camino más favorable.
La estrategia adecuada depende de la escala y del tipo de derecho afectado. Société Juridique es un despacho penalista en Alicante con especialización en esta materia; estudia cada asunto de forma personalizada, explica las opciones con claridad y diseña una defensa a medida. Contar pronto con un abogado especializado no es un gasto, sino la mejor inversión para proteger tus derechos.
Pasos recomendados
- Documenta la titularidad de tus derechos y la infracción.
- Conserva pruebas de la explotación no autorizada.
- Valora con un abogado combinar la vía penal y la civil.
Fuente: Doctrina del despacho: Cap. ‘Delitos relativos a la propiedad industrial’.
Contenido divulgativo de carácter general; no constituye asesoramiento jurídico. Borrador pendiente de revisión por abogado colegiado.
Francisco Javier Martín Porras
Abogado penalista. Socio director de Société de Conseil Juridique et Expert. Sedes en Alicante y Madrid.
Consulta tu caso.
Francisco Javier Martín Porras
Abogado penalista, socio de Société de Conseil Juridique et Expert y creador de la metodología LIWARD®. Dirige la defensa en procedimientos penales de alta complejidad, combinando estrategia procesal con análisis pericial y forense. Conozca al equipo →


