Prisión para hurtos y estafas reiterados aunque la cuantía sea leve, y nueva legitimación de los ayuntamientos.
La Ley Orgánica 1/2026, de 8 de abril, en vigor desde el 10 de abril de 2026, reforma el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal para endurecer la respuesta frente a los hurtos y estafas leves cometidos de forma reiterada.
- Hurtos inferiores a 400 €: prisión de 6 a 18 meses si el autor acumula al menos tres condenas por delitos de la misma naturaleza.
- Estafas: con tres condenas previas, prisión de 6 meses a 3 años aunque la cuantía no supere los 400 €.
- Se reconoce a los ayuntamientos legitimación para ejercer la acción penal en los delitos de hurto.
El objetivo declarado es dar una respuesta más contundente a la delincuencia patrimonial reiterada de baja intensidad. La reforma exige una defensa atenta al historial del investigado y a la correcta acreditación de las condenas previas.
Fuente: BOE — LO 1/2026.
Francisco Javier Martín Porras
Abogado penalista. Socio director de Société de Conseil Juridique et Expert. Sedes en Alicante y Madrid.
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Francisco Javier Martín Porras
Abogado penalista, socio de Société de Conseil Juridique et Expert y creador de la metodología LIWARD®. Dirige la defensa en procedimientos penales de alta complejidad, combinando estrategia procesal con análisis pericial y forense. Conozca al equipo →


