Una línea de defensa frecuente consiste en señalar las diferencias entre las sucesivas declaraciones de la víctima —la policial, la sumarial y la del juicio oral—. Pero no toda diferencia es una contradicción relevante.
Matices no son contradicciones
El Tribunal Supremo distingue entre los simples matices que afloran en declaraciones sucesivas y las contradicciones nucleares. Solo estas últimas, por ser esenciales y antagónicas, permiten dudar de la veracidad del relato. Los matices que perfilan o completan lo ocurrido, sin alterar lo sustancial, no degradan la credibilidad.
La tesis de la declaración progresiva
La STS 930/2022, de 30 de noviembre, consolida la idea de «declaración progresiva», especialmente en delitos sexuales: la víctima va venciendo barreras conforme avanza el procedimiento y puede introducir modificaciones puntuales que, en un contexto de gravedad, no tienen entidad para apuntar a la falta de credibilidad.
No se exige un «copia-pega»
No puede exigirse que la víctima repita literalmente todas sus declaraciones. Lo decisivo no es la exactitud en la repetición de cada detalle, sino la coherencia del relato en su contexto global y la ausencia de una contradicción nuclear.
Qué debe acreditar cada parte
La defensa que pretenda restar credibilidad deberá identificar una contradicción esencial y antagónica, no meras diferencias de matiz. La acusación, mostrar la coherencia global del testimonio a lo largo del proceso. La distinción entre matiz y contradicción suele ser determinante en el fallo.
Fuente: Vicente Magro Servet, «La declaración de la víctima en el proceso penal»; y SSTS, Sala 2.ª, 930/2022, de 30 de noviembre, y 119/2019, de 6 de marzo.
Artículo de carácter divulgativo; no constituye asesoramiento jurídico.
Francisco Javier Martín Porras
Abogado penalista, socio de Société de Conseil Juridique et Expert y creador de la metodología LIWARD®. Dirige la defensa en procedimientos penales de alta complejidad, combinando estrategia procesal con análisis pericial y forense. Conozca al equipo →
Artículos relacionados
- Estafa o apropiación indebida: cómo se distinguen y por qué importa
- El delito de blanqueo de capitales: qué es y cómo lo regula el Código Penal
- La atenuante de reparación del daño (art. 21.5 CP): estrategia, momento y efecto penológico
- La cadena de custodia de la prueba digital: guía técnica para juristas

