El precepto contiene la atenuante privilegiada específica del capítulo VII del título XIX, relativo a la malversación. Su redacción vigente procede del artículo 1.18 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, en vigor desde el 12 de enero de 2023, que mantuvo la estructura anterior con ajustes de redacción. A diferencia del artículo 21.5, que otorga una atenuante genérica de eficacia limitada, este precepto emplea la fórmula imperativa «impondrán», de suerte que, concurriendo sus presupuestos, la rebaja no es facultativa, si bien la elección entre uno y dos grados corresponde al arbitrio motivado del tribunal.
También citado como: art. 434 CP · art 434 cp · 434 CP · artículo 434 del Código Penal · artículo 434 código penal.
Si el culpable de cualquiera de los hechos tipificados en este capítulo hubiere reparado de modo efectivo e íntegro el perjuicio causado al patrimonio público antes del inicio del juicio oral, o hubiera colaborado activa y eficazmente con las autoridades o sus agentes para obtener pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables o para el completo esclarecimiento de los hechos delictivos, los jueces y tribunales impondrán al responsable de este delito la pena inferior en uno o dos grados.
Texto consolidado publicado por la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Reproducción del texto legal conforme al artículo 13 de la Ley de Propiedad Intelectual.
| Ubicación | Libro II, título XIX, capítulo VII del Código Penal, relativo a la malversación |
|---|---|
| Naturaleza | Atenuante privilegiada de aplicación imperativa |
| Primer presupuesto | Reparación efectiva e íntegra del perjuicio al patrimonio público |
| Plazo | Antes del inicio del juicio oral |
| Segundo presupuesto | Colaboración activa y eficaz con las autoridades o sus agentes |
| Efecto | Pena inferior en uno o dos grados |
| Redacción vigente | Artículo 1.18 de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, en vigor desde el 12 de enero de 2023 |
Consignar con antelación y de forma íntegra. La defensa debe procurar la consignación en la cuenta del juzgado antes del inicio de las sesiones, por el importe total reclamado, solicitando testimonio del ingreso para su unión a los autos.
Documentar la colaboración. Cuando la vía sea la segunda modalidad, conviene solicitar informe sobre la utilidad de la información aportada y que se haga constar su incidencia en el esclarecimiento de los hechos.
Solicitar expresamente la rebaja de dos grados. La elección entre uno y dos grados es motivable. Procede argumentar sobre la entidad del esfuerzo reparador en relación con la capacidad económica del penado y sobre la espontaneidad de la conducta.
Combinar con las atenuantes genéricas. La concurrencia adicional de confesión del artículo 21.4 o de dilaciones indebidas del artículo 21.6 permite operar sobre la pena ya rebajada conforme a las reglas del artículo 66.
Valorar el efecto sobre la inhabilitación. La rebaja de grados afecta también a la pena de inhabilitación absoluta o especial, extremo de particular relevancia para el empleado público, que conviene destacar en el informe.
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Última revisión: 21 de septiembre de 2026.
No. El precepto exige una reparación efectiva e íntegra del perjuicio causado al patrimonio público. La devolución parcial puede fundar la atenuante genérica del artículo 21.5, pero no la rebaja privilegiada del artículo 434.
Antes del inicio del juicio oral. El pago realizado durante las sesiones o con posterioridad queda fuera del precepto, por lo que se recomienda consignar en cuanto se conozca la cuantía reclamada.
Sí en cuanto a su aplicación, pues el precepto emplea la forma imperativa. El arbitrio se limita a decidir, motivadamente, si la rebaja es de uno o de dos grados.
Sí. El precepto contempla como alternativa la colaboración activa y eficaz para obtener pruebas decisivas sobre otros responsables o para el completo esclarecimiento de los hechos.
Sí. La reducción en uno o dos grados opera sobre todas las penas señaladas al delito, incluidas las de inhabilitación, lo que resulta decisivo para la carrera del empleado público.