Negar a la defensa el acceso a los elementos esenciales para oponerse a la prisión vulnera derechos.
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Negar a la defensa el acceso a los elementos esenciales para oponerse a la prisión vulnera derechos.
Cuándo la motivación de la prisión es suficiente: el Tribunal Constitucional fija los límites.
Prorrogar la prisión solo por la gravedad de los hechos, sin valorar lo personal, vulnera la libertad.
Notificar la prisión omitiendo su fundamentación lesiona la libertad y el derecho de defensa.
Hay que suspender la comparecencia de prisión si no se ha dado acceso a lo esencial de las actuaciones.
El control judicial de la detención gubernativa es obligatorio; inadmitir el habeas corpus puede ser nulo.
Decidir sobre la prisión sin contradicción ni igualdad de armas vulnera la libertad personal.
Una serie de amparos consolida el derecho a ver lo esencial del expediente antes de la prisión.
El secreto sumarial puede posponer, pero no excluir, el acceso a lo esencial para defenderse de la prisión.
Negar la copia del atestado para impugnar la detención lesiona la libertad y la asistencia letrada.