Un pantallazo borrado, una cartera de bitcoin vaciada en minutos, una voz clonada con inteligencia artificial que autoriza una transferencia. La ciberdelincuencia parece invisible: transfronteriza, organizada y casi impune. Pero esa invisibilidad es un espejismo. Todo delito digital deja rastro, y la diferencia entre la impunidad y la condena está en saber encontrarlo, preservarlo y convertirlo en prueba válida en juicio. Esa es la tesis de El delito invisible, el nuevo libro de nuestro socio director, y también el eje de nuestra práctica diaria en derecho penal tecnológico.
El rastro existe siempre: la cuestión es la cadena de custodia
Cada interacción digital genera evidencia: metadatos, registros de conexión, copias en servidores, artefactos en el dispositivo. El problema procesal casi nunca es la inexistencia de rastro, sino su fragilidad. Una evidencia mal adquirida, sin hash que garantice su integridad o sin cadena de custodia documentada, es carne de impugnación. Lo vemos constantemente con la mensajería instantánea: como explicamos al analizar la validez de los pantallazos de WhatsApp en juicio, el Tribunal Supremo (STS 300/2015) exige cautela ante la facilidad de manipulación, y la pericial informática se convierte en la llave que abre o cierra la puerta de la prueba.
Criptoactivos: el mito del dinero imposible de rastrear
El blanqueo con criptomonedas se apoya en otra falsa invisibilidad. La cadena de bloques es, en realidad, un libro contable público e inmutable: cada movimiento queda escrito para siempre. Las técnicas de análisis de blockchain permiten seguir fondos a través de mezcladores y exchanges, y cada vez más resoluciones españolas incorporan estos informes. Para la víctima de una estafa con criptoactivos, actuar rápido es decisivo, como detallamos en nuestra guía para recuperar el dinero de una estafa online.
Inteligencia artificial: nuevas armas, nuevas defensas
Los deepfakes y la clonación de voz han industrializado el engaño, pero la misma tecnología que crea el fraude ayuda a detectarlo: análisis de artefactos de generación, biometría forense, trazabilidad de los modelos. El reto jurídico es doble: acreditar la manipulación cuando la hay y defender la autenticidad cuando no la hay. En ambos escenarios el informe pericial y su defensa en sala marcan la diferencia.
La prueba transfronteriza y los límites del Estado
El delito digital ignora las fronteras; la prueba, no. El Reglamento europeo de prueba electrónica (e-evidence) acorta los plazos para obtener datos de proveedores establecidos en otros Estados miembros, y las grandes operaciones contra plataformas cifradas (EncroChat, Sky ECC, ANOM) han puesto a prueba los límites: ¿hasta dónde puede llegar el Estado usando malware o infiltrándose en servidores para investigar? La respuesta importa a todos, porque la eficacia en la persecución del delito solo es legítima cuando respeta las garantías y los derechos fundamentales. Sobre esa tensión entre eficacia y garantías gira buena parte de nuestro análisis de la prueba digital en juicios.
Del libro: cuatro lecciones aprendidas sobre el terreno
El prólogo resume la experiencia que vertebra la obra, forjada en misiones de la UNODC en Europa y América Latina y en los tribunales españoles:
«De esa experiencia se extraen cuatro lecciones que vertebran este libro. La primera es que el principal obstáculo rara vez es la norma, sino la brecha de capacidades técnicas de quienes han de investigar y juzgar. La segunda, que el eslabón más frágil de todo el proceso es la cadena de custodia: una evidencia digital mal preservada se desmorona en la sala de vistas por sólida que parezca. La tercera, que ningún país resuelve en solitario un fenómeno transfronterizo, de ahí la importancia de la cooperación internacional y de instrumentos como el Convenio de Budapest y los programas de la UNODC. Y la cuarta, que, por encima de la tecnología, el resultado depende siempre del factor humano: del criterio, la formación y la coordinación de las personas que intervienen.»
Y sobre la naturaleza transfronteriza del fenómeno, del capítulo primero:
«No es raro que una estafa sufrida por una víctima en España se ejecute desde un tercer país, con dinero que transita por cuentas de un cuarto y termina convertido en criptoactivos custodiados en una plataforma de un quinto. […] Combinados, estos rasgos convierten a la cibercriminalidad en un fenómeno de volumen, transfronterizo por naturaleza y con una asimetría radical entre el esfuerzo del delincuente y el daño causado.»
Extractos de El delito invisible, © 2026 Francisco Javier Martín Porras. Reproducidos con autorización del autor.
Once capítulos para dominar la prueba digital
El delito invisible. Investigación forense, prueba digital y casos que marcaron precedente (2026, 176 páginas) recorre este camino completo en once capítulos: radiografía de la ciberdelincuencia actual, fundamentos del análisis forense digital, forense aplicado por fuentes, criptoactivos, inteligencia artificial en la investigación penal, medidas de investigación tecnológica y validez de la prueba, el Reglamento e-evidence, el uso de malware por las autoridades públicas, grandes casos y operaciones, el informe pericial y el juicio, y garantías y límites en clave práctica.
Está disponible en edición en papel y e-book, con la ficha completa e índice íntegro en la página del libro.
Y si el delito le ha alcanzado a usted
Si es víctima de una estafa online, de una suplantación de identidad o necesita hacer valer (o impugnar) mensajes, correos o registros digitales en un procedimiento penal, nuestro equipo une la visión jurídica y la técnica. Puede consultar nuestras preguntas frecuentes sobre delitos tecnológicos o contactar con el despacho.
Francisco Javier Martín Porras
Abogado penalista, socio de Société de Conseil Juridique et Expert y creador de la metodología LIWARD®. Dirige la defensa en procedimientos penales de alta complejidad, combinando estrategia procesal con análisis pericial y forense. Conozca al equipo →

