Doctrina y JurisprudenciaPenal«Declaración contra declaración»: cuándo se exige una motivación reforzada

En muchos procesos penales la prueba esencial se reduce a dos versiones enfrentadas: la de la víctima y la del acusado. Es el escenario de «declaración contra declaración», y la jurisprudencia le aplica exigencias específicas.

Ninguna declaración prevalece «a priori»

El Tribunal Supremo descarta cualquier superposición automática: ni la declaración de la víctima ni la del acusado tienen un valor preeminente por definición. Será el caso concreto y la práctica de la prueba lo que determine cuál genera mayor convicción, siempre respetando la presunción de inocencia, cuya carga corresponde a la acusación (STS 695/2020, de 16 de diciembre).

El «plus» de motivación

Cuando la condena se apoya, en lo esencial, en una única declaración, el Tribunal Supremo exige redoblar el esfuerzo de motivación fáctica: la resolución debe mostrar la ausencia de fisuras de fuste en la credibilidad del testimonio (entre otras, SSTS 625/2024, de 19 de junio; 60/2024; 527/2024 y 696/2024).

El acusado declara en último lugar

En este tipo de juicios es relevante el orden de la prueba: que el acusado declare en último lugar permite que se haya escuchado antes la versión de la víctima sobre lo ocurrido antes, durante y después de los hechos, facilitando una valoración completa del conjunto.

Qué aporta a la estrategia procesal

La defensa debe exigir esa motivación reforzada y atacar la credibilidad con elementos objetivos; la acusación, construir un relato persistente y coherente. En ambos casos, la clave está en la calidad argumentativa de la sentencia, no en una supuesta jerarquía entre declaraciones.

Fuente: Vicente Magro Servet, «La declaración de la víctima en el proceso penal»; y SSTS, Sala 2.ª, 695/2020, de 16 de diciembre, y 625/2024, de 19 de junio.

Artículo de carácter divulgativo; no constituye asesoramiento jurídico.

JM

Francisco Javier Martín Porras

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