Mapa de riesgos penales
Identificación de los delitos atribuibles a la empresa según actividad, sector y operativa real: la base de todo modelo.
Compliance Penal · Art. 31 bis CP · Toda España
Aquí no se defienden causas: se controlan consecuencias.
Modelos de prevención de delitos que funcionan como eximente real, no como carpeta decorativa. Diseñamos, auditamos y defendemos programas de compliance ante el riesgo penal corporativo del art. 31 bis CP.
Por qué es distinto
La responsabilidad penal de la empresa tiene una lógica precisa: solo exime el modelo realmente implantado. Los tribunales analizan si el programa identifica los riesgos reales del negocio, si existe un órgano de cumplimiento con autonomía, si hay canal de denuncias operativo, formación verificable y respuesta disciplinaria efectiva. El documento sin cultura de cumplimiento no supera el examen judicial. Nuestra doble condición de penalistas de litigio y diseñadores de modelos marca la diferencia: construimos programas pensando en cómo los examinará un tribunal, porque defendemos empresas ante ellos.
Qué defendemos
Del diseño del modelo a la defensa de la persona jurídica en el procedimiento penal.
Identificación de los delitos atribuibles a la empresa según actividad, sector y operativa real: la base de todo modelo.
Protocolos, controles y procedimientos de decisión que cumplen los requisitos legales de la eximente.
Canal interno conforme a la Ley 2/2023: confidencialidad, protección del informante y gestión de investigaciones.
Configuración del órgano con poderes autónomos de iniciativa y control, y soporte externo continuado.
Investigación de denuncias e incidentes con garantías: e-discovery, entrevistas y dictamen, preservando su uso procesal.
Formación verificable a directivos y empleados: los tribunales exigen prueba de implantación efectiva.
Auditoría periódica del funcionamiento, actualización por reformas penales y test de eficacia.
Modelos proporcionados para pequeñas y medianas empresas: cumplimiento real sin estructuras sobredimensionadas.
Representación de la empresa imputada: estrategia coordinada entidad-directivos y acreditación de la eximente.
Marco punitivo
Consecuencias del art. 33.7 CP para la empresa condenada. El modelo eficaz las evita.
| Consecuencia | Base | Alcance | Impacto en el negocio |
|---|---|---|---|
| MultaPor cuotas o proporcional | 33.7.a | Hasta 5 años de beneficio | Impacto directo en tesorería |
| Suspensión de actividades | 33.7.c | Hasta 5 años | Paralización operativa |
| Clausura de locales | 33.7.d | Hasta 5 años | Cierre de establecimientos |
| Prohibición de actividades | 33.7.e | Temporal o definitiva | Pérdida del objeto de negocio |
| Inhabilitación para subvenciones | 33.7.f | Hasta 15 años | Exclusión de contratación pública |
| Intervención judicial | 33.7.g | Hasta 5 años | Pérdida del control de gestión |
| Disolución | 33.7.b | Definitiva | Muerte civil de la sociedad |
| Persona jurídica | 31 bis | Multa · suspensión · disolución | Ausencia de modelo de prevención |
Esquema orientativo conforme al Código Penal vigente. La exposición concreta exige análisis individualizado de la actividad.
Nuestro diferencial
Nuestro diferencial es de origen: somos penalistas de tribunal, no consultores genéricos: sabemos qué exige un juez para apreciar la eximente porque lo litigamos. A ello sumamos LIWARD —Legal Intelligence Warfare for Defense—, nuestra metodología propia que integra inteligencia jurídica, analítica jurisprudencial, análisis financiero-contable y e-forensic en una sola estrategia procesal. Es lo que nos distingue de la defensa penal convencional.
Mapeo del procedimiento, análisis jurisprudencial y detección temprana de vulnerabilidades probatorias.
Reconstrucción de flujos económicos y peritaje de la documentación que sostiene —o desmonta— la acusación.
Cadena de custodia, validez de la prueba electrónica y trazabilidad de criptoactivos con rigor pericial.
Decisión precisa en cada fase, del primer interrogatorio a la casación, sostenida en el análisis del riesgo.
Cómo intervenimos
Asistencia inmediata 24/7, preparación de la declaración y control de las medidas cautelares desde el primer acto.
Estudio del expediente, peritaje financiero y digital, e identificación de la teoría del caso.
Diseño de la defensa o acusación, proposición probatoria y articulación de la prueba pericial.
Defensa en plenario y, en su caso, recursos de apelación, casación y amparo.
A quién representamos
Empresas de cualquier dimensión: diseño, implantación y mantenimiento del modelo de prevención proporcionado a su riesgo.
Administradores y consejos: el modelo protege también su responsabilidad personal por omisión de control.
Empresas ya investigadas: defensa penal de la entidad y acreditación de la eficacia del modelo existente.
Grupos y filiales: arquitectura de cumplimiento coherente entre matrices, filiales y terceros (proveedores, agentes).
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