Los sobornos en el sector privado también son delito.
Qué es y qué dice la ley
La corrupción en los negocios (arts. 286 bis y ss. CP) castiga el soborno entre particulares: prometer, ofrecer o recibir un beneficio para favorecer indebidamente a alguien en la adquisición de bienes o servicios o en relaciones comerciales. Es el llamado cohecho entre privados, distinto del cohecho a funcionarios.
Protege la competencia leal. Afecta a directivos, empleados y empresas, que pueden responder penalmente (también la persona jurídica). Las comisiones ocultas, los pagos a cambio de contratos y los regalos desproporcionados son focos de riesgo.
- Soborno en el ámbito mercantil privado.
- Responsabilidad de personas físicas y jurídicas.
- Riesgo en comisiones, regalos y adjudicaciones.
Qué significa para tu defensa
La prevención es la mejor defensa: políticas de regalos, control de pagos a intermediarios y un programa de compliance eficaz. Cuando ya hay investigación, la defensa analiza la prueba del pacto corrupto y del beneficio indebido. La frontera con prácticas comerciales legítimas debe trazarse con cuidado.
Defensa en delitos económicos
En los delitos económicos, como en «Corrupción en los negocios (cohecho entre privados)», la defensa se libra en gran medida en la prueba documental y pericial y en la calificación jurídica. Distinguir el ilícito penal del mero incumplimiento civil o mercantil, discutir el dolo y analizar las relaciones concursales son tareas que pueden cambiar por completo el escenario punitivo.
Estas causas suelen ser largas y complejas, con gran volumen de documentación. Ordenar la información, trabajar con peritos y controlar los plazos de instrucción es esencial. En materia tributaria, además, la regularización a tiempo puede operar como excusa absolutoria.
Tres ideas para recordar
- La calificación y el dolo son el campo de batalla.
- La prueba pericial contable es determinante.
- En lo fiscal, regularizar a tiempo puede evitar el delito.
Société Juridique, especializado en derecho penal económico y compliance, afronta con método estas defensas para proteger tanto a personas físicas como a empresas.
Preguntas frecuentes
¿Esto es un delito o un problema civil/mercantil?
La frontera es estrecha: muchas veces puede reconducirse al ámbito civil demostrando que faltó el dolo penal.
¿Qué prueba pesa más?
La documental y la pericial contable, que suelen ser el núcleo del caso.
¿Puedo evitar el delito fiscal?
La regularización completa y a tiempo opera como excusa absolutoria.
¿Por qué duran tanto estas causas?
Por su complejidad y volumen documental; controlar los plazos de instrucción es clave.
En la práctica
En un asunto como «Corrupción en los negocios (cohecho entre privados)», la calificación, el dolo y la prueba pericial deciden el resultado. Société Juridique, especializado en derecho penal económico y compliance, afronta con método estas defensas.
Fuente: Doctrina del despacho: Cap. ‘Corrupción en los negocios’.
Contenido divulgativo de carácter general; no constituye asesoramiento jurídico. Borrador pendiente de revisión por abogado colegiado.
Francisco Javier Martín Porras
Abogado penalista. Socio director de Société de Conseil Juridique et Expert. Sedes en Alicante y Madrid.
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Francisco Javier Martín Porras
Abogado penalista, socio de Société de Conseil Juridique et Expert y creador de la metodología LIWARD®. Dirige la defensa en procedimientos penales de alta complejidad, combinando estrategia procesal con análisis pericial y forense. Conozca al equipo →


