En breve. Antes del tráfico de drogas, el título de la salud pública castiga otros mercados peligrosos: sustancias nocivas y productos químicos sin autorización,
Antes del tráfico de drogas, el título de la salud pública castiga otros mercados peligrosos: sustancias nocivas y productos químicos sin autorización, medicamentos falsificados o deteriorados, alimentos adulterados y el dopaje deportivo. Son delitos de empresa y de cadena de suministro, con inspecciones de consumo y sanidad como antesala. Defendemos a operadores del sector y actuamos para perjudicados por productos que enferman. Art. 359 y 360 CP · Sustancias nocivas Elaborar, despachar, suministrar o comerciar con sustancias nocivas para la salud o productos químicos que puedan causar estragos, sin la debida autorización (359: prisión de 6 meses a 3 años), o hallándose autorizado, hacerlo incumpliendo las formalidades legales (360: multa e inhabilitación). El eje es la aptitud lesiva real de la sustancia y el circuito ilegal de distribución. Art. 361 CP · Medicamentos deteriorados o caducados Fabricar, ofrecer o facilitar medicamentos deteriorados, caducados o que incumplan las exigencias técnicas de composición, poniendo en peligro la vida o la salud: prisión de 6 meses a 3 años, multa e inhabilitación. Alcanza a distribuidores y farmacias en la gestión de caducados con destino irregular. Art. 362 y 362 bis CP · Falsificación de medicamentos Elaborar o comercializar medicamentos y productos sanitarios falsificados (también su tráfico e intermediación, incluida la venta online): prisión de 6 meses a 4 años, con agravaciones (362 ter) por publicidad al público general, profesionales sanitarios implicados o cantidades importantes. El canal digital de «fármacos milagro» y anabolizantes cae aquí, en concurso frecuente con la estafa. Art. 362 quinquies CP · Dopaje deportivo Facilitar a deportistas sustancias o métodos prohibidos que pongan en peligro su vida o salud: prisión de 6 meses a 2 años, multa e inhabilitación; agravado con menores, engaño o prevalimiento. Dirigido al entorno (médicos, preparadores, dirigentes), no al deportista que se dopa, cuyo reproche es disciplinario. Arts. 363 a 365 CP · Fraudes alimentarios Castigan a productores y comerciantes que pongan en peligro la salud de los consumidores: ofrecer alimentos con omisión o alteración de requisitos sobre caducidad o composición, fabricar o vender bebidas o comestibles nocivos, traficar con géneros corrompidos, elaborar productos cuyo uso no se halle autorizado o envenenar o adulterar aguas y alimentos destinados al consumo (365, con penas de 2 a 6 años). Los brotes alimentarios con hospitalizados activan estas figuras junto a las lesiones imprudentes. Arts. 366 y 367 CP · Persona jurídica e imprudencia Las empresas responden conforme al 31 bis con multas y clausura (366), y todos estos tipos admiten comisión por imprudencia grave con penas inferiores en grado (367): el descuido grave en la cadena alimentaria o farmacéutica no queda impune, pero tampoco se equipara al fraude doloso. Esa gradación es el terreno natural de la defensa. Solo si hay aptitud real de daño y dolo o imprudencia grave: la mayoría de incidencias se quedan en expediente administrativo con retirada y sanción. La diferencia la marcan las analíticas y su trazabilidad: contramuestras contradictorias, autocontroles documentados (APPCC) y reacción inmediata (retirada voluntaria, aviso) desactivan la vía penal. Gestionamos la inspección pensando en la causa que podría venir. Toda la cadena identificable: el vendedor y los intermediarios responden por el 362 y ss., además de la estafa; las plataformas, según su papel efectivo. Denuncie con los envases, registros de pago y comunicaciones: las unidades especializadas rastrean estos circuitos y la acción penal permite reclamar también el daño a su salud si lo hubo. Puede ser ambos: si hubo infracción grave de normas de conservación o manipulación con peligro real (363) o género corrompido (364), hay delito, en concurso con las lesiones imprudentes causadas; y siempre la responsabilidad civil por daños. La denuncia temprana permite incautar registros de temperaturas, APPCC y proveedores antes de que desaparezcan: la prueba se enfría tan rápido como la comida.ARTÍCULOS 359 A 367 CPDelitos contra la salud pública: alimentos, medicamentos y dopaje
Claves prácticas
Cómo lo usamos en su defensa
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