Derecho Penitenciario · Toda España

Abogados de derecho penitenciario

Aquí no se defienden causas: se controlan consecuencias.

La condena no termina la defensa: la empieza de nuevo. Clasificación en grados, permisos, tercer grado, libertad condicional y recursos ante el Juez de Vigilancia. Cada mes de cumplimiento admite trabajo jurídico que acorta y humaniza la pena.

Por qué es distinto

72h
Un recurso penitenciario bien planteado puede adelantar la libertad meses o años.
2
Sedes en Madrid y Alicante · asistencia en cualquier punto de España.
LIWARD
Metodología propia de inteligencia jurídica y análisis forense.

El cumplimiento no admite defensas que se detienen en la sentencia

El derecho penitenciario tiene una lógica propia: la pena se ejecuta de forma dinámica y revisable. La clasificación inicial, las progresiones de grado, los permisos de salida, el tercer grado y la libertad condicional dependen de variables —pronóstico, conducta, arraigo, pago de la responsabilidad civil— que pueden trabajarse y acreditarse. Las decisiones de la Administración penitenciaria son recurribles ante el Juez de Vigilancia, y sus autos ante la Audiencia. Quien no recurre, cumple más pena de la necesaria. Por eso acompañamos al interno y a su familia durante toda la ejecución: con calendario de hitos, documentación preparada y recursos técnicos en cada ventana de oportunidad.

Qué defendemos

Ámbitos de la defensa penitenciaria

Intervención en todas las decisiones de la ejecución conforme a la LOGP y su Reglamento.

Arts. 100–102 RP

Clasificación en grados

Clasificación inicial y revisiones semestrales: recursos frente a clasificaciones en grados superiores a lo procedente.

Revisión: cada 6 meses como máximo.
Art. 154 RP

Permisos ordinarios

Hasta 36 días al año en segundo grado: requisitos de cuarta parte cumplida y preparación del expediente.

Requisito: 1/4 de condena y buena conducta.
Art. 36.2 CP

Periodo de seguridad

En penas superiores a 5 años: acceso al tercer grado tras la mitad de condena en delitos tasados, y sus excepciones.

Clave: régimen aplicable a cada delito.
Arts. 82–83 RP

Tercer grado

Régimen de semilibertad: requisitos, modalidades (régimen abierto, telemático) y recursos frente a denegaciones.

Vías: 82.1, flexible 100.2 RP y telemático 86.4.
Art. 90 CP

Libertad condicional

Suspensión del resto de la pena en tercer grado con 3/4 cumplidas (o 2/3 cualificada): preparación y seguimiento.

Requisitos: grado, plazos y pronóstico favorable.
Art. 100.2 RP

Principio de flexibilidad

Programas individualizados que combinan elementos de distintos grados: la vía más creativa del sistema.

Efecto: salidas y régimen a medida del programa.
JVP

Recursos ante Vigilancia

Quejas y recursos frente a sanciones, traslados, intervenciones y denegaciones: el control judicial de la prisión.

Vía: queja, reforma y apelación.
Art. 76 CP

Acumulación de condenas

Límites máximos de cumplimiento y refundición de condenas: recálculos que pueden adelantar años la libertad.

Límites: 20 años y supuestos de 25/30/40.
Indulto

Indulto y suspensiones

Expedientes de indulto y suspensiones del art. 80 CP (incluida la sustitución por expulsión y los supuestos de enfermedad).

Vía: tramitación y seguimiento del expediente.

Marco punitivo

Hitos del cumplimiento

Esquema orientativo de las ventanas de oportunidad durante la ejecución.

Hito Momento Requisitos clave Si se deniega
Clasificación inicialIngreso 2 meses Estudio del interno Recurso ante el JVP
Permisos ordinarios 1/4 de condena Segundo grado y conducta Recurso de queja al JVP
Tercer grado Variable Pronóstico y arraigo Recurso y reintento documentado
Libertad condicional 3/4 (o 2/3) Tercer grado previo Nueva solicitud con mejoras
Refundición (art. 76) Cualquier momento Firmeza de condenas Recurso de casación posible
Telemático 86.4 En tercer grado Control compatible Revisión periódica
Indulto Sin plazo Razones de equidad Reiteración fundada
Persona jurídica 31 bis Multa · suspensión · disolución Ausencia de modelo de prevención

Esquema orientativo conforme a la legislación penitenciaria vigente. Cada expediente exige análisis individualizado.

Nuestro diferencial

Donde la ejecución se encuentra con la análisis forense

La defensa penitenciaria eficaz es documental y constante: expedientes preparados antes de cada junta de tratamiento, informes externos que refuercen el pronóstico y recursos en plazo contra cada denegación. La sostenemos con LIWARDLegal Intelligence Warfare for Defense—, nuestra metodología propia que integra inteligencia jurídica, analítica jurisprudencial, análisis financiero-contable y e-forensic en una sola estrategia procesal. Es lo que nos distingue de la defensa penal convencional.

i.

Inteligencia jurídica

Mapeo del procedimiento, análisis jurisprudencial y detección temprana de vulnerabilidades probatorias.

ii.

Análisis financiero-contable

Reconstrucción de flujos económicos y peritaje de la documentación que sostiene —o desmonta— la acusación.

iii.

Prueba digital · e-forensic

Cadena de custodia, validez de la prueba electrónica y trazabilidad de criptoactivos con rigor pericial.

iv.

Estrategia procesal

Decisión precisa en cada fase, del primer interrogatorio a la casación, sostenida en el análisis del riesgo.

Cómo intervenimos

Una estrategia sostenida en todas las fases

Fase 01

Detención e instrucción

Asistencia inmediata 24/7, preparación de la declaración y control de las medidas cautelares desde el primer acto.

Fase 02

Análisis forense

Estudio del expediente, peritaje financiero y digital, e identificación de la teoría del caso.

Fase 03

Estrategia y prueba

Diseño de la defensa o acusación, proposición probatoria y articulación de la prueba pericial.

Fase 04

Juicio y recursos

Defensa en plenario y, en su caso, recursos de apelación, casación y amparo.

A quién representamos

Cada perfil exige una defensa distinta

E

Empresas

Familias: información clara del expediente, calendario de hitos y preparación de la documentación de arraigo.

D

Administradores y directivos

Internos por delitos económicos: estrategia específica — responsabilidad civil, periodo de seguridad y tercer grado.

I

Investigados

Internos en cualquier centro de España: asistencia en juntas, recursos al JVP y seguimiento continuado del expediente.

V

Víctimas · acusación particular

Condenados próximos al ingreso: preparación del ingreso, clasificación inicial y plan de cumplimiento desde el día uno.

Profundiza

Áreas y servicios relacionados

Supremo

Recurso de casación penal

Ampliar información →Urgencias 24h

Asistencia al detenido 24 horas

Ampliar información →Salud pública

Tráfico de drogas

Ampliar información →

Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber antes de la primera consulta

Mi familiar acaba de ingresar en prisión. ¿Qué se puede hacer ya?
Trabajar la clasificación inicial: se decide en los dos primeros meses y condiciona permisos y progresiones futuras. Aportamos documentación de arraigo, salud y empleo, y recurrimos ante el Juez de Vigilancia si la clasificación es más severa de lo procedente.
¿Cuándo puede salir de permiso?
Como regla, con un cuarto de la condena cumplida, en segundo grado y buena conducta. Las denegaciones suelen apoyarse en tablas de riesgo recurribles: un expediente bien documentado (arraigo, acogida, programa) revierte muchas denegaciones en vía judicial.
¿Es posible el tercer grado sin haber cumplido la mitad de la condena?
Sí, salvo periodo de seguridad aplicable: el tercer grado no exige plazo mínimo general, sino pronóstico favorable. En delitos económicos pesa el esfuerzo reparador (pago de la responsabilidad civil). Existen además vías flexibles (100.2 RP) y telemáticas (86.4 RP) que diseñamos caso a caso.
¿Qué es la refundición de condenas y cuándo conviene pedirla?
La acumulación del art. 76 CP limita el cumplimiento máximo (regla del triplo y topes legales) cuando hay varias condenas conexas. Un recálculo bien planteado puede reducir años de cumplimiento; se solicita ante el último tribunal sentenciador y es recurrible en casación.
¿Atienden casos fuera de Alicante?
Sí. Operamos desde Madrid y Alicante, y asistimos en cualquier punto de España, incluida la asistencia urgente al detenido y los procedimientos con dimensión internacional.
¿Qué es la metodología LIWARD?
Es nuestra metodología propia —Legal Intelligence Warfare for Defense— que integra inteligencia jurídica, análisis financiero-contable y prueba digital forense en una estrategia procesal única. Permite anticipar las debilidades de la acusación y construir la defensa sobre evidencia técnica, no solo sobre argumentación jurídica.

Société de Conseil Juridique et Expert

Durante el cumplimiento, equivocarse no es reversible

Una conversación temprana puede cambiar el curso de toda la causa. Hablemos antes de que el procedimiento decida por usted.

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