En síntesis. Abogados con experiencia real ante la Audiencia Nacional: macrocausas económicas, narcotráfico organizado, extradiciones y OEDE. Defensa especializada.

Última actualización:

Audiencia Nacional · Macrocausas · Toda España

Defensa penal ante la Audiencia Nacional

Aquí no se defienden causas: se controlan consecuencias.

Macrocausas económicas, narcotráfico organizado, blanqueo de organizaciones, extradiciones y OEDE. La Audiencia Nacional es una jurisdicción singular: volúmenes de causa enormes, acusaciones reforzadas y reglas propias que exigen experiencia real ante sus tribunales.

Por qué es distinto

72h
En una macrocausa, la posición procesal se define en la instrucción. Llegar tarde es irrecuperable.
2
Sedes en Madrid y Alicante · asistencia en cualquier punto de España.
LIWARD
Metodología propia de inteligencia jurídica y análisis forense.

La Audiencia Nacional no admite abogados sin oficio en ella

Los procedimientos ante la Audiencia Nacional comparten una misma exigencia: capacidad para litigar macrocausas. Sumarios de decenas de tomos, centenares de investigados, acusaciones sostenidas por Fiscalía Anticorrupción o Antidroga, comisiones rogatorias y prueba tecnológica masiva. Gestionar ese volumen sin perder el control de la teoría del caso es lo que distingue a la defensa especializada. Hemos intervenido ante sus Juzgados Centrales y su Sala de lo Penal en algunas de las macrocausas más relevantes de los últimos años. Esa experiencia —unida a nuestra metodología de inteligencia jurídica y análisis forense— es la base de cada defensa que asumimos en esta sede.

Qué defendemos

Competencias de la Audiencia Nacional

Intervenimos en las materias atribuidas a los Juzgados Centrales y a la Sala de lo Penal por el art. 65 LOPJ.

Art. 65.1.c LOPJ

Macrocausas económicas

Defraudaciones y fraudes de grave repercusión con pluralidad de perjudicados en distintas provincias: las grandes causas económicas del país.

Riesgo: penas acumuladas y responsabilidades civiles masivas.
Art. 65.1.d LOPJ

Narcotráfico organizado

Tráfico de drogas cometido por bandas u organizaciones con efectos en varias audiencias: operaciones policiales de gran escala.

Pena: hasta 18 años en los tipos hiperagravados.
Art. 65.1.d LOPJ

Blanqueo de organizaciones

Blanqueo de capitales conexo al crimen organizado: estructuras societarias, patrimonios internacionales y decomisos ampliados.

Pena: 6 meses a 6 años + decomiso.
Art. 65.1.b LOPJ

Falsificación de moneda

Falsificación de moneda y efectos timbrados por organizaciones de ámbito nacional o internacional.

Pena: 8 a 12 años + multa.
LEP 4/1985

Extradiciones pasivas

Defensa del reclamado en el procedimiento de extradición: fase judicial ante los Juzgados Centrales y la Sala de lo Penal.

Riesgo: entrega al Estado reclamante.
Ley 23/2014

OEDE · euroorden

Orden europea de detención y entrega: plazos perentorios, motivos de denegación tasados y defensa técnica urgente.

Plazos: 10 a 60 días desde la detención.
Art. 64 bis LOPJ

Sala de Apelación

Segunda instancia frente a las sentencias de la Sala de lo Penal: revisión plena de hechos y derecho.

Plazo: 10 días desde la notificación.
Art. 847 LECrim

Casación ante el Supremo

Preparación del recurso de casación frente a las resoluciones de la Audiencia Nacional: técnica casacional rigurosa.

Plazo: 5 días para preparar el recurso.

Personas jurídicas en macrocausas

Defensa de empresas imputadas en procedimientos de la Audiencia Nacional: estrategia conjunta entidad-directivos.

Consecuencias: multa, suspensión o disolución.

Marco punitivo

Mapa de la jurisdicción

Referencia rápida de órganos y materias. La estrategia concreta depende de la fase procesal y del órgano competente.

Materia Base legal Órgano Particularidad
Delitos económicosFraudes de grave repercusión 65.1.c LOPJ JCI + Sala de lo Penal Pluralidad de perjudicados en varias provincias
Narcotráfico organizado 65.1.d LOPJ JCI + Sala de lo Penal Bandas u organizaciones supraterritoriales
Blanqueo organizado 65.1.d LOPJ JCI + Sala de lo Penal Conexidad con crimen organizado
Falsificación de moneda 65.1.b LOPJ Sala de lo Penal Organizaciones internacionales
Extradición pasiva LEP 4/1985 JCI + Pleno Fase judicial y de recursos
OEDE · euroorden Ley 23/2014 JCI Plazos perentorios de entrega
Segunda instancia 64 bis LOPJ Sala de Apelación Revisión plena de la condena
Persona jurídica 31 bis Multa · suspensión · disolución Ausencia de modelo de prevención

Esquema orientativo conforme a la LOPJ vigente. La competencia concreta exige análisis individualizado del procedimiento.

Nuestro diferencial

Donde la macrocausa se encuentra con el análisis forense

La prueba en una macrocausa es masiva, tecnológica y pericial: intervenciones telefónicas, comisiones rogatorias, análisis patrimoniales, terabytes de documentación. Dominar ese volumen exige método. Por eso aplicamos LIWARD —Legal Intelligence Warfare for Defense—, nuestra metodología propia que integra inteligencia jurídica, analítica jurisprudencial, análisis financiero-contable y e-forensic en una sola estrategia procesal. Es lo que nos distingue de la defensa penal convencional.

i.

Inteligencia jurídica

Mapeo del procedimiento, análisis jurisprudencial y detección temprana de vulnerabilidades probatorias.

ii.

Análisis financiero-contable

Reconstrucción de flujos económicos y peritaje de la documentación que sostiene —o desmonta— la acusación.

iii.

Prueba digital · e-forensic

Cadena de custodia, validez de la prueba electrónica y trazabilidad de criptoactivos con rigor pericial.

iv.

Estrategia procesal

Decisión precisa en cada fase, del primer interrogatorio a la casación, sostenida en el análisis del riesgo.

Cómo intervenimos

Una estrategia sostenida en todas las fases

Fase 01

Detención e instrucción

Asistencia inmediata 24/7, preparación de la declaración y control de las medidas cautelares desde el primer acto.

Fase 02

Análisis forense

Estudio del expediente, peritaje financiero y digital, e identificación de la teoría del caso.

Fase 03

Estrategia y prueba

Diseño de la defensa o acusación, proposición probatoria y articulación de la prueba pericial.

Fase 04

Juicio y recursos

Defensa en plenario y, en su caso, recursos de apelación, casación y amparo.

A quién representamos

Cada perfil exige una defensa distinta

E

Empresas

Empresas imputadas o afectadas por macrocausas: defensa de la entidad, gestión del riesgo reputacional y de las medidas cautelares.

D

Administradores y directivos

Directivos y administradores investigados en causas de la Audiencia Nacional: defensa individual coordinada con la estrategia global.

I

Investigados

Investigados en sumarios complejos: control de la imputación desde la primera declaración ante los Juzgados Centrales.

V

Víctimas · acusación particular

Perjudicados en fraudes masivos: acusación particular organizada y recuperación efectiva en procedimientos con miles de afectados.

Competencia

Qué asuntos conoce la Audiencia Nacional: el artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial tras la reforma de 2025

La Audiencia Nacional tiene su sede en Madrid y competencia en todo el territorio nacional. Desde la Ley Orgánica 1/2025, el órgano de primera instancia de esta jurisdicción es el Tribunal Central de Instancia, con secciones de instrucción y de lo penal, y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional conoce del enjuiciamiento de las causas que no correspondan a la Sección de lo Penal del Tribunal Central y de los recursos. El artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su redacción vigente, le atribuye el conocimiento de los delitos contra el titular de la Corona, su consorte, su sucesor, los altos organismos de la Nación y la forma de Gobierno; de la falsificación de moneda y de tarjetas, cheques de viaje e instrumentos de pago falsos cometida por organizaciones o grupos criminales; de las defraudaciones y maquinaciones para alterar el precio de las cosas que produzcan o puedan producir grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil, en la economía nacional o perjuicio patrimonial en una generalidad de personas en el territorio de más de una Audiencia; del tráfico de drogas y de los fraudes alimentarios y de sustancias farmacéuticas cometidos por bandas o grupos organizados con efectos en lugares pertenecientes a distintas Audiencias; de los delitos cometidos fuera del territorio nacional cuando su enjuiciamiento corresponda a los tribunales españoles; de los delitos atribuidos a la Fiscalía Europea cuando esta haya decidido ejercer su competencia; y del contrabando de material de defensa, de otros materiales y de productos y tecnología de doble uso. En todo caso extiende su competencia a los delitos conexos con los anteriores.

Conoce además de los procedimientos penales iniciados en el extranjero y de la ejecución de sentencias extranjeras cuando por tratado corresponda a España, de las cuestiones de cesión de jurisdicción, de los procedimientos de extradición pasiva y de la ejecución de las órdenes europeas de detención y entrega. La cláusula de las defraudaciones con grave repercusión o con perjudicados en varias Audiencias es la que con más frecuencia decide si una estafa de inversión, un fraude piramidal o una macroestafa con centenares de víctimas se instruye en el Tribunal de Instancia de Madrid o en el Tribunal Central de Instancia, y es una cuestión de competencia que la defensa debe plantear desde el primer escrito, porque determina el procedimiento, los plazos y el tribunal que juzgará.

Detención y entrega

Cómo se llega a la Audiencia Nacional desde Madrid: detención, plazos y procedimientos de entrega

Quien es detenido en cualquier punto de España en virtud de una orden europea de detención y entrega es puesto a disposición del Juez Central de Instrucción de la Audiencia Nacional en el plazo máximo de setenta y dos horas, conforme al artículo 50 de la Ley 23/2014; la audiencia se celebra dentro de las setenta y dos horas siguientes, con fiscal, abogado e intérprete, y en ella el reclamado manifiesta si consiente irrevocablemente la entrega y, si es español o residente, si solicita cumplir la pena en España (artículo 51). La resolución se dicta en diez días si hay consentimiento y en un máximo de sesenta días desde la detención si no lo hay, prorrogables por treinta (artículo 54). En la extradición con Estados no pertenecientes a la Unión, regida por la Ley 4/1985, la detención preventiva pone al reclamado ante el Juzgado Central de Instrucción de guardia en veinticuatro horas y la prisión queda sin efecto si en cuarenta días no llega la solicitud formal (artículo 8); tras la comparecencia, el juez eleva lo actuado a la Sala de lo Penal (artículo 12), cuya decisión favorable a la entrega no vincula al Gobierno, que puede denegarla (artículo 6). No se concede la extradición de españoles (artículo 3).

En las causas propias de la Audiencia Nacional, la prisión provisional se rige por las reglas generales de los artículos 502 y 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: pena máxima igual o superior a dos años, motivos bastantes y un fin legítimo como el riesgo de fuga, apreciado con la naturaleza del hecho, la gravedad de la pena y la situación personal. En las macrocausas económicas ese riesgo se argumenta a partir de los medios y de los vínculos en el extranjero, y la defensa debe llegar a la comparecencia del artículo 505 con la documentación de arraigo y una propuesta de medidas alternativas. Nuestra sede de Madrid, en Paseo de la Castellana 216, permite la intervención inmediata ante el Tribunal Central de Instancia; tratamos las materias conexas en las páginas de extradición y orden europea en Madrid, blanqueo de capitales en Madrid y abogado penalista en Madrid.

Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber antes de la primera consulta

¿Por qué mi causa está en la Audiencia Nacional y no en un juzgado ordinario?
Porque concurre alguno de los criterios del art. 65 LOPJ: grave repercusión económica, organización supraterritorial o materia reservada. La competencia es discutible y, bien planteada, su impugnación puede alterar el curso completo del procedimiento.
¿Qué cambia al defenderse en una macrocausa?
El volumen y el ritmo: decenas de tomos, prueba tecnológica masiva y acusaciones institucionales reforzadas. La defensa eficaz exige equipo, metodología de análisis documental y una teoría del caso definida desde la instrucción, no improvisada en el juicio oral.
Me han detenido por una OEDE. ¿Qué plazos corren?
Muy breves: la decisión sobre la entrega debe adoptarse en 10 días si consiente y hasta 60 si se opone. Los motivos de denegación son tasados y deben alegarse con precisión técnica inmediata. La asistencia especializada desde la primera comparecencia es determinante.
¿Han llevado ustedes asuntos ante la Audiencia Nacional?
Sí. Nuestro equipo ha intervenido en macrocausas económicas y operaciones de relevancia nacional ante los Juzgados Centrales de Instrucción, la Sala de lo Penal y el Tribunal Supremo, tanto en defensa como en acusación. Esa experiencia es la base de nuestro método de trabajo en esta jurisdicción.
¿Atienden casos fuera de Alicante?
Sí. Operamos desde Madrid y Alicante, y asistimos en cualquier punto de España, incluida la asistencia urgente al detenido y los procedimientos con dimensión internacional.
¿Qué es la metodología LIWARD?
Es nuestra metodología propia —Legal Intelligence Warfare for Defense— que integra inteligencia jurídica, análisis financiero-contable y prueba digital forense en una estrategia procesal única. Permite anticipar las debilidades de la acusación y construir la defensa sobre evidencia técnica, no solo sobre argumentación jurídica.
¿Qué asuntos van a la Audiencia Nacional y no a los juzgados de Madrid?

Los que enumera el artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial: entre otros, las defraudaciones con grave repercusión en la economía nacional o con perjudicados en varias Audiencias, el tráfico de drogas y los fraudes alimentarios por grupos organizados con efectos en varias Audiencias, la falsificación de moneda e instrumentos de pago por organizaciones, los delitos cometidos en el extranjero que corresponden a España, los atribuidos a la Fiscalía Europea, el contrabando de material de defensa, la extradición pasiva y las órdenes europeas de detención.

¿Cuánto tarda la Audiencia Nacional en resolver una orden europea de detención?

Diez días desde la audiencia si el reclamado consiente la entrega; sesenta días desde la detención como máximo si no consiente, prorrogables por otros treinta por razones justificadas (artículo 54 de la Ley 23/2014).

¿Puede el Gobierno denegar una extradición acordada por la Audiencia Nacional?

Sí. Conforme al artículo 6 de la Ley 4/1985, la resolución judicial que declara procedente la extradición no vincula al Gobierno, que puede denegarla por reciprocidad, seguridad, orden público u otros intereses esenciales. La que la deniega es definitiva.

¿Qué es el Tribunal Central de Instancia?

El órgano de primera instancia de la jurisdicción de la Audiencia Nacional creado por la Ley Orgánica 1/2025, que integra las antiguas plazas de los Juzgados Centrales de Instrucción y de lo Penal en secciones de un único tribunal con sede en Madrid.

Société de Conseil Juridique et Expert

En una macrocausa, equivocarse no es reversible

Una conversación temprana puede cambiar el curso de toda la causa. Hablemos antes de que el procedimiento decida por usted.

Logotipos-abogacia-scje
Paseo De La Castellana 216 8º 28046 Madrid
Alicante – Playa de San Juan Av. Ansaldo 31, local 16, 03540 Alicante
Londres: 20 Wenlock Road, N1 7GU, Reino Unido
París: 72 Faubourg St Honoré, 75008, Francia
info@societejuridique.com

Société de Conseil Juridique et Expert es un despacho de abogados con sedes en Madrid, Alicante, Londres y París, especializado en defensa y acusación penal, delitos económicos y corporativos y derecho tecnológico. Trabajamos con orientación estratégica en procedimientos penales complejos, propiedad intelectual y análisis forense avanzado, y prestamos consultoría jurídica, compliance y escudos de protección a particulares y empresas. Atendemos desde Alicante y Madrid, con consulta online en toda España y asistencia al detenido 24 horas. Resuelva sus dudas en las preguntas frecuentes o solicite una primera consulta.

Copyright © 2026 Société de Conseil Juridique et Expert S.L.

EspanolEnglishFrancaisРусскийItalianoDeutsch
WhatsApp · Urgencias 24h