En breve. Defensa penal en delitos de corrupción: cohecho, malversación, prevaricación y tráfico de influencias. Estrategia desde la instrucción. Consulte su caso.

Corrupción · Cohecho · Malversación · Toda España

Defensa penal en delitos de corrupción

Aquí no se defienden causas: se controlan consecuencias.

Cohecho, malversación, tráfico de influencias, prevaricación y corrupción en los negocios. Causas mediáticas, acusaciones institucionales reforzadas y penas con inhabilitación: la defensa exige técnica, serenidad y gestión reputacional.

Por qué es distinto

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En causas mediáticas, la defensa procesal y la reputacional son inseparables.
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Metodología propia de inteligencia jurídica y análisis forense.

La corrupción no admite defensas sin especialización

Los delitos contra la Administración comparten una misma exigencia: precisión dogmática extrema. Qué es funcionario a efectos penales, cuándo un regalo es cohecho, dónde acaba la decisión discrecional y empieza la prevaricación, qué patrimonio es público a efectos de malversación: cada concepto tiene fronteras jurisprudenciales finas que separan la condena de la absolución. Son además causas con Fiscalía Anticorrupción, acusaciones populares y presión mediática, donde cada paso procesal se amplifica. Por eso combinamos defensa técnica de máximo nivel con gestión rigurosa de la dimensión institucional y reputacional del procedimiento.

Qué defendemos

Tipos penales contra la Administración

Defensa y acusación en las figuras de los arts. 404 a 445 del Código Penal.

Arts. 419–423 CP

Cohecho

Solicitud o aceptación de dádivas por autoridad o funcionario, y su cara activa: quien ofrece o entrega.

Pena: hasta 6 años + inhabilitación + multa.

Malversación

Apropiación o desviación de patrimonio público por quien lo administra: el tipo central tras las reformas recientes.

Pena: 2 a 6 años · agravada 4 a 8.
Arts. 428–430 CP

Tráfico de influencias

Influencia sobre funcionario prevaliéndose de relación personal o jerárquica para obtener resolución beneficiosa.

Pena: 6 meses a 2 años + multa.
Art. 404 CP

Prevaricación administrativa

Resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia: la frontera con la discrecionalidad es la batalla central.

Pena: inhabilitación 9 a 15 años.

Corrupción en los negocios

Cohecho entre particulares: pagos a directivos o empleados para obtener ventajas en la contratación privada.

Pena: 6 meses a 4 años de prisión.
Art. 286 ter CP

Corrupción internacional

Soborno de funcionarios extranjeros en transacciones internacionales: foco creciente de cooperación judicial.

Pena: prisión + multa + prohibiciones.
Arts. 436–438 CP

Fraudes y exacciones

Concertación con interesados para defraudar a la Administración en contratación pública.

Pena: 1 a 3 años + inhabilitación.
Art. 439 CP

Negociaciones prohibidas

Participación del funcionario en negocios donde debe intervenir por razón de su cargo.

Pena: 6 meses a 2 años + inhabilitación.
Decomiso

Decomiso y recuperación

Decomiso ampliado del patrimonio vinculado y reclamación de lo malversado: defensa y acusación patrimonial.

Alcance: bienes, efectos y ganancias.

Marco punitivo

Síntesis de penas orientativas

Referencia rápida del marco penal aplicable. La pena concreta depende de la cuantía, las agravantes y la fase procesal.

DelitoPreceptoMarco de penaFactor agravante clave
Cohecho pasivoActo contrario al cargo4193 – 6 añosInhabilitación 9 – 12 años
Cohecho activo424La del funcionarioAtenuación por denuncia (426)
Malversación4322 – 6 añosAgravada: 4 – 8 + inhabilitación absoluta
Tráfico de influencias428–4306 meses – 2 añosBeneficio conseguido
Prevaricación404Inhabilitación 9 – 15 añosSin pena de prisión
Corrupción en negocios286 bis6 meses – 4 añosAgravante por dimensión del negocio
Fraude a la Administración4361 – 3 añosContratación pública
Persona jurídica31 bisMulta · suspensión · disoluciónAusencia de modelo de prevención

Marcos penales orientativos conforme al Código Penal vigente. No constituyen asesoramiento jurídico; el encaje típico y la pena exigen análisis individualizado del procedimiento.

Nuestro diferencial

Donde la corrupción se encuentra con el análisis forense

La prueba en estas causas es documental, financiera y tecnológica: expedientes administrativos, contratación, comunicaciones intervenidas y análisis patrimonial. Dominarla exige método. Por eso aplicamos LIWARDLegal Intelligence Warfare for Defense—, nuestra metodología propia que integra inteligencia jurídica, analítica jurisprudencial, análisis financiero-contable y e-forensic en una sola estrategia procesal. Es lo que nos distingue de la defensa penal convencional.

i.

Inteligencia jurídica

Mapeo del procedimiento, análisis jurisprudencial y detección temprana de vulnerabilidades probatorias.

ii.

Análisis financiero-contable

Reconstrucción de flujos económicos y peritaje de la documentación que sostiene —o desmonta— la acusación.

iii.

Prueba digital · e-forensic

Cadena de custodia, validez de la prueba electrónica y trazabilidad de criptoactivos con rigor pericial.

iv.

Estrategia procesal

Decisión precisa en cada fase, del primer interrogatorio a la casación, sostenida en el análisis del riesgo.

Cómo intervenimos

Una estrategia sostenida en todas las fases

Fase 01

Detención e instrucción

Asistencia inmediata 24/7, preparación de la declaración y control de las medidas cautelares desde el primer acto.

Fase 02

Análisis forense

Estudio del expediente, peritaje financiero y digital, e identificación de la teoría del caso.

Fase 03

Estrategia y prueba

Diseño de la defensa o acusación, proposición probatoria y articulación de la prueba pericial.

Fase 04

Juicio y recursos

Defensa en plenario y, en su caso, recursos de apelación, casación y amparo.

A quién representamos

Cada perfil exige una defensa distinta

E

Empresas

Empresas contratistas investigadas: defensa de la entidad, programas anticorrupción y autodenuncia estratégica cuando procede.

D

Administradores y directivos

Autoridades, funcionarios y directivos: defensa técnica e institucional, con gestión de la exposición mediática.

I

Investigados

Investigados en macrocausas de corrupción: control de la instrucción, de las piezas separadas y de los tiempos procesales.

V

Víctimas · acusación particular

Administraciones y empresas perjudicadas: acusación particular y recuperación de lo defraudado o malversado.

Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber antes de la primera consulta

¿Cuándo un regalo o una invitación se convierte en cohecho?
Cuando excede los usos sociales y se conecta con el ejercicio del cargo. La jurisprudencia distingue cortesía de dádiva por la entidad, el contexto y la capacidad de decisión del receptor sobre asuntos del oferente. El cohecho de facilitación (421) no exige acto injusto: el riesgo es mayor del que se cree.
Soy funcionario y firmé una resolución que ahora se cuestiona. ¿Es prevaricación?
Solo si la resolución es arbitraria —no meramente ilegal— y dictada a sabiendas. El error, la interpretación defendible o el seguimiento de informes técnicos excluyen el dolo. Los informes previos al acto son la pieza clave de la defensa.
¿Qué cambió en la malversación con las últimas reformas?
El art. 432 distingue ahora apropiación, uso temporal y desviación a fines públicos distintos, con penas diferenciadas. La calificación concreta de la conducta —y su cuantía— es determinante y técnicamente discutible en la mayoría de causas.
Mi empresa compite en contratación pública. ¿Cómo reduzco el riesgo penal?
Con un programa anticorrupción específico: regalos, hospitalidad, intermediarios y donaciones son los focos. El compliance del 31 bis exime a la empresa; los protocolos de contratación pública protegen también a sus directivos. Lo diseñamos e implantamos.
¿Atienden casos fuera de Alicante?
Sí. Operamos desde Madrid y Alicante, y asistimos en cualquier punto de España, incluida la asistencia urgente al detenido y los procedimientos con dimensión internacional.
¿Qué es la metodología LIWARD?
Es nuestra metodología propia —Legal Intelligence Warfare for Defense— que integra inteligencia jurídica, análisis financiero-contable y prueba digital forense en una estrategia procesal única. Permite anticipar las debilidades de la acusación y construir la defensa sobre evidencia técnica, no solo sobre argumentación jurídica.

Société de Conseil Juridique et Expert

En una causa de corrupción, equivocarse no es reversible

Una conversación temprana puede cambiar el curso de toda la causa. Hablemos antes de que el procedimiento decida por usted.

Qué delitos entran realmente en el paraguas de la corrupción

Bajo la etiqueta genérica de corrupción conviven figuras muy distintas, con penas y estrategias de defensa que no tienen nada que ver entre sí. Distinguirlas es el primer trabajo, porque de ello depende todo lo demás.

  • Cohecho (arts. 419 a 427 bis). Solicitar o aceptar una dádiva por realizar un acto propio del cargo, o entregarla. Se castiga tanto a la autoridad como al particular que ofrece.
  • Prevaricación administrativa (art. 404). Dictar a sabiendas una resolución arbitraria. No basta con que la resolución sea ilegal: debe ser insostenible desde cualquier método interpretativo.
  • Malversación (arts. 432 a 435). Apropiarse o dar destino público distinto a los fondos administrados. Es la figura más frecuente y la que más condenas produce.
  • Tráfico de influencias (arts. 428 a 430). Prevalerse de una relación personal para influir en un funcionario.
  • Fraudes y exacciones ilegales (arts. 436 a 438). Concertarse con los interesados para defraudar al ente público.
  • Negociaciones prohibidas a funcionarios (arts. 439 a 444). Participar en asuntos en los que se interviene por razón del cargo.

Dónde se gana la defensa

Estos procedimientos son largos, mediáticos y se instruyen sobre montañas de documentación. La defensa no se improvisa en el juicio: se construye en la instrucción.

El elemento subjetivo. Casi todas estas figuras exigen dolo, y en la prevaricación se exige además que la arbitrariedad sea evidente. Un informe técnico favorable, un criterio jurídico discutible o un error en la tramitación no son delito. Acreditar que la decisión se adoptó con informes previos y siguiendo el procedimiento suele ser la línea de defensa más sólida.

La prueba documental. Expedientes de contratación, informes de intervención, actas y correos. Se trata de reconstruir la cadena de decisión y demostrar quién decidió qué, con qué información y con qué margen.

Los límites de la instrucción. Las causas de corrupción tienden a las investigaciones prospectivas, que buscan delitos sin partir de indicios concretos. Combatirlas exige impugnar diligencias y acotar el objeto del procedimiento desde el primer momento.

La responsabilidad civil y el decomiso. Se juega en paralelo y con frecuencia se descuida. El importe reclamado por el ente público condiciona medidas cautelares sobre el patrimonio personal.

Empresas y particulares que contratan con la Administración

No solo el cargo público está expuesto. El empresario o directivo que participa en una licitación puede verse investigado por cohecho activo, fraude o tráfico de influencias, y la persona jurídica puede ser condenada de forma autónoma.

Una condena arrastra además la prohibición de contratar con el sector público, que en muchos casos es más grave para la empresa que la propia pena. Un programa de cumplimiento efectivo y anterior a los hechos es un medio de defensa reconocido legalmente.

Consulte también delitos económicos y de empresa, blanqueo de capitales y delito fiscal.

Si le han citado a declarar

La citación como investigado en una causa de corrupción rara vez es una sorpresa: suele llegar después de meses de instrucción en los que la acusación ya ha construido su relato. Antes de declarar hay que conocer el expediente completo, y en muchos casos la decisión correcta es no declarar en ese momento.

Actuamos también como acusación particular para administraciones y para terceros perjudicados.

Logotipos-abogacia-scje
Paseo De La Castellana 216 8º 28046 Madrid
Alicante – Playa de San Juan Av. Ansaldo 31, local 16, 03540 Alicante
Londres: 20 Wenlock Road, N1 7GU, Reino Unido
París: 72 Faubourg St Honoré, 75008, Francia
info@societejuridique.com

Société de Conseil Juridique et Expert es un despacho de abogados con sedes en Madrid, Alicante, Londres y París, especializado en defensa y acusación penal, delitos económicos y corporativos y derecho tecnológico. Trabajamos con orientación estratégica en procedimientos penales complejos, propiedad intelectual y análisis forense avanzado, y prestamos consultoría jurídica, compliance y escudos de protección a particulares y empresas. Atendemos desde Alicante y Madrid, con consulta online en toda España y asistencia al detenido 24 horas. Resuelva sus dudas en las preguntas frecuentes o solicite una primera consulta.

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