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Defensa penal en delitos informáticos y ciberdelincuencia

Aquí no se defienden causas: se controlan consecuencias.

Estafa informática, acceso ilegal a sistemas, daños informáticos, revelación de secretos y suplantación de identidad. Cuando el delito ocurre en un entorno digital, la prueba electrónica decide el procedimiento —y se asegura, o se pierde, en los primeros días.

Por qué es distinto

72h
La prueba digital es volátil. Intervenimos desde el minuto cero para preservarla.
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Sedes en Madrid y Alicante · asistencia en cualquier punto de España.
LIWARD
Metodología propia de inteligencia jurídica y análisis forense.

El ciberdelito no admite defensas convencionales

Los procedimientos por delitos informáticos comparten una misma exigencia: dominio técnico de la prueba digital. Direcciones IP, registros de conexión, dispositivos, comunicaciones y trazabilidad de criptoactivos: la acusación se construye —y se desmonta— sobre evidencia electrónica. Su validez depende de cómo se obtuvo, de la cadena de custodia y del peritaje que la sostiene. Una impugnación técnica certera puede excluir del procedimiento la prueba esencial de cargo. Por eso integramos abogados penalistas y peritos informáticos forenses en un mismo equipo, con laboratorio pericial propio: la parte técnica del caso no se subcontrata, forma parte de la defensa.

Qué defendemos

Tipos penales en el ámbito tecnológico

Defensa y acusación particular en las figuras delictivas más relevantes de la ciberdelincuencia, con su anclaje exacto en el Código Penal.

Art. 249.1.a CP

Estafa informática

Manipulación informática o artificio semejante para lograr una transferencia no consentida de activos: phishing, smishing, fraude del CEO y manipulación de banca electrónica.

Pena: 6 meses a 6 años de prisión (tipo agravado, art. 250).
Art. 197 CP

Descubrimiento y revelación de secretos

Acceso a correos, mensajes o archivos ajenos y difusión de datos o imágenes íntimas sin consentimiento de la víctima.

Pena: 1 a 4 años · difusión, 2 a 5 años.
Art. 197 bis CP

Acceso ilegal a sistemas

Intrusión en sistemas informáticos vulnerando las medidas de seguridad e interceptación de transmisiones de datos.

Pena: 6 meses a 2 años de prisión.
Art. 264 CP

Daños informáticos

Borrado, deterioro o supresión de datos y programas ajenos; ataques de denegación de servicio y ransomware.

Pena: 6 meses a 3 años · agravado, hasta 8 años.
Art. 401 CP

Suplantación de identidad

Usurpación del estado civil de otra persona, incluida la creación de perfiles falsos con identidad ajena para obtener beneficio o causar perjuicio.

Pena: 6 meses a 3 años de prisión.
Arts. 270–272 CP

Propiedad intelectual en internet

Explotación no autorizada de obras y prestaciones protegidas en la red, incluidas las webs de enlaces con ánimo comercial.

Pena: 6 meses a 4 años de prisión + multa.
Art. 172 ter CP

Ciberacoso · stalking

Acoso reiterado por medios digitales que altera gravemente la vida cotidiana de la víctima: vigilancia, contacto insistente, uso indebido de sus datos.

Pena: 3 meses a 2 años de prisión o multa.
Art. 31 bis CP

Responsabilidad penal de la empresa

Imputación de la persona jurídica por ciberdelitos cometidos en su seno o en su beneficio. Un modelo de prevención eficaz puede operar como eximente o atenuante.

Consecuencias: multa, suspensión o disolución.
Arts. 278–280 CP

Espionaje empresarial digital

Apoderamiento y difusión de secretos de empresa mediante accesos informáticos: exfiltración de datos por empleados o terceros.

Pena: 2 a 4 años · difusión, 3 a 5 años.

Marco punitivo

Síntesis de penas orientativas

Referencia rápida del marco penal aplicable. La pena concreta depende de la cuantía, las agravantes y la fase procesal.

DelitoPreceptoMarco de penaFactor agravante clave
Estafa informáticaPhishing · fraude del CEO249.1.a6 meses – 6 añosCuantía, víctimas múltiples, organización
Revelación de secretos1971 – 4 añosDifusión a terceros · imágenes íntimas
Acceso ilegal a sistemas197 bis6 meses – 2 añosComisión en el seno de organización
Daños informáticos2646 meses – 3 añosInfraestructuras críticas · ransomware
Suplantación de identidad4016 meses – 3 añosPerjuicio económico asociado
Propiedad intelectual270–2726 meses – 4 añosBeneficio de notoria importancia
Ciberacoso (stalking)172 ter3 meses – 2 añosVíctima especialmente vulnerable
Persona jurídica31 bisMulta · suspensión · disoluciónAusencia de modelo de prevención

Marcos penales orientativos conforme al Código Penal vigente. No constituyen asesoramiento jurídico; el encaje típico y la pena exigen análisis individualizado del procedimiento.

Nuestro diferencial

Donde el ciberdelito se encuentra con el análisis forense

La prueba en un delito informático es, por definición, prueba digital: direcciones IP y registros de conexión, dispositivos, mensajería, metadatos, criptoactivos. La defensa que ignora ese plano técnico llega tarde. Por eso aplicamos LIWARDLegal Intelligence Warfare for Defense—, nuestra metodología propia que integra inteligencia jurídica, analítica jurisprudencial, análisis financiero-contable y e-forensic en una sola estrategia procesal. Es lo que nos distingue de la defensa penal convencional.

i.

Inteligencia jurídica

Mapeo del procedimiento, análisis jurisprudencial y detección temprana de vulnerabilidades probatorias.

ii.

Análisis financiero-contable

Reconstrucción de flujos económicos y peritaje de la documentación que sostiene —o desmonta— la acusación.

iii.

Prueba digital · e-forensic

Cadena de custodia, validez de la prueba electrónica y trazabilidad de criptoactivos con rigor pericial.

iv.

Estrategia procesal

Decisión precisa en cada fase, del primer interrogatorio a la casación, sostenida en el análisis del riesgo.

Cómo intervenimos

Una estrategia sostenida en todas las fases

Fase 01

Detención e instrucción

Asistencia inmediata 24/7, preparación de la declaración y control de las medidas cautelares desde el primer acto.

Fase 02

Análisis forense

Estudio del expediente, peritaje financiero y digital, e identificación de la teoría del caso.

Fase 03

Estrategia y prueba

Diseño de la defensa o acusación, proposición probatoria y articulación de la prueba pericial.

Fase 04

Juicio y recursos

Defensa en plenario y, en su caso, recursos de apelación, casación y amparo.

A quién representamos

Cada perfil exige una defensa distinta

E

Empresas

Personas jurídicas atacadas o investigadas: respuesta a incidentes, gestión del riesgo penal corporativo y defensa de la entidad.

D

Administradores y directivos

Responsabilidad personal por brechas de seguridad y delitos cometidos desde sistemas corporativos.

I

Investigados

Defensa técnica desde la instrucción, con impugnación rigurosa de la prueba electrónica de cargo.

V

Víctimas · acusación particular

Víctimas de ciberdelitos: preservación de la evidencia, cuantificación del daño y ejercicio riguroso de la acusación.

Profundiza

Áreas y servicios relacionados

Fraude online

Estafas por internet: defensa y recuperación

Ampliar información →Intimidad

Descubrimiento y revelación de secretos

Ampliar información →Prueba digital

Prueba digital en el proceso penal

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Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber antes de la primera consulta

He sido víctima de una estafa informática. ¿Qué debo hacer en las primeras horas?
Lo primero es preservar la evidencia: no borre conversaciones, correos ni justificantes. Capture pantallas, conserve los dispositivos y contacte de inmediato con su entidad bancaria para intentar retroceder las transferencias. Cuanto antes se asegure técnicamente la prueba, mayores son las probabilidades de identificar al autor y recuperar los fondos.
Me investigan por un delito informático. ¿Qué relevancia tiene la prueba digital?
Es absolutamente determinante: la mayoría de estas causas se sostienen casi exclusivamente sobre evidencia electrónica. Su obtención sin garantías, una cadena de custodia defectuosa o un peritaje deficiente permiten impugnarla y pueden desmontar la acusación. Analizamos cada elemento técnico del expediente con nuestro propio laboratorio forense.
¿Una dirección IP es suficiente para condenarme?
No. La IP identifica una conexión, no a una persona. La jurisprudencia exige prueba complementaria que vincule al investigado con los hechos: registro de dispositivos, periciales forenses, testificales. Cuestionar ese salto inferencial es una de las líneas de defensa más eficaces en este tipo de procedimientos.
¿Puede ser responsable mi empresa por un ciberdelito cometido por un empleado?
Sí. El art. 31 bis CP prevé la responsabilidad penal autónoma de la persona jurídica. Si el delito se cometió en beneficio de la entidad y no existía un modelo de prevención eficaz, la empresa puede ser imputada. Un compliance tecnológico real e implantado opera como eximente o atenuante.
¿Atienden casos fuera de Alicante?
Sí. Operamos desde Madrid y Alicante, y asistimos en cualquier punto de España, incluida la asistencia urgente al detenido y los procedimientos con dimensión internacional.
¿Qué es la metodología LIWARD?
Es nuestra metodología propia —Legal Intelligence Warfare for Defense— que integra inteligencia jurídica, análisis financiero-contable y prueba digital forense en una estrategia procesal única. Permite anticipar las debilidades de la acusación y construir la defensa sobre evidencia técnica, no solo sobre argumentación jurídica.

Société de Conseil Juridique et Expert

En un procedimiento por delito informático, equivocarse no es reversible

Una conversación temprana puede cambiar el curso de toda la causa. Hablemos antes de que el procedimiento decida por usted.

Phishing, acceso ilícito y descubrimiento de secretos

Phishing. El correo o el SMS que imita a su banco y le lleva a una página falsa. Jurídicamente se resuelve como estafa informática (art. 249) y, del lado de la víctima, como una reclamación a la entidad: ante una operación no autorizada, el banco debe devolver el importe salvo que acredite negligencia grave del usuario, y la carga de esa prueba es suya. Detalle en abogado de estafa y spoofing.

Acceso ilícito a sistemas (art. 197 bis). Acceder sin autorización a un sistema informático, o mantenerse en él contra la voluntad de quien puede excluirlo, es delito aunque no se extraiga ni se dañe nada. Es la figura que se aplica al empleado que entra en el correo de un compañero, al exsocio que conserva las credenciales o a quien instala una aplicación de control en el móvil de su pareja.

Descubrimiento y revelación de secretos (art. 197). Acceder a mensajes, correos o archivos ajenos, o difundir imágenes íntimas obtenidas con consentimiento pero divulgadas sin él. La prueba suele ser el propio dispositivo, y por eso la licitud del volcado y la cadena de custodia deciden el caso.

Logotipos-abogacia-scje
Paseo De La Castellana 216 8º 28046 Madrid
Alicante – Playa de San Juan Av. Ansaldo 31, local 16, 03540 Alicante
Londres: 20 Wenlock Road, N1 7GU, Reino Unido
París: 72 Faubourg St Honoré, 75008, Francia
info@societejuridique.com

Société de Conseil Juridique et Expert es un despacho de abogados con sedes en Madrid, Alicante, Londres y París, especializado en defensa y acusación penal, delitos económicos y corporativos y derecho tecnológico. Trabajamos con orientación estratégica en procedimientos penales complejos, propiedad intelectual y análisis forense avanzado, y prestamos consultoría jurídica, compliance y escudos de protección a particulares y empresas. Atendemos desde Alicante y Madrid, con consulta online en toda España y asistencia al detenido 24 horas. Resuelva sus dudas en las preguntas frecuentes o solicite una primera consulta.

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