Maltrato ocasional
Menoscabo psíquico o lesión leve, y maltrato de obra sin lesión, sobre quien sea o haya sido pareja del autor.
Violencia de Género · Alicante · Madrid · Toda España
Aquí no se defienden causas: se controlan consecuencias.
Juzgados especializados, órdenes de protección, juicios rápidos y medidas que entran en vigor en horas. En violencia de género todo ocurre muy deprisa: la asistencia letrada de las primeras 24 horas marca el resto del procedimiento.
Por qué es distinto
Estos procedimientos comparten una misma exigencia: velocidad y precisión técnica. La denuncia activa de inmediato detención, juicio rápido u orden de protección con medidas penales y civiles —alejamiento, vivienda, custodia— que se deciden en una comparecencia de minutos. A ello se suma la dispensa del art. 416 LECrim, la prueba de los partes médicos y, cada vez más, la mensajería como evidencia central. Cada decisión inicial tiene consecuencias familiares y patrimoniales inmediatas. Por eso intervenimos desde la primera llamada: asistencia al detenido, preparación de la comparecencia de medidas y análisis técnico de toda la prueba digital disponible.
Qué defendemos
Defensa e intervención como acusación particular en las figuras específicas de protección frente a la violencia de género.
Menoscabo psíquico o lesión leve, y maltrato de obra sin lesión, sobre quien sea o haya sido pareja del autor.
Violencia física o psíquica habitual sobre la pareja o familiares: el tipo más grave del ámbito doméstico.
Amenazas leves a quien sea o haya sido pareja: delito específico de violencia de género con penas autónomas.
Coacciones leves sobre la pareja o expareja, frecuentes en contextos de ruptura y conflicto por hijos.
Lesiones del art. 147.1 agravadas cuando la víctima sea o haya sido pareja del autor.
Vigilancia, persecución o contacto reiterado que altera gravemente la vida de la víctima, agravado en pareja.
Incumplimiento de penas o medidas de alejamiento: uno de los delitos más frecuentes y de consecuencias más graves.
Difusión no consentida de imágenes íntimas, agravada cuando existe o existió relación de pareja.
Medidas penales y civiles urgentes: alejamiento, comunicación, vivienda, custodia y alimentos. Defensa y solicitud técnica.
Marco punitivo
Referencia rápida del marco penal aplicable. La pena concreta depende de la cuantía, las agravantes y la fase procesal.
| Delito | Precepto | Marco de pena | Factor agravante clave |
|---|---|---|---|
| Maltrato ocasionalArt. 153.1 | 153.1 | 6 meses – 1 año | En domicilio o con menores: mitad superior |
| Violencia habitual | 173.2 | 6 meses – 3 años | Habitualidad acreditada · accesorias |
| Amenazas leves | 171.4 | 6 meses – 1 año | Con armas: 171.5 |
| Lesiones agravadas | 148.4º | 2 – 5 años | Resultado y medios empleados |
| Acoso (stalking) | 172 ter | 1 – 2 años | Sobre pareja o expareja |
| Quebrantamiento | 468.2 | 6 meses – 1 año | Consentimiento de la víctima no exime |
| Imágenes íntimas | 197.7 | Mitad superior | Relación de pareja |
| Persona jurídica | 31 bis | Multa · suspensión · disolución | Ausencia de modelo de prevención |
Marcos penales orientativos conforme al Código Penal vigente. No constituyen asesoramiento jurídico; el encaje típico y la pena exigen análisis individualizado del procedimiento.
Nuestro diferencial
La prueba en estos procedimientos es, cada vez más, digital y pericial: mensajería, audios, partes médicos, informes psicológicos. Su análisis técnico decide tanto la condena como la absolución. Por eso aplicamos LIWARD —Legal Intelligence Warfare for Defense—, nuestra metodología propia que integra inteligencia jurídica, analítica jurisprudencial, análisis financiero-contable y e-forensic en una sola estrategia procesal. Es lo que nos distingue de la defensa penal convencional.
Mapeo del procedimiento, análisis jurisprudencial y detección temprana de vulnerabilidades probatorias.
Reconstrucción de flujos económicos y peritaje de la documentación que sostiene —o desmonta— la acusación.
Cadena de custodia, validez de la prueba electrónica y trazabilidad de criptoactivos con rigor pericial.
Decisión precisa en cada fase, del primer interrogatorio a la casación, sostenida en el análisis del riesgo.
Cómo intervenimos
Asistencia inmediata 24/7, preparación de la declaración y control de las medidas cautelares desde el primer acto.
Estudio del expediente, peritaje financiero y digital, e identificación de la teoría del caso.
Diseño de la defensa o acusación, proposición probatoria y articulación de la prueba pericial.
Defensa en plenario y, en su caso, recursos de apelación, casación y amparo.
A quién representamos
Familias y entornos afectados: gestión integral del procedimiento penal y de sus efectos civiles (custodia, vivienda, alimentos).
Profesionales y directivos denunciados: protección reputacional y defensa técnica con máxima confidencialidad.
Detenidos e investigados: asistencia inmediata 24 h, preparación de la declaración y de la comparecencia de medidas.
Víctimas: obtención de la orden de protección, acusación particular y acompañamiento en todas las fases.
Preguntas frecuentes
Société de Conseil Juridique et Expert
Una conversación temprana puede cambiar el curso de toda la causa. Hablemos antes de que el procedimiento decida por usted.