Amenazas y Coacciones · Alicante · Madrid · Toda España

Defensa penal en amenazas y coacciones

Aquí no se defienden causas: se controlan consecuencias.

Amenazas condicionales, coacciones, acoso y hostigamiento — cada vez más a través de WhatsApp y redes sociales. La frontera entre la discusión, el delito leve y el delito grave se juega en matices que decide la prueba digital.

Por qué es distinto

72h
Los mensajes son la prueba central: su preservación temprana decide la causa.
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Sedes en Madrid y Alicante · asistencia en cualquier punto de España.
LIWARD
Metodología propia de inteligencia jurídica y análisis forense.

Las amenazas no admiten valoraciones superficiales

Los procedimientos por amenazas y coacciones comparten una misma exigencia: contextualizar técnicamente cada expresión. No toda frase intimidante es delito: la jurisprudencia exige seriedad, persistencia y credibilidad del mal anunciado, valorando contexto, relación previa y reacción de la víctima. Hoy la mayoría de estas causas se sostienen sobre mensajería y redes sociales: capturas que deben autenticarse pericialmente y conversaciones completas que a menudo matizan —o desmienten— el relato inicial. Ese análisis contextual y forense separa la condena del archivo. Por eso combinamos defensa penal y peritaje digital propio en cada asunto.

Qué defendemos

Tipos penales de amenazas y coacciones

Defensa y acusación particular en las figuras de los arts. 169 a 172 ter del Código Penal.

Art. 169.1º CP

Amenazas condicionales

Amenaza de un mal constitutivo de delito exigiendo cantidad o condición: incluye las extorsiones y chantajes.

Pena: 1 a 5 años si se logra la condición.
Art. 169.2º CP

Amenazas no condicionales

Amenaza grave sin exigencia de condición: el tipo común en conflictos personales y vecinales.

Pena: 6 meses a 2 años de prisión.
Art. 171 CP

Amenazas de mal no delictivo

Amenazas condicionales de un mal no constitutivo de delito, incluida la revelación de secretos (chantaje).

Pena: 3 meses a 1 año o multa.
Art. 172 CP

Coacciones

Impedir con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o compeler a hacer lo no querido: el tipo más versátil del CP.

Pena: 6 meses a 3 años o multa.
Art. 172 ter CP

Acoso · stalking

Vigilancia, persecución, contacto reiterado o uso indebido de datos que alteren gravemente la vida cotidiana.

Pena: 3 meses a 2 años o multa.
Art. 171.7 / 172.3 CP

Delitos leves

Amenazas y coacciones de carácter leve: juicio por delito leve, sin prisión pero con antecedentes.

Pena: multa de 1 a 3 meses.
Art. 173.1 CP

Trato degradante

Menoscabo grave de la integridad moral: acoso laboral (mobbing), inmobiliario y hostigamientos graves.

Pena: 6 meses a 2 años de prisión.
Art. 243 CP

Extorsión

Violencia o intimidación para obligar a un acto patrimonial perjudicial: frontera con el robo y las amenazas condicionales.

Pena: 1 a 5 años de prisión.
Art. 468 CP

Quebrantamiento de medidas

Incumplimiento de órdenes de alejamiento o prohibiciones de comunicación dictadas en estos procedimientos.

Pena: 6 meses a 1 año (con orden).

Marco punitivo

Síntesis de penas orientativas

Referencia rápida del marco penal aplicable. La pena concreta depende de la cuantía, las agravantes y la fase procesal.

Delito Precepto Marco de pena Factor agravante clave
Amenazas condicionalesMal delictivo 169.1º 1 – 5 años Condición conseguida · por escrito
Amenazas no condicionales 169.2º 6 meses – 2 años Gravedad del mal anunciado
Chantaje 171.2 2 – 4 años Revelación de delito perseguible
Coacciones 172 6 meses – 3 años Vivienda: mitad superior
Acoso (stalking) 172 ter 3 meses – 2 años Víctima vulnerable o pareja
Trato degradante 173.1 6 meses – 2 años Acoso laboral o inmobiliario
Extorsión 243 1 – 5 años Acto patrimonial conseguido
Persona jurídica 31 bis Multa · suspensión · disolución Ausencia de modelo de prevención

Marcos penales orientativos conforme al Código Penal vigente. No constituyen asesoramiento jurídico; el encaje típico y la pena exigen análisis individualizado del procedimiento.

Nuestro diferencial

Donde estos delitos se encuentran con el análisis forense

La prueba en amenazas y coacciones es, hoy, esencialmente digital: WhatsApp, redes sociales, correos, audios. Su autenticación pericial y su contexto completo deciden la causa. Por eso aplicamos LIWARDLegal Intelligence Warfare for Defense—, nuestra metodología propia que integra inteligencia jurídica, analítica jurisprudencial, análisis financiero-contable y e-forensic en una sola estrategia procesal. Es lo que nos distingue de la defensa penal convencional.

i.

Inteligencia jurídica

Mapeo del procedimiento, análisis jurisprudencial y detección temprana de vulnerabilidades probatorias.

ii.

Análisis financiero-contable

Reconstrucción de flujos económicos y peritaje de la documentación que sostiene —o desmonta— la acusación.

iii.

Prueba digital · e-forensic

Cadena de custodia, validez de la prueba electrónica y trazabilidad de criptoactivos con rigor pericial.

iv.

Estrategia procesal

Decisión precisa en cada fase, del primer interrogatorio a la casación, sostenida en el análisis del riesgo.

Cómo intervenimos

Una estrategia sostenida en todas las fases

Fase 01

Detención e instrucción

Asistencia inmediata 24/7, preparación de la declaración y control de las medidas cautelares desde el primer acto.

Fase 02

Análisis forense

Estudio del expediente, peritaje financiero y digital, e identificación de la teoría del caso.

Fase 03

Estrategia y prueba

Diseño de la defensa o acusación, proposición probatoria y articulación de la prueba pericial.

Fase 04

Juicio y recursos

Defensa en plenario y, en su caso, recursos de apelación, casación y amparo.

A quién representamos

Cada perfil exige una defensa distinta

E

Empresas

Empresas que sufren extorsión, amenazas a directivos o campañas de hostigamiento: respuesta penal coordinada.

D

Administradores y directivos

Directivos y profesionales amenazados o denunciados en conflictos societarios, laborales o comerciales.

I

Investigados

Investigados por mensajes o discusiones: contextualización completa de la conversación y defensa frente a denuncias instrumentales.

V

Víctimas · acusación particular

Víctimas de amenazas, acoso o extorsión: preservación de evidencia, medidas de protección y acusación particular.

Profundiza

Áreas y servicios relacionados

Especializada

Violencia de género

Ampliar información →Intimidad

Descubrimiento y revelación de secretos

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Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber antes de la primera consulta

Me amenazan por WhatsApp. ¿Qué debo hacer para que sirva como prueba?
No borre nada y preserve el dispositivo: la captura aislada tiene poco valor. Realizamos extracción certificada de la conversación completa, con metadatos, y acompañamos la denuncia con peritaje que blinda la autenticidad frente a la impugnación.
¿Cuándo una amenaza es delito y cuándo una simple discusión?
La jurisprudencia exige seriedad, credibilidad y entidad del mal anunciado, valorando el contexto y la relación entre las partes. Expresiones proferidas en caliente, sin idoneidad intimidatoria real, no son delito grave —y a menudo, ni siquiera delito leve.
Me denuncian por coacciones en un conflicto vecinal o mercantil. ¿Qué riesgo hay?
Las coacciones del art. 172 castigan impedir u obligar con violencia o intimidación, pero muchas denuncias encubren conflictos civiles (obras, suministros, deudas). La defensa pasa por reconducir el asunto a su vía natural y obtener el archivo temprano.
¿Qué es el delito de stalking y cuándo se aplica?
El art. 172 ter castiga el hostigamiento reiterado que altera gravemente la vida cotidiana: vigilancia, llamadas insistentes, uso de datos para contactar. Exige patrón de conducta, no episodios aislados; ese patrón —o su ausencia— se acredita con prueba digital.
¿Atienden casos fuera de Alicante?
Sí. Operamos desde Madrid y Alicante, y asistimos en cualquier punto de España, incluida la asistencia urgente al detenido y los procedimientos con dimensión internacional.
¿Qué es la metodología LIWARD?
Es nuestra metodología propia —Legal Intelligence Warfare for Defense— que integra inteligencia jurídica, análisis financiero-contable y prueba digital forense en una estrategia procesal única. Permite anticipar las debilidades de la acusación y construir la defensa sobre evidencia técnica, no solo sobre argumentación jurídica.

Société de Conseil Juridique et Expert

En un procedimiento por amenazas, equivocarse no es reversible

Una conversación temprana puede cambiar el curso de toda la causa. Hablemos antes de que el procedimiento decida por usted.

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