En breve. Abogado penalista en Torrevieja: defensa penal con asistencia a residentes internacionales. Partido judicial de Torrevieja.

Defensa penal en Torrevieja y en la Vega Baja

Abogado penalista en Torrevieja

Aquí no se defienden causas: se controlan consecuencias.

Asistencia al detenido, defensa en instrucción y juicio oral ante los órganos del partido judicial de Torrevieja y ante la Audiencia Provincial de Alicante. Trabajamos con residentes extranjeros, con intérprete y con asistencia consular cuando el caso lo exige. Despacho con sede en Alicante, en la Playa de San Juan, y en Madrid, con desplazamiento a Torrevieja.

Por qué es distinto

24 h
Disponibilidad para la asistencia al detenido en dependencias policiales y judiciales, también en fin de semana y festivos
520
Artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que reconoce al detenido extranjero el derecho a intérprete y a comunicar con su consulado
2
Sedes propias, Alicante y Madrid, desde las que se cubre el partido judicial de Torrevieja
1/2025
Ley Orgánica que integra la instrucción y el enjuiciamiento penal en el Tribunal de Instancia del partido judicial
2
Sedes en Madrid y Alicante · asistencia en cualquier punto de España.
LIWARD
Metodología propia de inteligencia jurídica y análisis forense.

Torrevieja tiene su propio partido judicial y, por tanto, su propio ritmo procesal

Torrevieja no es un apéndice de Alicante en materia penal. Es cabeza de su propio partido judicial dentro de la provincia de Alicante, de modo que la detención, la guardia y la instrucción de la mayoría de los asuntos se resuelven aquí, mientras que los delitos más graves se enjuician ante la Audiencia Provincial de Alicante, que resuelve además las apelaciones. La distancia entre una comisaría de Torrevieja y una sala de la Audiencia Provincial de Alicante se recorre en unas pocas semanas procesales, y lo que se dice o se deja de decir en las primeras horas condiciona todo lo que viene después. A eso se suma un rasgo que define esta ciudad: una población residencial extranjera muy numerosa, con comunidades británica, nórdica, francesa, belga y del este de Europa, que convierte en habituales las causas con intérprete, la asistencia consular, los procedimientos seguidos contra residentes no permanentes y los conflictos inmobiliarios y de arrendamiento vacacional. Un procedimiento penal mal entendido por barrera idiomática es un procedimiento perdido antes de empezar. Nuestro trabajo consiste en que el cliente entienda exactamente qué se le imputa, qué prueba existe y qué margen real hay, y en que esa comprensión se traduzca en una estrategia escrita antes de la primera declaración, no después.

Qué defendemos

Los asuntos penales que más se repiten en Torrevieja

Una ciudad costera, con fuerte estacionalidad turística, con un parque de vivienda enorme y con población flotante genera una criminalidad muy reconocible. Estas son las nueve materias en las que intervenimos con más frecuencia en el partido judicial, con su anclaje en el Código Penal y una orientación de pena que sirve para situar el riesgo, nunca para sustituir el estudio del caso concreto.

Art. 520 LECrim

Asistencia al detenido las 24 horas

Intervenimos desde la propia detención: entrevista reservada previa a la declaración, lectura del atestado, decisión sobre declarar o acogerse al derecho a no hacerlo, control de las pruebas practicadas y de la cadena de custodia, y petición inmediata de intérprete y de aviso al consulado cuando el detenido es extranjero. La detención policial no puede durar más de lo estrictamente necesario y, en todo caso, tiene un límite de setenta y dos horas antes de la puesta a disposición judicial.

La asistencia letrada es irrenunciable y el detenido tiene derecho a no declarar y a no declarar contra sí mismo
Arts. 379 a 385 CP

Alcoholemia, drogas y seguridad vial

Es el delito más frecuente en la zona, muy ligado al ocio nocturno y a la temporada alta. Revisamos la calibración del etilómetro, el intervalo entre las dos mediciones, la información sobre el derecho a la prueba de contraste, la validez del control y la propia acta. También defendemos la conducción temeraria, la conducción sin permiso por pérdida de puntos y la negativa a someterse a las pruebas.

Conducir con tasa punible: prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en todo caso privación del permiso de más de 1 y hasta 4 años. La negativa a someterse a la prueba se castiga con prisión de 6 meses a 1 año
Arts. 245.2 y 202 CP

Okupación y usurpación de inmuebles

Torrevieja concentra miles de viviendas vacías durante buena parte del año, lo que multiplica los conflictos por ocupación. La clave técnica está en distinguir la usurpación de un inmueble que no constituye morada del allanamiento de una vivienda efectivamente habitada, incluida la segunda residencia usada de forma periódica. Actuamos tanto en defensa del propietario como del ocupante que llegó al inmueble mediante un contrato aparente.

Usurpación de inmueble que no es morada: multa de 3 a 6 meses. Allanamiento de morada: prisión de 6 meses a 2 años, y de 1 a 4 años con multa de 6 a 12 meses si concurre violencia o intimidación
Arts. 234 a 244 CP

Robos, hurtos y sustracción de vehículos

Sustracciones en apartamentos turísticos, en trasteros y garajes, en la playa y en establecimientos, robos con fuerza en viviendas cerradas fuera de temporada y el llamado robo de uso de vehículos. Discutimos la identificación del autor, la calidad de los reconocimientos fotográficos, la valoración de lo sustraído y la calificación como hurto, robo con fuerza o robo con violencia, que separa penas muy distintas.

Hurto de más de 400 euros: prisión de 6 a 18 meses. Robo con fuerza en las cosas: prisión de 1 a 3 años. Robo con violencia o intimidación: prisión de 2 a 5 años
Arts. 248 a 251 CP

Estafas inmobiliarias y fraudes online

Señales y arras sobre inmuebles que nunca se entregan, dobles ventas, alquileres vacacionales inexistentes anunciados en portales, reformas cobradas y no ejecutadas, fraudes con criptoactivos y suplantaciones de correo en operaciones de compraventa. Analizamos si existe engaño bastante y anterior al desplazamiento patrimonial o si estamos ante un incumplimiento contractual que no debe pasar por lo penal.

Estafa básica: prisión de 6 meses a 3 años. Estafa agravada, entre otros supuestos cuando recae sobre viviendas o es de especial gravedad: prisión de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses. Estafa impropia del artículo 251: prisión de 1 a 4 años
Arts. 147 a 152 CP

Lesiones, riñas y altercados de ocio

Peleas a la salida de locales, incidentes en terrazas y en la playa, altercados vecinales y de comunidad. Lo decisivo es el parte médico y su lectura técnica: si hubo una primera asistencia o un verdadero tratamiento médico o quirúrgico, si se empleó un instrumento peligroso y si concurrió una agresión mutua o una legítima defensa que la denuncia inicial silenció.

Lesión que requiere tratamiento médico o quirúrgico: prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses. Con armas o medios peligrosos: prisión de 2 a 5 años. Lesión de menor gravedad: multa de 1 a 3 meses
Arts. 153, 173.2 y 468 CP

Violencia de género y quebrantamiento

Procedimientos que arrancan en la guardia, con medidas cautelares acordadas en pocas horas y con una orden de alejamiento que reordena la vida de ambas partes. Trabajamos la denuncia cruzada, la prueba de la habitualidad, la exploración de los menores, la dispensa del artículo 416 y, muy especialmente, el quebrantamiento consentido, que no exime de responsabilidad al obligado por la medida.

Maltrato ocasional del artículo 153: prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días, con privación del derecho a la tenencia y porte de armas. Violencia habitual del artículo 173.2: prisión de 6 meses a 3 años. Quebrantamiento: prisión de 6 meses a 1 año
Arts. 178 y siguientes CP

Delitos contra la libertad sexual

Denuncias surgidas en contextos de ocio nocturno, en apartamentos turísticos y entre personas que se conocieron esa misma noche, con frecuencia con alcohol de por medio y con declaraciones prestadas en otro idioma. Trabajamos sobre la prueba de consentimiento, la trazabilidad digital previa y posterior, los partes de sanidad y la exploración forense, con extrema prudencia y sin exposición pública del cliente.

Agresión sexual sin acceso carnal: prisión de 1 a 4 años. Con acceso carnal: prisión de 4 a 12 años. Con las agravantes del artículo 180: prisión de 7 a 15 años
Arts. 197 bis, 249 y 264 CP

Delitos informáticos y fraude digital

Accesos no autorizados a cuentas y sistemas, robo de credenciales bancarias, borrado o alteración de datos empresariales, fraude informático mediante manipulación de transferencias y uso indebido de datos de tarjetas. La defensa se juega en la prueba técnica: dirección de conexión, volcado de dispositivos, cadena de custodia digital y verdadera atribución del acceso a una persona concreta.

Acceso ilícito a un sistema informático: prisión de 6 meses a 2 años. Daño, borrado o alteración de datos: prisión de 6 meses a 3 años. Fraude informático: prisión de 6 meses a 3 años, con agravación si concurren los supuestos del artículo 250
Marco punitivo

Qué ocurre en cada fase y ante qué órgano se decide

Tras la Ley Orgánica 1/2025 los antiguos juzgados de instrucción y de lo penal se integran en el Tribunal de Instancia del partido judicial, con una Sección de Instrucción y una Sección de lo Penal. El nombre cambia, pero la secuencia procesal y los plazos siguen siendo los mismos. Esta tabla resume dónde se tramita cada fase en Torrevieja, qué hace la defensa y qué se evita cuando se interviene a tiempo.

DelitoPreceptoMarco de penaFactor agravante clave
Urgencia y detenciónAntes de la primera declaraciónDependencias policiales o de la Guardia Civil del partido judicial, con traslado posterior a sede judicialEntrevista reservada previa, lectura del atestado, decisión sobre declarar o guardar silencio, control de la práctica de las pruebas de alcoholemia o de drogas y de la cadena de custodia, y petición inmediata de intérprete y de aviso consularDeclaraciones improvisadas sin conocer el atestado, reconocimientos mal practicados y consentimientos a registros que después ya no se pueden discutir
Servicio de guardiaPuesta a disposición y medidas cautelaresSección de Instrucción en funciones de guardia del Tribunal de Instancia del partido judicial de TorreviejaOposición a la prisión provisional, propuesta de medidas menos gravosas acreditando arraigo y domicilio, solicitud de diligencias urgentes y estudio de si una conformidad rebaja realmente la pena o solo acelera la condenaConformidades firmadas por agotamiento o por prisa y medidas cautelares aceptadas sin acreditar el arraigo del cliente
InstrucciónDonde se construye o se desmonta el casoSección de Instrucción del Tribunal de Instancia del partido judicial de TorreviejaPersonación, acceso íntegro a las actuaciones, proposición de periciales médicas, técnicas y contables, testigos, geolocalización, volcado de dispositivos y petición de nulidad de las diligencias practicadas sin garantíasQue el atestado policial acabe funcionando como si fuera prueba y que precluyan los plazos para pedir diligencias de descargo
Fase intermediaSobreseimiento o apertura del juicio oralSección de Instrucción, con remisión al órgano que debe enjuiciarPetición de sobreseimiento libre o provisional, oposición a la apertura del juicio oral, control técnico de la calificación provisional de la acusación y artículos de previo pronunciamientoLlegar a juicio con una acusación inflada que nadie ha discutido antes y sobre la que ya no se puede negociar
Juicio oralLa única fase realmente públicaSección de lo Penal del Tribunal de Instancia para las penas menos graves y Audiencia Provincial de Alicante para los delitos más graves y para los asuntos del Tribunal del JuradoEstrategia de interrogatorio, contradicción de los peritos de la acusación, prueba de descargo propia, control del uso del intérprete y de la comprensión efectiva del cliente, e informe final orientado a la pena concretaQue el cliente conteste a preguntas que no ha entendido y que la prueba pericial de la acusación entre en la sentencia sin haber sido contradicha
RecursosLa segunda oportunidad tiene plazoAudiencia Provincial de Alicante en apelación; Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana cuando la sentencia la dicta en primera instancia la Audiencia Provincial; Tribunal Supremo en casaciónIdentificación de errores en la valoración de la prueba, vulneración de la presunción de inocencia, defectos de motivación de la pena y quebrantamiento de forma, con recurso redactado sobre el acta y la grabación del juicioPerder el plazo de anuncio o de interposición y consolidar una sentencia que era técnicamente recurrible
EjecuciónCuando la sentencia ya es firmeÓrgano sentenciador y, en materia penitenciaria, Juzgado de Vigilancia PenitenciariaSuspensión de la pena de prisión, sustitución, fraccionamiento y aplazamiento de la multa, liquidación de condena, permisos, clasificación en grado y, en el caso de extranjeros, análisis de la expulsión sustitutiva del artículo 89 del Código PenalUn ingreso en prisión evitable por no haber solicitado la suspensión en plazo o por no haber acreditado el pago de la responsabilidad civil
Persona jurídicaCuando la investigada es la sociedadEl mismo órgano que instruye y enjuicia el hecho de la persona física, con la sociedad investigada de forma autónomaDefensa separada de la empresa, designación de representante especial para el procedimiento, revisión y prueba de la eficacia real del programa de cumplimiento y negociación de las atenuantes de los artículos 31 bis y 31 quaterQue la empresa se defienda con el mismo abogado que el administrador cuando sus intereses ya se han separado, y que un programa de cumplimiento existente sobre el papel no llegue a probarse

Marcos punitivos orientativos según el Código Penal vigente. No constituyen asesoramiento jurídico; la calificación y la pena exigen análisis individualizado de la causa.

Nuestra diferencia

La diferencia entre tramitar un expediente y hacer análisis forense

Un procedimiento penal se gana o se pierde en detalles que no aparecen en la primera lectura del atestado: el minuto exacto de una medición, el metadato de un archivo, la contradicción entre dos declaraciones separadas por meses, la traducción imprecisa de una frase en una comisaría. No aceptamos como cierto ningún dato de la acusación que no hayamos verificado por nuestra cuenta. Trabajamos con perito informático, con médico forense de parte y con traductores jurados cuando el idioma es parte del problema, y volcamos ese trabajo en un escrito de defensa que llega al juicio con la prueba ya preparada, no improvisada en sala. Ese es el único modo de defender a alguien que, además, vive a dos mil kilómetros del juzgado que le llama.LIWARD Legal Intelligence Warfare for Defense—, nuestra metodología propia que integra inteligencia jurídica, analítica jurisprudencial, análisis financiero-contable y e-forensic en una sola estrategia procesal. Es lo que nos distingue de la defensa penal convencional.

i.

Inteligencia jurídica

Mapeo del procedimiento, análisis jurisprudencial y detección temprana de vulnerabilidades probatorias.

ii.

Análisis financiero y contable

Reconstrucción de flujos económicos y peritaje de la documentación que sostiene —o desmonta— la acusación.

iii.

Prueba digital · e-forensic

Cadena de custodia, validez de la prueba electrónica y trazabilidad de criptoactivos con rigor pericial.

iv.

Estrategia procesal

Decisión precisa en cada fase, del primer interrogatorio a la casación, sostenida en el análisis del riesgo.

Cómo intervenimos

Una estrategia sostenida en todas las fases

Fase 01

Detención e instrucción

Asistencia inmediata 24/7, preparación de la declaración y control de las medidas cautelares desde el primer acto.

Fase 02

Análisis forense

Estudio del expediente, peritaje financiero y digital, e identificación de la teoría del caso.

Fase 03

Estrategia y prueba

Diseño de la defensa o acusación, proposición probatoria y articulación de la prueba pericial.

Fase 04

Juicio y recursos

Defensa en plenario y, en su caso, recursos de apelación, casación y amparo.

A quién representamos

Cada perfil exige una defensa distinta

E

Empresas

Empresas del sector turístico, inmobiliario, hostelero y de servicios con actividad en Torrevieja y en la Vega Baja, investigadas por delitos societarios, contra la Hacienda Pública, contra los derechos de los trabajadores o por responsabilidad penal de la persona jurídica del artículo 31 bis.

A

Administradores y directivos

Administradores y directivos que responden con su patrimonio y con su libertad por decisiones tomadas en el órgano de administración, y que necesitan una defensa separada de la de la sociedad desde el momento en que los intereses divergen.

I

Investigados

Personas investigadas o acusadas, residentes o de paso, españolas o extranjeras, desde la detención hasta la ejecución de la sentencia, con especial atención a quienes no residen de forma permanente en España y deben coordinar su defensa a distancia.

V

Víctimas · acusación particular

Víctimas y perjudicados que ejercen la acusación particular: estafados en operaciones inmobiliarias o de alquiler vacacional, propietarios afectados por ocupación, lesionados en agresiones y perjudicados por fraudes digitales que quieren recuperar lo perdido, no solo ver una condena.

Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber antes de la primera consulta

¿Atienden urgencias por la noche o en fin de semana y se desplazan a Torrevieja?
Sí. La asistencia al detenido no entiende de horarios: las detenciones se concentran en noches de fin de semana y en festivos, que es justo cuando resulta más difícil localizar a un abogado de confianza. Atendemos la llamada a cualquier hora, damos instrucciones inmediatas a la persona que llama y organizamos la asistencia presencial en Torrevieja. El despacho tiene sede en Alicante, en la Playa de San Juan, y en Madrid, y se desplaza al partido judicial de Torrevieja para la asistencia, la guardia y las vistas. Lo más importante que puede hacer un familiar es llamar antes de que el detenido declare, no después.
Soy extranjero y no hablo español. ¿Tengo derecho a intérprete y a avisar a mi consulado?
Sí, y son dos derechos distintos. El artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce al detenido el derecho a ser asistido gratuitamente por un intérprete cuando no comprenda o no hable el castellano, lo que incluye la entrevista reservada con su abogado, la declaración y la traducción de las resoluciones esenciales del procedimiento. Y reconoce además el derecho a que se comunique la detención y el lugar de custodia a la oficina consular de su país y a comunicarse con las autoridades consulares. En una ciudad con las comunidades británica, nórdica, francesa, belga y del este de Europa que tiene Torrevieja, esto no es un formalismo: una traducción deficiente en la primera declaración condiciona el resto del procedimiento, y por eso revisamos siempre la calidad de la interpretación practicada.
Me asignaron un abogado de oficio. ¿Puedo cambiarlo por uno de confianza?
Sí, en cualquier momento del procedimiento. La designación de oficio es subsidiaria: en cuanto se designa abogado de libre elección, cesa la del turno. El cambio se articula mediante un nuevo escrito de designación dirigido al órgano judicial y, por deber deontológico, mediante la venia solicitada al compañero saliente, que debe entregar la documentación del expediente. Este trámite no suspende el procedimiento ni los plazos, así que conviene hacerlo cuanto antes y no la víspera de un señalamiento. Cambiar de letrado no supone ningún reproche al anterior: responde simplemente a la necesidad de una defensa con dedicación y seguimiento continuo del asunto.
¿Cuánto tarda un procedimiento penal en Torrevieja?
No damos fechas, porque prometerlas es faltar a la verdad. Sí podemos dar órdenes de magnitud. Un juicio rápido por alcoholemia o por un delito leve puede resolverse en la propia guardia o en muy pocas semanas. Un procedimiento abreviado ordinario, con instrucción, fase intermedia y señalamiento, se mide habitualmente en meses y con frecuencia supera el año. Los asuntos graves enjuiciados ante la Audiencia Provincial de Alicante y los recursos posteriores alargan de manera notable ese plazo. Sobre el señalamiento influyen la carga del órgano, el número de acusados, la necesidad de intérprete, la práctica de periciales y la residencia de testigos fuera de España. Lo que sí controlamos es que no se pierda tiempo por causas imputables a la defensa.
¿Intervenís fuera de Alicante?
Sí. Operamos desde Madrid y Alicante, e intervenimos en toda España, incluida la asistencia urgente al detenido y los procedimientos con dimensión internacional.
¿Qué es la metodología LIWARD?
Es nuestra metodología propia —Legal Intelligence Warfare for Defense— que integra inteligencia jurídica, análisis financiero-contable y prueba digital forense en una estrategia procesal única. Permite anticipar las debilidades de la acusación y construir la defensa sobre evidencia técnica, no solo sobre argumentación jurídica.
Société de Conseil Juridique et Expert

Hable con un abogado antes de declarar, porque en materia penal el error no es reversible

Una conversación temprana puede cambiar el curso de todo el asunto. Hablemos antes de que el procedimiento decida por usted.


Guía práctica: qué ocurre cuando un procedimiento penal se sigue en Torrevieja

Torrevieja es cabeza de uno de los trece partidos judiciales de la provincia de Alicante y concentra la actividad judicial de la Vega Baja del Segura. Para quien se enfrenta a un procedimiento penal, esto tiene consecuencias muy concretas: dónde se practican las diligencias, ante qué órgano se recurre y con qué plazos se trabaja. A continuación respondemos, de forma directa, las preguntas que más nos formulan.

¿Qué órgano instruye una causa penal en Torrevieja?

La instrucción corresponde a los juzgados del partido judicial de Torrevieja, que asumen las funciones de instrucción penal en su demarcación. Allí se practican las diligencias iniciales, se recibe declaración al investigado y se acuerdan, en su caso, las medidas cautelares. El enjuiciamiento posterior dependerá de la pena que se solicite: los delitos menos graves se juzgan ante el juzgado de lo penal y los más graves ante la Audiencia Provincial de Alicante.

¿Dónde se resuelven los recursos contra las resoluciones dictadas en Torrevieja?

Los recursos de apelación se resuelven ante la Audiencia Provincial de Alicante, órgano superior del que depende el partido judicial de Torrevieja. Una parte decisiva de la defensa se juega, por tanto, fuera de Torrevieja, y conviene preparar el recurso desde la primera instancia, dejando constancia en el acta de las protestas y de la prueba inadmitida.

Me han detenido en Torrevieja. ¿Qué ocurre en las primeras 72 horas?

La detención no puede durar más del tiempo estrictamente necesario y, en todo caso, dentro de las setenta y dos horas siguientes la persona detenida debe ser puesta en libertad o a disposición judicial. El cómputo empieza en el momento efectivo de la privación de libertad, no en la llegada a dependencias policiales. Durante ese plazo el detenido tiene derecho a ser informado de los hechos, a guardar silencio, a no declarar contra sí mismo, a designar abogado y a entrevistarse reservadamente con él antes de declarar.

¿Es obligatorio declarar ante la policía o el juzgado de Torrevieja?

Como investigado, no. El derecho a guardar silencio es un derecho constitucional que no puede perjudicarle. Como testigo sí existe obligación de declarar y de decir verdad, con excepciones tasadas, entre ellas la dispensa del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para cónyuge, pareja y parientes próximos. Declarar sin conocer el contenido del atestado es el error más frecuente y el más caro.

¿Qué es un juicio rápido y por qué es tan habitual aquí?

Es un procedimiento abreviado para delitos menos graves con detención o denuncia policial reciente. Los plazos se cuentan en días, de modo que la estrategia, incluida una eventual conformidad con reducción de un tercio de la pena, debe decidirse de inmediato. Es el cauce habitual en alcoholemias, lesiones, hurtos y delitos patrimoniales, con una presencia notable de clientela extranjera residente.

¿Puedo cambiar de abogado a mitad del procedimiento?

Sí, en cualquier fase. Basta designar al letrado de su confianza: la venia se solicita directamente al compañero saliente y el cambio no paraliza el procedimiento. Tener abogado de oficio no impide designar después abogado particular.

¿Hace falta que el despacho esté físicamente en Torrevieja?

No. Lo determinante es la especialización y la disponibilidad, no el domicilio del despacho. Actuamos ante los juzgados de toda la provincia y nos desplazamos a Torrevieja para las actuaciones que lo requieren, con atención online para el resto. La asistencia urgente al detenido está operativa las veinticuatro horas, todos los días del año.

¿Qué documentación conviene reunir antes de la primera consulta?

Toda la que haya recibido: citación, atestado, denuncia, burofaxes, resoluciones judiciales y notificaciones, además de una cronología escrita de los hechos. Con ese material, en la primera consulta online de quince minutos, gratuita, se puede orientar la viabilidad del asunto y los pasos inmediatos.

Contenido relacionado: Orihuela, Alicante y Elche y preguntas frecuentes sobre el proceso penal.

Preceptos que se aplican con más frecuencia en Torrevieja

Fichas con el texto vigente del Boletín Oficial del Estado, los elementos del tipo y las líneas de defensa que el despacho aplica en los procedimientos seguidos ante los órganos de este partido judicial.

Repertorio completo: 150 fichas del Código Penal y 58 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Abogado penalista en Torrevieja: defensa con asistencia internacional

Torrevieja tiene una de las mayores poblaciones internacionales de España, por lo que sus procedimientos penales suelen incorporar un componente de extranjería e idiomas: asistencia a detenidos extranjeros, delitos en zona costera y turística, contra el patrimonio y seguridad vial. Actuamos ante el partido judicial de Torrevieja y la Audiencia Provincial de Alicante.

Asistencia 24 h y cobertura en Orihuela Costa, Guardamar del Segura, Pilar de la Horadada y San Miguel de Salinas. Consulta nuestras áreas de práctica penal o pide una primera consulta. Servicio en toda la provincia desde Alicante.

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Paseo De La Castellana 216 8º 28046 Madrid
Alicante – Playa de San Juan Av. Ansaldo 31, local 16, 03540 Alicante
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Société de Conseil Juridique et Expert es un despacho de abogados con sedes en Madrid, Alicante, Londres y París, especializado en defensa y acusación penal, delitos económicos y corporativos y derecho tecnológico. Trabajamos con orientación estratégica en procedimientos penales complejos, propiedad intelectual y análisis forense avanzado, y prestamos consultoría jurídica, compliance y escudos de protección a particulares y empresas. Atendemos desde Alicante y Madrid, con consulta online en toda España y asistencia al detenido 24 horas. Resuelva sus dudas en las preguntas frecuentes o solicite una primera consulta.

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